Responsabilidad y Críticas al Sistema
Rodrigo Paz ha subrayado la responsabilidad del ministro Carreño, acusándolo de ser “un juez corrupto y que ocultó información que indicaba que habían niños que estaban siendo severamente maltratados, con peligro para sus vidas, en hogares del Sename”. También ha enfatizado la lucha por una ley de protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia antes de cualquier división del Sename. Esta ley marco es fundamental para abarcar los derechos de todos los niños y niñas, no solo los más vulnerables e infractores de ley. Cabe destacar que el proyecto de ley que se encuentra en el Congreso, presentado durante el gobierno de Sebastián Piñera, busca separar las funciones del Sename con la creación de un Servicio Nacional de Infractores de Ley y de otro Servicio Nacional para niños y adolescentes vulnerados en sus derechos.
El Comité de Derechos del Niño de la ONU y las Críticas a los Jueces
El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, en su informe final del 7 de junio, realizó duros cuestionamientos a la labor del Estado y criticó la acción de los jueces en el trato a los menores internados en centros del Sename. Tras una visita inspectiva de dos expertos en enero, se confirmó que existieron violaciones a la Convención sobre los Derechos del Niño durante más de 40 años. El informe señala que "el Estado es directamente responsable de las violaciones llevadas a cabo en los Cread, así como de las llevadas a cabo en los Ocas u otros centros", no solo por la falta de supervisión, sino porque estos centros deben ser considerados agentes del Estado.
El comité considera que el Estado es responsable de "graves violaciones de los derechos enunciados en la Convención, considerando que el sistema de protección residencial de Chile ha resultado en una amplia vulneración de derechos de miles de niños, niñas (NNA) y adolescentes bajo tutela del Estado durante un largo periodo de tiempo". Estas violaciones no son "producto de circunstancias puntuales", sino de "causas estructurales".
Se aconseja modificar la Ley de Subvenciones, proporcionar recursos financieros y técnicos para el cumplimiento de estándares y establecer mecanismos eficaces de supervisión. También se criticó a los jueces y al sistema judicial chileno por la "excesiva judicialización del sistema", la falta de conocimiento preciso de recursos alternativos a la internación, el tiempo insuficiente para el estudio de cada caso individual y la capacitación inadecuada para determinar la medida social más adecuada.
La recomendación es "desjudicializar" el sistema de protección, creando un servicio administrativo especializado y dotado de recursos que detecte las carencias y realice un seguimiento individualizado. Además, se deben establecer criterios claros y estrictos para las decisiones de cuidados alternativos y regular un procedimiento de revisión judicial de las acciones del sistema administrativo.
El Estado tiene una "obligación reforzada de reparación de las víctimas" por ser el responsable directo de las violaciones de derechos de gran parte de los NNA ingresados en centros de protección, tanto por acción u omisión de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, como de funcionarios del Sename y trabajadores de los Ocas. Se recomendó el cierre "con efecto inmediato" del Cread Playa Ancha, lo cual aún no se ha concretado.

Problemas Estructurales en los Tribunales de Familia
Acceder al método y la rutina con que los jueces de familia adoptan decisiones que afectan la vida de miles de niños y de sus familias, es muy difícil. Aunque lo que ocurre dentro de esos tribunales es un comentario recurrente en pasillos y oficinas, la experiencia de años ya enquistada les indica a esos magistrados que denunciar las malas prácticas les puede significar ser mal evaluados y, finalmente, ser conducidos a la puerta de salida de esos tribunales. De allí que los jueces con los que habló CIPER pidieran reserva de sus identidades.
La Presión por el Número de Sentencias
La planilla de estadísticas de sentencias en causas de protección en la Región Metropolitana desde enero de 2015 hasta abril de 2016 revela una cruda realidad: 205 jueces para analizar y fallar respecto a 27.075 causas. Cuatro jueces dictaron entre 821 y 1.568 fallos en ese periodo. En el Centro de Medidas Cautelares (CMC) de la Corte de Apelaciones de Santiago, seis jueces se destacaron por su "eficiencia" entre enero de 2015 y abril de 2016. El juez coordinador del CMC, Arturo Klenner Gutiérrez, lidera con 1.568 sentencias, habiendo batido su propio récord mensual en abril con 277 fallos. Le siguen Jessica Arenas Paredes (1.069), Karen Hoyuelos De Luca (1.027), Johana Sepúlveda Coria (821), Gloria Negroni Vera (701) y Constanza Feliú Slater (470). Estas cifras demuestran que, de las 27.075 causas, 19.128 -más de la mitad- terminaron en sentencia. La presión por dictar sentencias afecta la calidad del proceso, llevando a decisiones sin realizar la audiencia respectiva en algunos casos. Solo se revisa en el SITFA si el niño ha sido objeto de otra denuncia y los antecedentes de los padres. A veces, el juez llama a la consejera técnica para pedir más información, generalmente de forma telefónica y por la premura.
