Abuso Sexual en Menores: Impacto, Prevención y Aspectos Legales

La victimización sexual infantil produce graves efectos lesivos físicos, psicológicos y sociales generalizados y de larga duración en el desarrollo, la salud mental y el bienestar de las víctimas y su entorno inmediato.

Definición de Abuso Sexual en Menores

El abuso sexual en menores de edad comprende toda la amplia gama de crímenes, interacciones y ofensas sexuales que implique a menores de 18 años como víctimas y a adultos como abusadores; o bien a dos menores de edad con una diferencia de 5 años entre sí. Este es uno de los tipos de maltrato infantil con peores repercusiones en sus víctimas y usualmente coexiste con otros tipos de violencia. La violencia no consiste únicamente en daño físico, psicológico o emocional, sino que incluye también la violencia sexual, cuya definición es toda aquella conducta que amenace o violente el derecho de cada persona a decidir y ejercer de manera voluntaria todo lo que respecta a su sexualidad. Propiamente hablando de maltrato infantil, el abuso sexual conforma uno de sus principales subtipos, junto con el abuso físico y emocional, la exposición a violencia intrafamiliar y la negligencia.

El abuso sexual en menores incluye desde agravios sin contacto físico como el exhibicionismo, la producción de pornografía infantil, el voyerismo y la exposición del niño a la pornografía, hasta aquellos casos en los que media contacto físico, ya sea tocamientos inapropiados (de partes genitales o sexuales) por parte del abusador o la víctima, el jugueteo sexual o la violación. Por violación se entiende la penetración vaginal, anal y/u oral por una parte corporal del perpetrador u otro objeto. Otro aspecto de la definición de abuso sexual es el involucramiento de un niño en actividades sexuales que no está en capacidad de comprender, para las cuales no tiene el desarrollo suficiente y que no está preparado para consentir. Se trata de una relación de abuso, es decir que existe un desequilibrio de poder; el agresor se encuentra en una posición superior de control sobre la víctima, lo que le brinda a esta última una condición desventajosa.

Por abuso sexual, entendemos aquellas situaciones donde un adulto (o un adolescente mucho más mayor) fuerza, presiona o engaña a un menor para que practique actos sexuales de cualquier tipo. Esto incluye tocar de manera sexual (meter mano), retener o besar. También incluye que un adulto enseñe a un menor las partes íntimas de su cuerpo o pedirle a un menor que le enseñe las suyas, mostrar imágenes de desnudos o de contenido sexual o pedir al menor que pose para que le hagan fotografías sexuales, y dar regalos o dinero a cambio de actos sexuales.

El acoso sexual infantil ocurre cuando un adulto abusador engaña a un niño para que confíe en él, lo admire o dependa de él. Los acosadores tratan de usar esa falsa sensación de confianza para engañar a los menores y permitir que acepten el abuso sexual, pudiendo ocurrir en persona o en línea.

Los delitos contra la integridad sexual son aquellos que atacan la libertad y la voluntad sexual de una persona. El abuso sexual es una agresión sexual violenta que atenta contra la libertad sexual de la persona y su derecho a elegir la actividad sexual que quiere realizar. Cuando hablamos de un delito "agravado", significa que se aplicará una pena mayor. Estos son los casos donde se suma a la situación de abuso un exceso que afecta aún más la dignidad de la víctima, la humilla y la degrada. Este delito es lo que antes se denominaba violación y es independiente del sexo del autor y de la víctima.

Prevalencia y Subestimación del Abuso Sexual

Se estima que del total de casos de maltrato infantil reportados anualmente, alrededor del 26% son exclusivamente de abuso sexual. Los datos de prevalencia varían mucho, estimándose que 1 de cada 12 niños ha experimentado algún tipo de abuso sexual o que cada año el 1% de los niños será víctima. En general, se ha observado que aproximadamente el 7-36% de las mujeres y el 3-29% de los hombres han sido víctimas de alguna forma de abuso sexual durante su infancia.

A pesar de estos datos concretos de prevalencia, se cree que existe una subestimación significativa del número real de casos, postulando que solo el 6% de los casos de abuso sexual son reportados a las autoridades. Las razones de esta subestimación son diversas:

  • La estigmatización del evento.
  • La falta de interrogación por parte de personal médico, autoridades policiales o judiciales.
  • La ausencia de confianza en dichas personas o miedo a su posible reacción.
  • El difícil acceso a servicios de salud o justicia y la falta de redes de apoyo social.
  • La dificultad para detectar médicamente los casos de abuso sexual en ausencia de signos físicos.
  • Aspectos culturales, sociales o familiares que dificulten el reconocimiento del abuso o que consideren normal/usual este tipo de agresión.
  • Sentimientos de la víctima como miedo, resignación, vergüenza, culpa o baja autoestima.
  • La cercanía con el abusador.
  • El temor al agresor y a las consecuencias de la denuncia.

