Significado y Tipos de Pensión

La palabra "pensión" proviene del latín pensio, -ōnis, que significa 'paga'. Etimológicamente, sus componentes léxicos son pensus (colgado, pagado, participio de pendere, colgar, pagar, pesar, estimar, valorar) y el sufijo -sión (acción y efecto).

Definiciones Generales de Pensión

Una pensión es, en su sentido más amplio, una asignación que una persona recibe periódicamente por servicios prestados anteriormente, por méritos o por cualquier otra razón. Puede referirse a diversas situaciones y contextos:

  • Cantidad periódica, temporal o vitalicia, que la seguridad social paga por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad.
  • Auxilio pecuniario que bajo ciertas condiciones se concede para estimular o ampliar estudios o conocimientos científicos, artísticos o literarios. Este tipo de pensión se conoce como pensión de estudios o beca.
  • Renta o canon anual que perpetua o temporalmente se impone sobre una finca.

Las Pensiones en el Ámbito Social y Laboral

Este artículo se centra en las cantidades periódicas que se pagan a una persona por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad. A través de los sistemas de pensiones, las personas perciben un ingreso periódico y regular cuando alcanzan la jubilación, abandonan su actividad laboral, profesional o empresarial y dejan de percibir un ingreso por ella. Cuando se habla de "pensiones" a secas, generalmente se hace referencia a las pensiones de jubilación, también llamadas de vejez o de ancianidad.

Tipos de Pensiones de la Seguridad Social

Existen muchos otros tipos de pensiones, además de la de jubilación, otorgadas por la seguridad social:

  • Pensión de invalidez o incapacidad: Asignación recibida por una persona que, debido a una condición de salud, no puede realizar su trabajo.
  • Pensión de viudedad: Prestación económica que se concede al cónyuge o pareja de hecho sobreviviente.
  • Pensión de orfandad: Ayuda económica para los hijos de una persona fallecida.

Pensión Contributiva vs. No Contributiva

  • Pensión contributiva: Es una pensión de la seguridad social a la que se tiene derecho por haber cotizado durante cierto tiempo. Generalmente, el importe que cobrará la persona trabajadora por pensión de jubilación dependerá de la edad a la que decida jubilarse total o parcialmente, los años que haya cotizado y las cuantías de estas cotizaciones. Dos personas que, aunque tengan trabajos distintos, hayan cotizado los mismos años y las mismas cantidades, y se jubilen el mismo año con la misma edad, cobrarán la misma pensión.
  • Pensión no contributiva: Es una pensión de carácter asistencial que se otorga sin necesidad de haber cotizado a la seguridad social. Estas pensiones no requieren aportaciones de las personas para acceder a las mismas y se financian a través de los presupuestos generales del Estado, es decir, por los recursos generales que tenga el Estado, fundamentalmente vía impuestos.

Financiación de las Pensiones

Infografía sobre los modelos de financiación de pensiones: reparto y capitalización individual

Los criterios básicos en los sistemas públicos de pensiones son el reparto, la equidad intergeneracional e intrageneracional y la universalidad. Una gran parte de los sistemas públicos de pensiones funcionan como un mecanismo de solidaridad intergeneracional: las contribuciones de los trabajadores en activo de hoy pagan las pensiones de hoy.

Planes de Pensiones Privados

Además de los sistemas públicos, existen los planes de pensiones privados:

  • Un plan de jubilación o plan de pensiones de empresa es un instrumento financiero creado o suscrito por un empleador para que a un empleado se le pague una pensión después de que se jubile.
  • Un individuo particular, ya sea trabajador asalariado, autónomo, o incluso aunque no trabaje, puede suscribir un plan de pensiones privado que, después de hacer pagos periódicos durante un tiempo, le dará derecho a recibir una pensión. Las cuantías y condiciones dependerán del beneficiario y de la entidad financiera que ofrezca ese plan.

Los sistemas privados de capitalización administran los ahorros personales de cada trabajador y devuelven el fruto de sus inversiones al final de la vida laboral de este. Quedan, por tanto, al albur de la rentabilidad que sean capaces de conseguir los administradores de los fondos. Sus defensores sostienen que aprovechan la mayor eficiencia del funcionamiento del sector privado, que tiene dueños individuales, en vez del sector público, administrado por quienes no son sus poseedores.

Tipos de Planes de Pensiones Privados
  • Plan de beneficio definido o plan de prestación definida: Este plan establece el beneficio que el empleado suscrito recibirá cuando alcance la edad de jubilación. El beneficio se determina mediante una fórmula que incorpora el salario del empleado, los años de servicio, la edad de jubilación y otros factores. Por ejemplo, en los Estados Unidos, existen los planes de media final (final average plans) en los que el salario de los tres o cinco últimos años del empleado es el que determina la pensión. En el Reino Unido, los beneficios se actualizan con la inflación.
  • Plan de contribución definida o plan de aportación definida: En este plan, la contribución está definida, pero el beneficio (el pago que realmente recibirá el trabajador cuando se jubile) se desconoce. Un acuerdo típico de contribución definida es aquel en el que las contribuciones (realizadas por el empleado, el empleador o ambos) se hacen a una cuenta que crece mediante la inversión. A la hora de jubilarse, el empleado dispone de una cuenta que puede utilizar para comprar una pensión, o puede retirar parte de los fondos en función de sus necesidades financieras.