Falta de Definición de "Vulneración de Derechos Grave"
El juez que debe decidir la situación de F.N. se enfrenta a un problema: no hay ninguna norma que defina qué significa una “vulneración de derechos grave”, un concepto utilizado en los juicios de menores en situación de riesgo o abandono. Por lo tanto, las medidas a adoptar quedan a criterio de los jueces.
Ausencia de Abogados para los Afectados
Otro problema en la norma del sistema de protección es que la ley no exige que los afectados tengan un abogado que los represente. Según un juez de familia, la mayoría de las causas de protección que llegan a audiencia se fallan sin abogado, lo que otorga un poder desequilibrado a los magistrados ante el cual las familias no tienen armas.
Las ofertas de defensa pública para el sistema de protección son pocas, incluyendo la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), los Programas de Representación Jurídica (PRJ) dependientes del Sename, los abogados de la Oficina de Protección de Derechos (OPD) de los municipios, y los estudiantes de Derecho de las clínicas jurídicas universitarias. La jueza Susan Sepúlveda destaca que es imposible que los abogados hagan lo que el sistema indica, como entrevistar al niño, intervenir en la audiencia, pedir al juez que escuche al niño y apelar si una decisión de internación no corresponde. Esto dificulta conocer a fondo la real situación de abuso o riesgo del menor.
Incumplimiento de Informes y Fiscalización
Aunque la Corte Suprema ordenó al Sename el envío trimestral de informes sobre los niños internados, los hogares rara vez lo hacen. La única vía de fiscalización para los jueces de familia son las visitas semestrales a los hogares, que resultan ser más bien administrativas y superficiales. Los centros del Sename también incumplieron el instructivo de la Corte Suprema. Lo grave es que, después del escándalo de 2013 por la extrema vulnerabilidad de los niños bajo protección del Sename y los problemas en los Juzgados de Familia, nadie en la Corte Suprema revisó si se cumplían sus órdenes. Los ministros de la Corte de Apelaciones, al calificar a los jueces, se fijan en el número de sentencias dictadas, priorizando la cantidad sobre la calidad y el cumplimiento de las normativas.
La "No Radicación" de Causas
El desorden evidenciado en casos como el de D.C. y su familia, donde un niño puede tener abiertas simultáneamente dos causas en distintos tribunales o pasar por varios jueces en un mismo juzgado, se explica por la "no radicación". Este sistema establece que los jueces de familia roten entre causas de protección y otros asuntos, como divorcios o alimentos. "La no radicación significa que yo no me puedo quedar con una causa. Hasta 2010, yo seguía una causa desde que la iniciaba hasta que la terminaba. Incluso más allá: me preocupaba del cumplimiento de las protecciones, porque yo como juez era responsable de ese niño. Eso ya no pasa", explica un juez. La celeridad del sistema ha priorizado la "no radicación" sin considerar la necesidad de seguimiento, especialmente en protección, lo que lleva a que el niño se "pierda" y el juez "se olvide".
La Experiencia de F.N. y D.C.
F.N., de tres años, ingresó a un hogar del Sename después de que su padre lo denunciara por abandono y la abuela materna fuera considerada no apta para su custodia. Este caso resalta la falta de una definición clara de "vulneración de derechos grave", dejando las decisiones a criterio del juez y la ausencia de representación legal para los afectados.
D.C. fue internada en un hogar del Sename en 2010 a los cinco años, junto con dos de sus hermanos, todos en hogares distintos. La sentencia ordenó terapia para D.C. y su familia. Meses después, se solicitó que D.C. fuera declarada admisible para adopción. Finalmente, la Corte de Apelaciones determinó que la familia había mejorado su situación. Se descubrió que la ausencia de los padres a las visitas de D.C. se debía a que los tres hijos estaban en hogares distantes, lo que hacía imposible cumplir con las visitas, asistir a terapia y trabajar. Este informe fue clave para que la corte revocara la orden que incorporaba a D.C. Este caso ilustra el desorden generado por la falta de un sistema que impida que un niño tenga causas abiertas simultáneamente en distintos tribunales, agravado por la "no radicación" de los jueces de familia.