La facilidad con que los casos de abuso sexual se reportan o no depende también de su naturaleza, siendo el incesto, el abuso entre pares y el cometido por la pareja sentimental subtipos que con mayor dificultad se reportan. Los varones, los menores de 6 años, los niños y adolescentes hispánicos y los de estado socioeconómico más alto son menos propensos a reportar los casos de abuso sexual. Las autoridades que con mayor frecuencia conocen acerca de los incidentes sexuales son las escolares, seguidas por las policiales y, en última instancia, las médicas.

Infografía sobre la prevalencia del abuso sexual infantil por género y edad

Características de Víctimas y Abusadores

Víctimas

En su gran mayoría, las víctimas son del sexo femenino (2-4 veces más frecuente que hombres), a excepción de lo observado en China y en el Sur de Asia, lo que se puede explicar por aspectos culturales y tradicionales. El abuso sexual en las niñas ocurre antes de los 12 años, mientras que en los niños entre los 12 y 13 años. El abuso sexual se da con mayor frecuencia en niños de preescolar y escuela y con menor frecuencia en la adolescencia, aunque también es frecuente durante esta etapa.

Existen algunos factores de riesgo relacionados directamente con el niño:

  • Edad y género.
  • Aspecto físico.
  • Ser un hijo no deseado o adoptado.
  • Alteración o discapacidad física, mental o de desarrollo.
  • Hiperactividad.
  • Ser un niño con mayores necesidades afectivas o ser más expresivo.

Abusadores

Los prototipos de abusadores son muy diversos y heterogéneos, no necesariamente pudiendo clasificarse como pedófilos. El perpetrador del abuso suele ser alguien conocido de o cercano a la víctima, contrario a la creencia popular. Se estima que el 70% de ellos son miembros de la familia, amigos, sacerdotes o personas a cargo del cuido o educación del menor, y en especial figuras paternas. Un estudio argentino estimó que el 77% de los abusadores convivían con la víctima. Solo en el 10-14% de los casos el agresor es completamente ajeno a la víctima.

El abusador suele ser en la gran mayoría de casos del sexo masculino (95,5% de los casos), y tan solo una minoría son mujeres, aunque los abusos perpetrados por mujeres pueden estar infrarreportados.

Factores de Riesgo

Además de los factores directos relacionados con el niño, se reconocen algunos factores de riesgo indirectos (porque actúan por medio del cuidador del niño):

  • Presencia de hombre ajeno a la familia en la casa.
  • Dificultad del encargado para congeniar con el niño.
  • Incomprensión del encargado al niño.
  • Ausencia de armonía marital.
  • Métodos disciplinarios fuertes y físicos.
  • Aislamiento social de la familia.
  • Encargado farmacodependiente o alcohólico.
  • Estatus socioeconómico bajo.
  • Habitar barrios en condiciones de pobreza.
  • Pertenecer a familias numerosas o desempleo.

Marco Jurídico y el Consentimiento en España

Desde una perspectiva jurídica, el Código Penal español protege el derecho de todos los menores de 16 años a la indemnidad sexual (protección del proceso de formación y desarrollo de su sexualidad frente a injerencias de terceros), estigmatizando, criminalizando y judicializando así cualquier posibilidad de interacción sexual entre menores de edad cuando uno de los involucrados tenga 14 años o más y el otro menos de 16 años. En este sentido, en España la edad legal de consentimiento es de 16 años desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo.

Sin embargo, el legislador introdujo en 2015 una cláusula de exclusión de la responsabilidad penal en el artículo 183 quater, modificada por la Ley Orgánica 10/2022 y ahora recogida en el artículo 183 bis. Esta cláusula prevé la exclusión de la responsabilidad penal por los delitos de agresión sexual a una persona menor de 16 años "cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica", siempre y cuando exista el libre consentimiento de la víctima. Se excluyen, no obstante, aquellos casos en los que se emplee "violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima" o cuando la víctima se halle privada de sentido, se abuse de su situación mental o "tenga anulada por cualquier causa su voluntad" (art. 178.2 del Código Penal).

