En el ámbito de las pensiones, existen diversas modalidades y consideraciones que es importante conocer, especialmente en lo que respecta a la jubilación, la invalidez y la cesantía. Este documento detalla los tipos de pensiones, los requisitos para acceder a ellas, la documentación necesaria y las particularidades del sistema de cotizaciones para pensionados.
Pensiones por Incapacidad Permanente
Un trabajador puede optar a una pensión por incapacidad permanente si sufre una condición que le impide realizar sus labores habituales. Estas pensiones se clasifican en dos tipos principales:
Pensión por Incapacidad Permanente Parcial
Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión equivale al 35% de su sueldo base.
Pensión por Incapacidad Permanente Total
Se concede cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, es decir, igual o superior a un 70% de incapacidad, debido a un accidente o al diagnóstico de una enfermedad profesional.

Documentación requerida para Pensiones por Incapacidad Permanente
Para solicitar una pensión por incapacidad permanente, se deben presentar los siguientes documentos:
- Formulario Solicitud de Pensión de Invalidez (REIP) que estableció el grado de invalidez del trabajador.
- Cédula de Identidad del trabajador (si es del sector público, también el decreto de nombramiento o certificado de servicio).
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
- Declaración Jurada Simple Previsional.
- Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (regiones).
- Certificado de afiliación ISAPRE o FUN.
Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.
Pensión de Sobrevivencia
La pensión de sobrevivencia se refiere a los casos en que un accidente o enfermedad produce la muerte del trabajador o si este fallece encontrándose pensionado. Existen diferentes consideraciones para los beneficiarios:
- Si existiesen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá al 30% de la pensión básica.
- Aquellos descendientes que le causen asignación familiar tendrán derecho a una pensión del mismo monto señalado.
- Si los descendientes del afiliado fallecido carecieren de padre y madre, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.
Documentación requerida para Pensión de Sobrevivencia
No deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario. Los documentos a presentar son:
- Formulario Solicitud de Pensión de sobrevivencia.
- Cédula de Identidad del beneficiario (si es del sector público, también el decreto de nombramiento o certificado de servicio).
- Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
- Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario.
- Declaración Jurada Simple Previsional.
Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.
Jubilación por Vejez y Cotizaciones Post-Retiro
Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Edad de Jubilación y Fondos
Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP para calcular su pensión.
🔴¿Cómo se CALCULA la PENSIÓN de VEJEZ en los FONDOS PRIVADOS de PENSIONES?| PORVENIR|PROTECCIÓN
Cotizaciones Post-Retiro y Licencias Médicas
Una vez que una persona decide pensionarse, se entiende que dejará de trabajar y, por lo tanto, de cotizar obligatoriamente en su AFP. Sin embargo, la cotización postretiro tiene una ventaja, relacionada con las licencias médicas. La legislación establece que, para acceder a una licencia médica, el trabajador debe registrar, al menos, tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia.
Exención de Cotización de Salud para Pensionados
Actualmente, la legislación exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población, independientemente de si están afiliados a Fonasa o Isapre.
La Ley N°20.255 exime del pago de la cotización obligatoria de salud únicamente a los beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBSI) que sean carentes de recursos, lo cual hoy corresponde a aquellos pensionados que pertenecen al 20% más vulnerable según el puntaje obtenido en la Ficha de Protección Social.
Sin embargo, los beneficiarios de Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) carentes de recursos no se encuentran eximidos de esta cotización.
La gradualidad está dada por el calendario en el cual se entregará el beneficio. La focalización, por su parte, dependerá de la edad del pensionado y del quintil al cual pertenezca el grupo familiar que integra. Al término de este gobierno, el 40% de los pensionados más pobres del país verán reducida su cotización de salud a cero.
Sí, los beneficiarios del proyecto estarán eximidos total o parcialmente de la obligación a cotizar para su salud.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
Requisitos para la PGU
- Estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
Jubilación por Invalidez o Trabajo Pesado
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Permite a los imponentes del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida.
Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Durante este período, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

Seguro de Cesantía y Pensionados
Cada afiliado o afiliada a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante, podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Acceso a Beneficios por Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación. Si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Trámite para Seguro de Cesantía
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Solicitud de Certificado de Saldo (CES)
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP. Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
Proceso de Pensión y Certificado de Saldo (CES)
Para iniciar el proceso de pensión, es fundamental obtener el Certificado de Saldo (CES).
- Selecciona “Inicio proceso de Pensión”. Recuerda que debes tener tu clave de seguridad para iniciar este proceso.
- Solicita tu Certificado de Saldo (CES) y en 10 días hábiles podrás descargarlo.
- Cuando tu certificado CES esté disponible te llegará un mensaje SMS.
- Cuando tengas disponible el certificado CES, llámanos al Contact Center o agenda una videollamada con un ejecutivo y solicita tu SCOMP. ¡Listo!
Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Opciones de Pago de Pensión
Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago.
Horarios de Atención de AFP Habitat
Informamos que a partir de este lunes 04 de mayo de 2026, nuestras sucursales de AFP Habitat Quillota, San Antonio, San Felipe, Curicó y Coyhaique, tendrán nuevos horarios de atención a público; de lunes a jueves, de 13:00 a 16:30 hrs., y viernes, de 09:00 a 13:00 hrs.