Evolución de los Planes de Pensiones Privados

Desde mediados del siglo pasado, los planes de pensión de las empresas a favor de sus empleados se volvieron populares en la cultura anglosajona como forma de complementar la futura jubilación estatal. Sin embargo, estos programas resultaron costosos y financieramente inviables con el tiempo. Cuatro décadas después de implementarlos, comenzaron a desarmarlos. Por ejemplo, en el Reino Unido, en 1987 existían 8,1 millones de miembros asociados a los pension plans; en 2011, el número había caído a 2,9 millones. En 2010 se confirmó en todo el mundo el hundimiento de los fondos de capitalización -fondos de pensiones privados- que debían ofrecer excelentes beneficios y que no consiguieron mantener las prestaciones prometidas.

Debates esenciales: El Sistema Público de Pensiones

Pensión en Otros Contextos

Además de los significados relacionados con la seguridad social y el ahorro para la jubilación, la palabra "pensión" también se utiliza en los siguientes contextos:

  • Casa de huéspedes: Se refiere a una casa o establecimiento de poca categoría donde se reciben huéspedes a cambio de un precio convenido. También se denomina pensión al precio que se paga por alojarse en estos lugares.
  • Pensión alimenticia: En el ámbito legal, se refiere a la cantidad de dinero que una persona debe pagar periódicamente para el sustento de otra, generalmente hijos o excónyuges, tras un divorcio o separación.
  • Pensión compensatoria: Es una pensión a la que tiene derecho un cónyuge cuando la separación o el divorcio le produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, siempre que tal desequilibrio implique un empeoramiento en su situación anterior al matrimonio. Este tipo de pensión también se conoce como pensión matrimonial.
  • Media pensión: Es un sistema de alojamiento en que se tiene derecho a una habitación y a una comida diaria. También puede referirse al régimen de pensionado que incluye la enseñanza y la comida del mediodía en ciertos centros de enseñanza. En el ámbito de hospedaje, implica habitación, desayuno y una de las dos comidas principales.
  • Pensión completa: Es un régimen de hospedaje que incluye habitación y todas las comidas del día.
  • En algunos países, la palabra puede tener otros significados específicos:
    • En Chile, Colombia y Panamá, "pensión" puede significar pena (sentimiento de tristeza).
    • En México, puede referirse a un establecimiento en el que se pueden estacionar automóviles mediante un pago mensual.

Sistemas de Pensiones en América Latina

En numerosos países latinoamericanos, las posiciones económicas del Fondo Monetario Internacional (FMI) han promovido la implantación de fondos privados de pensiones que no sustituyen los sistemas públicos, ya que solamente son perceptores aquellos ciudadanos que acceden a un fondo privado.

El Caso de Chile

En América Latina, la privatización de los sistemas públicos de pensiones tuvo su antecedente en Chile, con la creación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en 1980, durante la dictadura de Augusto Pinochet. Las Administradoras de Fondos de Pensiones de Chile buscaban acabar con los sistemas de reparto estipulado por el Estado a través de aseguradoras mutuales privadas o estatales.

Sin embargo, en 2004, el informe "Mantener la promesa de la seguridad del ingreso en la vejez en América Latina" del Banco Mundial alertaba del fracaso de la reforma previsional impulsada para toda América Latina por el FMI durante el sistema impuesto en Chile. La privatización del sistema no ofrecía los beneficios que se prometían a los afiliados.

Los defensores del sistema chileno, no obstante, señalan que es bueno porque permite evitar crisis causadas por el histórico déficit demográfico chileno y ha generado un gran ahorro interno que ha significado un gran fondo para inversiones. Esto se demuestra en que las AFP son grandes inversionistas en diversas áreas como bancos, carreteras, empresas en bolsa, etc., permitiendo incluso que las empresas chilenas inviertan en el extranjero.

Los defensores "críticos" del sistema precisan que el sistema debe ser ajustado en aspectos como mejorar la calidad de los trabajos (especialmente en los menos remunerados y precarios), fiscalizar el pago efectivo de las cotizaciones (ya que muchos empresarios las declaran pero no las pagan), y que el Estado cubra las cotizaciones en caso de cesantía para evitar lagunas. Proponen también la fiscalización a las AFP para evitar cobros injustificados y excesivos por comisiones, y la prohibición de traspasar las pérdidas a los cotizantes (actualmente las utilidades no se traspasan, pero sí las pérdidas). También plantean un mecanismo para que las pensiones alcancen un porcentaje mínimo del sueldo que el trabajador recibía mientras estaba activo, debido a que en la actualidad las pensiones alcanzan a menos de la mitad de lo que se recibía en activo, y en el caso de los sueldos más elevados, como los de los profesionales, la diferencia es "brutal". Para remediar esto, se señala que el aporte debe ser tripartito (empleador-estado-trabajador) y que las AFP deben modificar su actuación.

El Caso de Argentina

Las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) de Argentina fueron creadas en 1993 durante el gobierno de Carlos Menem. En noviembre de 2008, el gobierno de Cristina Fernández presentó un proyecto de ley para eliminar el sistema de capitalización, y las AFJP que lo administraban, para volver a establecer un régimen de reparto público y asegurarse el manejo de una cantidad de fondos públicos a su favor.

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