Esta cláusula nos permite clarificar las claves jurídicas para la distinción entre la interacción sexual consentida y los comportamientos sexuales abusivos de adolescentes dirigidos a niños y niñas prepúberes o incluso a otros adolescentes. La primera clave es contar con el consentimiento válido y libre del niño o la niña para participar en la relación sexual, es decir, un consentimiento que no se encuentre influido por motivos como:

  • La violencia física (uso directo y coactivo de la fuerza, incluyendo sujeción o imposición del cuerpo en casos de gran desproporción física).
  • La intimidación o violencia psicológica (amenaza de uso inmediato de violencia u otro mal que se percibe como cierto y genera temor, incluyendo intimidación ambiental).
  • Los estados de enajenación o inconsciencia del niño o niña (por alcohol, drogas, sueño profundo o enfermedad).
  • El error o la ignorancia (cuando el niño o la niña no posee el conocimiento necesario para comprender las interacciones sexuales).
  • El engaño (utilización intencionada de cualquier elemento fraudulento para obtener consentimiento).
  • El prevalimiento (abuso de una situación de superioridad, confianza, relacional o potestad).

Además, al necesario consentimiento válido hay que sumar una regla de equivalencia, un criterio mixto que comporta tanto el análisis de la franja de edad (criterio cronológico) como el análisis de las características individuales de desarrollo o madurez física y psicológica (criterio biopsicosocial).

  • Con respecto al criterio cronológico, y teniendo en cuenta los criterios establecidos por la Fiscalía General del Estado en su Circular 1/2017 sobre la interpretación del art. 183 bis del Código Penal, se establece una prohibición total y absoluta de cualquier interacción sexual con niños y niñas impúberes (sin establecer una edad fija). Sin embargo, este artículo podría dar cobertura a adolescentes para mantener relaciones sexuales (consentidas) con menores de 14 años en los que ya haya comenzado el proceso de la pubertad.
  • Con respecto al criterio biopsicosocial, no existe una correspondencia simétrica entre la edad biológica y el grado de desarrollo o madurez de las personas. Por ello, es necesario tener en cuenta un conjunto de circunstancias y competencias que inciden en la capacidad para tomar decisiones en el ámbito sexual, como el conocimiento de los fundamentos y características de la sexualidad, las competencias cognitivas e intelectivas, el logro de habilidades de desarrollo moral, el desarrollo de la identidad o la asunción de responsabilidades propias de la edad adulta.

Secuelas Emocionales y Factores Mediadores del Abuso Sexual

Los menores muy pequeños pueden no ser conscientes del alcance del abuso sexual en las primeras fases, lo que puede explicar la compatibilidad de estas conductas con el cariño mostrado al adulto por el menor. Por ejemplo, hay niños que verbalizan el abuso sexual de la siguiente forma: "mi papá hace un pipí blanco", "yo no me enteraba porque estaba dormido", "me dice que no se lo diga a nadie".

Consecuencias a Corto Plazo

Al menos un 80% de las víctimas sufren consecuencias psicológicas negativas. El alcance del impacto psicológico va a depender del grado de culpabilización del niño por parte de los padres, así como de las estrategias de afrontamiento de que disponga la víctima. En general, las niñas tienden a presentar reacciones ansioso-depresivas; los niños, fracaso escolar y dificultades inespecíficas de socialización, así como comportamientos sexuales agresivos. Respecto a la edad, los niños muy pequeños (en la etapa de preescolar), al contar con un repertorio limitado de recursos psicológicos, pueden mostrar estrategias de negación de lo ocurrido. En los niños un poco mayores (en la etapa escolar) son más frecuentes los sentimientos de culpa y de vergüenza ante el suceso.

El abuso sexual presenta una especial gravedad en la adolescencia porque el abusador puede intentar el coito, existe un riesgo real de embarazo y la adolescente toma conciencia del alcance de la relación abusiva. No son por ello infrecuentes en la víctima conductas como huidas de casa, consumo abusivo de alcohol y drogas, promiscuidad sexual e incluso intentos de suicidio.

Consecuencias a Largo Plazo

Los efectos a largo plazo son menos frecuentes y más difusos que las secuelas iniciales, pero pueden afectar, al menos, al 30% de las víctimas. Los problemas más habituales son las alteraciones en la esfera sexual (disfunciones sexuales y menor capacidad de disfrute, especialmente), la depresión y el trastorno de estrés postraumático (TEPT), así como un control inadecuado de la ira (en el caso de los varones, volcada al exterior en forma de violencia; en el de las mujeres, canalizada en forma de conductas autodestructivas).

