Este artículo explora el monto, los requisitos y los beneficios asociados a la jubilación, con un enfoque particular en las amas de casa y otros grupos que pueden acceder a diferentes tipos de pensiones. Se detallan los aspectos clave de la Pensión Básica Solidaria (PBS), la Pensión Garantizada Universal (PGU) y otros beneficios para asegurar un futuro financiero estable.

Pensión de Vejez General y Ahorros Previsionales
Todas las personas tienen derecho a una pensión por vejez, cuyo monto depende de los ahorros personales acumulados en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Quienes estén próximos a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, con posibles excepciones por fondos suficientes en la AFP o por trabajo pesado) deben considerar el saldo en su cuenta obligatoria de la AFP para estimar su futura pensión.
Es importante saber que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. Los ahorros pueden realizarse también en una Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) y mediante Depósitos Convenidos. Si una persona trabaja con contrato, debe comunicar a su empleador su intención de iniciar el trámite de jubilación. Se recomienda verificar que el pago de las cotizaciones y el seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP pueda gestionar la recaudación de los fondos que se deban.
Beneficio por Años Cotizados (BAC)
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es una prestación adicional que se suma directamente a la pensión ya recibida por los afiliados. El monto de este beneficio se calcula en base a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope mensual de 2,5 UF, lo que equivale a un máximo de 25 años de cotizaciones.
Requisitos y Cálculo del BAC
Para acceder al BAC, existen requisitos específicos que varían según la fecha de pensión y el género del solicitante. Las mujeres verán un aumento gradual en el requisito de cotizaciones, alcanzando un mínimo de 132 meses (11 años) a partir de enero de 2028.
- Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida, comenzando una vez que reciban su primera pensión, e incluirá el retroactivo si corresponde.
- Para las personas ya pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del BAC considerará las cotizaciones pagadas hasta esa fecha, y el pago iniciará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
- Si la persona se pensiona a partir del 1 de agosto de 2025, el cálculo incluirá las cotizaciones realizadas por el empleador al Seguro Social desde esa fecha.
Es importante tener en cuenta que no se considerarán los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años), los cuales se reducirán gradualmente desde febrero de 2046. Tampoco se computarán los meses con múltiples cotizaciones por jornada completa, aquellos donde el empleador no haya pagado las cotizaciones completamente, o los que solo estén declarados y no pagados hasta su regularización. El BAC puede extinguirse en caso de fallecimiento del beneficiario.
Integración con otras pensiones y beneficios
Si al sumar el BAC y otros beneficios a su pensión, el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, el beneficiario dejará de recibir la Garantía Estatal. Esto se debe a que se prioriza el beneficio de mayor monto.
Pensión Básica Solidaria (PBS)
La Pensión Básica Solidaria (PBS) está destinada a hombres y mujeres de 65 años o más, o que hayan sido declarados con invalidez, y que no hayan cotizado en una AFP ni tengan pensión en algún régimen previsional. La PBS de vejez e invalidez se financia completamente con recursos fiscales.
¿Quiénes tienen derecho a la PBS?
- Mujeres y hombres de 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tengan pensión en algún régimen previsional.
- También pueden solicitar una PBS los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech, quienes, además de esa pensión, perciban otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP.
Las PBS se reajustan anualmente en el mes de julio, de acuerdo al IPC.

Pensión Garantizada Universal (PGU)
Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, como en el caso de muchas amas de casa, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio otorgado por el Estado. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Requisitos para la PGU
Para acceder a la PGU, se requiere cumplir con los siguientes puntos:
- Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior (aproximadamente $1 millón).
- Estar en el 80% más vulnerable de la población, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias. Para ello, es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
¿En qué consiste la Pensión Garantizada Universal?
Jubilación por Invalidez y Pensiones Anticipadas
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, también conocida como pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida.
Pensión Anticipada para Enfermos Terminales
Existe una pensión anticipada específica para enfermos terminales. Durante un período transitorio, podrán optar a este beneficio, de forma exclusiva y preferencial, los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4 (cuidados paliativos en cáncer avanzado) y, a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.
Proceso de Solicitud y Opciones de Pago
Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en la administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual que tiene la afiliada o el afiliado y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.
Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago.
Para los imponentes del antiguo Sistema de Reparto, existe la posibilidad de acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida. El trámite se puede realizar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Se puede solicitar información sobre los pasos a seguir en su respectiva AFP.