Esta guía proporciona información esencial sobre los principales beneficios y pensiones destinados a los adultos mayores, incluyendo la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el Bono de Invierno, así como detalles sobre su elegibilidad, gestión y canales de soporte.

Acceso a Pensiones y Beneficios para Adultos Mayores
Los beneficios y pensiones para adultos mayores están dirigidos a pensionadas o pensionados de diversas instituciones. Entre ellas se encuentran el Instituto de Previsión Social (IPS), el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de las mutualidades de empleadores.
La Pensión Garantizada Universal (PGU): Requisitos y Montos
Requisitos de Elegibilidad
Para acceder al beneficio de la Pensión Garantizada Universal (PGU), es fundamental tener 65 años cumplidos. Si un beneficiario recibe una pensión por leyes reparatorias o pensiones de gracia, podrá solicitar el monto completo de la PGU, dependiendo de la edad que tenga.
Montos de la PGU
Con la Reforma de Pensiones, si un beneficiario tiene 82 años o más, el monto máximo de la PGU es de $250.275.
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El Bono de Invierno y la Compatibilidad con Múltiples Pensiones
Es importante considerar la compatibilidad de beneficios. Si un beneficiario recibe más de una pensión contributiva junto con la PGU, APSV o pensión de reparación, según sea el caso, tendrá derecho a Bono de Invierno. Este derecho se otorga solo si la suma de las pensiones contributivas, excluido el monto del APSV, PGU o pensión de reparación, no supera la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.

Gestión y Mantenimiento de la PGU
Consulta del Estado de su Trámite
Si ya solicitó la Pensión Garantizada Universal (PGU), puede consultar el estado de su trámite utilizando su ClaveÚnica.
Causales de Suspensión y Cese
La PGU puede ser suspendida o cesar por diversas razones. Entre ellas se encuentran:
- El no cobro de la PGU durante 6 meses continuos.
- El fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
- Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).
Reactivación del Beneficio
En caso de suspensión por no cobro, es posible solicitar la reactivación del beneficio. Esto debe hacerse en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.
Información Adicional y Canales de Contacto
Cómo Interponer un Reclamo
Si se notifica un rechazo o suspensión, el interesado puede interponer un reclamo ante el IPS. El plazo para hacerlo es de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación, según lo establece la Ley N° 19.880.
Vías de Comunicación y Soporte
Para obtener más información o resolver dudas, se puede llamar al call center ChileAtiende 101. Si la persona se encuentra en el extranjero, el número de contacto es el +56 4 4236 20 00. Es recomendable revisar el horario de atención para asegurar la disponibilidad.