El impacto psicológico a largo plazo del abuso sexual puede ser pequeño (a menos que se trate de un abuso sexual grave con penetración) si la víctima no cuenta con otras adversidades adicionales, como el abandono emocional, el maltrato físico, el divorcio de los padres o una patología familiar grave. Desde el punto de vista del trauma en sí mismo, lo que predice una peor evolución a largo plazo es la presencia de sucesos traumáticos diversos en la víctima, la frecuencia y la duración de los abusos, la posible existencia de una violación y la vinculación familiar con el agresor, así como las consecuencias negativas derivadas de la revelación del abuso (por ejemplo, romperse la familia, poner en duda el testimonio del menor, etc.).

Factores Mediadores del Abuso Sexual Infantil

No todas las personas reaccionan de la misma manera frente a la experiencia de victimización, ni todas las experiencias comparten las mismas características. El impacto emocional de una agresión sexual está modulado por cuatro variables:

  1. El perfil individual de la víctima (estabilidad psicológica, edad, sexo y contexto familiar).
  2. Las características del acto abusivo (frecuencia, severidad, existencia de violencia o de amenazas, cronicidad, etc.).
  3. La relación existente con el abusador.
  4. Las consecuencias asociadas al descubrimiento del abuso.

En general, la gravedad de las secuelas está en función de la frecuencia y duración de la experiencia, así como del empleo de fuerza y de amenazas o de la existencia de una violación propiamente dicha (penetración vaginal, anal o bucal). Cuanto más crónico e intenso es el abuso, mayor es el desarrollo de un sentimiento de indefensión y de vulnerabilidad y más probable resulta la aparición de síntomas. Respecto a la relación de la víctima con el agresor, lo que importa no es tanto el grado de parentesco, sino el nivel de intimidad emocional existente. A mayor grado de intimidad, mayor será el impacto psicológico, que se puede agravar si la víctima no recibe apoyo de la familia o se ve obligada a abandonar el hogar. Por otro lado, en lo que se refiere a la edad del agresor, los abusos sexuales cometidos por adolescentes resultan, en general, menos traumatizantes para las víctimas que los efectuados por adultos.

Conferencia: ¿Cuál es el impacto del abuso sexual en el cerebro de los niños?

Por último, la reacción del entorno desempeña un papel fundamental. El apoyo parental (dar crédito al testimonio del menor y protegerlo), especialmente de la madre, es un elemento clave para que las víctimas mantengan o recuperen su nivel de adaptación general después de la revelación. La sensación de ser creídos es uno de los mejores mecanismos para predecir la evolución a la normalidad de los niños víctimas de abuso sexual.

En ocasiones, la respuesta de los padres ante la revelación del abuso puede ser más intensa que la del propio niño, sobre todo cuando la madre se percata del abuso sexual a su hijo protagonizado por su propia pareja. Los sentimientos de vergüenza y culpa, cólera y pena, miedo y ansiedad, pueden afectar a los padres de tal manera que se muestran incapaces de proteger al niño adecuadamente y, en los casos más graves, pueden llegar incluso a culparlo de lo sucedido.

La influencia de situaciones de estrés adicionales, como consecuencia de la revelación del abuso, sobre la estabilidad emocional de la víctima es significativa. En concreto, la posible ruptura (legal o de hecho) de la pareja, el encarcelamiento del padre o padrastro, la salida de la víctima del hogar (única vía a veces para garantizar su seguridad, pero que supone un coste emocional y de adaptación importante) o la implicación en un proceso judicial (con las posibles consecuencias penales para el abusador) son algunas de estas situaciones. Los juicios largos, las testificaciones reiteradas y los testimonios puestos en entredicho suponen una victimización secundaria y ofrecen un peor pronóstico.

Detección y Búsqueda de Ayuda

Las conductas abusivas tienden a mantenerse en secreto. Los factores que pueden explicar esta ocultación incluyen, por parte de la víctima, el hecho de obtener ciertas ventajas adicionales como regalos, o el temor a no ser creída, junto con el miedo a destrozar la familia o a las represalias del agresor. Por parte del abusador, la posible ruptura de la pareja y de la familia y el rechazo social acompañado de posibles sanciones legales. El abuso sexual puede salir a la luz de una forma accidental cuando la víctima decide revelar lo ocurrido (a veces a otros niños o a un profesor) o cuando se descubre una conducta sexual casualmente por un familiar, vecino o amigo. El descubrimiento del abuso suele tener lugar bastante tiempo después (meses o años) de los primeros incidentes.

Si estás siendo víctima del abuso, cuéntaselo a un adulto de confianza de inmediato. Si un adulto te está tratando de una manera que te hace sentir incómodo o molesto, pero no estás seguro de si se trata o no de abuso, sigue siendo mejor que lo hables con otro adulto de confianza.

¿A quién se lo debería contar?

La persona a quien contárselo puede ser uno de tus padres, uno de tus abuelos u otro cuidador. También puede ser un médico o enfermero, un profesor, orientador, terapeuta o entrenador, o bien el amigo de uno de tus padres.

¿Qué le debería decir?

Puedes empezar diciendo que necesitas hablar, y que le quieres explicar algo. O que necesitas ayuda. Es probable que te pongas nervioso o que te sientas extraño al principio. Pero no permitas que eso te detenga. Si la primera persona a quien se lo cuentas no te ayuda, explícaselo a alguien más.

¿Por qué cuesta tanto pedir ayuda a las víctimas?

Puede resultar difícil hablar sobre el abuso. Algunas personas no explican qué les está ocurriendo porque no saben a quién contárselo ni qué decir. Algunos abusadores intentan que la víctima crea que se lo merece o que ella ha pedido o facilitado que ocurriera. Un abusador puede hacer que su víctima crea que será considerada culpable, se sentirá avergonzada o no la creerá nadie. A veces, algunas víctimas del abuso quieren proteger a su abusador, especialmente si es alguien que les importa, como un miembro de su familia, su pareja u otra persona con quien ya mantenían una relación. Cualquiera de estas cosas puede hacer que les resulte muy difícil pedir ayuda.

Cómo Superar el Abuso

Incluso tiempo después de haber sufrido abuso, el dolor emocional puede tardar un tiempo en remitir. Si una reacción de estrés dura más de unos pocos meses, o incluye recuerdos negativos recurrentes conocidos como flashbacks, se podría tratar de un trastorno por estrés postraumático (TEPT). La gente puede recuperarse del dolor que le ha causado el abuso con la ayuda y el apoyo adecuados procedente de otras personas.

  • Recibe terapia: Hay terapias que ayudan a la gente a recuperarse del estrés causado por el abuso, independientemente de que se trate de una reacción de estrés, un TEPT, una depresión, autolesiones o cualquier otra cuestión. Pide a tu médico, a tu orientador escolar o a una línea de ayuda que te eche una mano para encontrar a un buen terapeuta y acude a todas tus sesiones.
  • Sé amable y paciente contigo mismo: Recuperarse del trauma del abuso puede llevar tiempo y es un proceso gradual. No seas duro contigo mismo cuando estés pasando por una mala racha; en vez de eso, muestra hacia ti la misma comprensión que mostrarías hacia un buen amigo.
  • Cree en ti mismo: Haz pequeñas cosas cada día para levantarte el ánimo. Piensa en actividades que te ayuden a sentirte relajado, calmado, alegre, seguro, "empoderado" o esperanzado (ej. mindfulness, escuchar música, estar en la naturaleza, hacer manualidades, leer, bailar, hacer ejercicio). Trata de hacer algo que te levante el ánimo cada día para compensar los efectos negativos del estrés.
  • Deja que los demás te apoyen: Ayuda mucho saber que hay gente con la que puedes contar. Acude a un familiar, a un adulto que cuide de ti o a un buen amigo de tu confianza. Hazle saber cómo te sientes. Te escucharán y consolarán.

Caso Ilustrativo: Dinámicas de Poder y Etnia

Un caso ocurrido el 18 de marzo de 2018, en la comuna de Cerro Navia, ilustra la complejidad de estas situaciones. El imputado realizó actos de relevancia y significación sexual en contra de la víctima, consistentes en subirle la polera hasta el cuello y tocar con sus manos los senos de la víctima, intentando besarlos y tomándola para inmovilizarla. En este caso, la ofendida, su entonces pareja, una testigo y el marido de su vecina, todos pertenecían a la etnia mapuche, advirtiéndose en sus declaraciones cierto sometimiento al imputado, refiriéndose a él como “vecino”, “ACUSADO” y “caballero”. Esto explica la ausencia de una reacción más enérgica, por ejemplo, de parte de la entonces pareja de la ofendida. Durante la ejecución de los actos abusivos, el encartado profirió ofensas y amenazas al decirle “esto no se va a quedar así, ninguna mujer se resiste a probar”, tratándola de “china” al tiempo que le ofrecía dinero para que accediera a sus requerimientos sexuales. El tribunal, al valorar la prueba y definir la culpabilidad del acusado, incorporó en su razonamiento el enfoque de género e interseccionalidad, excluyendo los argumentos de la defensa del acusado que se fundaban en estereotipos de género y prejuicios respecto de la violencia sexual.

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