Comisión Verdad y Niñez: Avanza la recolección de testimonios sobre vulneraciones en el Sename
Impacto de la Violencia de Género en los Informes Judiciales
Los informes emitidos por las instituciones asociadas a Sename (como Oficinas de Protección de Derechos, Programas de Atención Focalizada y DAM) son clave para los tribunales de familia. Estos diagnósticos ambulatorios, realizados por trabajadores sociales y psicólogos, se basan en entrevistas personales. La decisión sobre las “habilidades parentales” se desprende de estos informes, pero se ha detectado un uso y abuso de estereotipos de género, en particular el de la “mala madre” cuando son, a la vez, mujeres víctimas de violencia. Esto queda en segundo plano en los diagnósticos y se ha normalizado.
La jueza de familia Susan Sepúlveda confirma que estos diagnósticos suelen tener sesgos. El informe subvalora la violencia hacia la mujer, indicando que tiene las habilidades parentales descendidas porque "pone los intereses personales de la mujer por sobre los de madre o que no entiende que [el hijo] debe relacionarse con el padre". La frase más utilizada es que, "aunque sea agresor, eso no importa porque puede ser igual un buen padre". Este "círculo vicioso" se produce por la falta de un sistema integral de protección a las víctimas, dejando todo a cargo de la mujer: denunciar, autoprotegerse y abastecerse económicamente. Alicia Herrera, abogada de la Red Chilena contra la Violencia Hacia las Mujeres, explica que muchas mujeres se silencian y siguen aguantando la violencia al saber lo largo de los procesos judiciales, que las juzgarán y no les otorgarán herramientas para salir adelante. La sensación de injusticia y el daño que provoca este camino judicial, llevando a que muchas terminen con el cartel de “mala madre”, son considerados violencia institucional por ambas abogadas.
López hace mención al caso de Ámbar, asesinada por la pareja de su madre, Hugo Bustamante, quien también tenía antecedentes sobre un doble homicidio. Los estereotipos se repiten en el proceso, con directoras de dispositivos de DPS que normalizan la falta de involucramiento de los hombres en la crianza. Susan Sepúlveda plantea la necesidad de comprender los efectos psicológicos que la violencia tiene para las mujeres y niños, los cuales deben ser incorporados en los diagnósticos.
Acuerdo entre Sename y ANI: Preocupación por Datos Sensibles
El 21 de febrero, el Servicio Nacional de Menores (Sename) y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) suscribieron un acuerdo de colaboración y coordinación que generó escozor en la Defensoría de la Niñez, especialistas en protección de datos y colaboradores de la institución. El objetivo es "desarrollar una alianza estratégica de cooperación institucional" para el intercambio de información y aunar esfuerzos para una "mejor y más eficiente gestión".
El documento, firmado por la directora del Sename, Susana Tonda, y el director de la ANI, Gustavo Jordán, generó reacciones por la ambigüedad y amplitud de sus términos. La Defensoría de la Niñez calificó la situación como "gravísima", ya que el fin del Sename es la protección de los derechos humanos de los niños bajo su cuidado, no la exposición de antecedentes y datos privados que son exclusivos de los tribunales. Este acuerdo, tras el estallido social de febrero, agudiza una evidente situación de estigmatización y criminalización de niños, niñas y adolescentes vinculados al Sename en ámbitos de investigaciones criminales.
Francisco Gorziglia, dirigente nacional de Sintrasub, advirtió que la mayor preocupación es que obtengan información confidencial y privada de los perfiles psicológicos de los menores de edad en situación de vulnerabilidad, e incluso de sus padres, familias y/o tutores legales. Esta información, que no aporta en nada al control de la "seguridad nacional", es doblemente sensible al tratarse de menores de edad en situación de vulnerabilidad. Pablo Viollier, especialista en manejo de datos personales, explicó que la descripción de qué tipos de datos se comparten, cómo y para qué finalidad debería ser "particularmente estricta", y el documento habla en términos "excepcionalmente amplios".
Jurídicamente, la libertad de un organismo de compartir datos sin consentimiento solo está permitida para datos personales, no para los datos personales sensibles, que tienen una categoría especial según el artículo 10 de la Ley 19.628. El Sename se defendió invocando el artículo N°8 letra e) de la Ley N° 19.974, que faculta a la ANI a requerir información de todos los servicios públicos, sin distinciones. Sin embargo, para acceder a información sensible de una persona, es fundamental que un organismo acceda a ella previa autorización de un tribunal, como lo requiere la ANI para medidas intrusivas o la Fiscalía para fichas médicas.
Medidas y Avances Insuficientes
Para solucionar la grave situación detectada por la “Comisión Jeldres” en 2013, se firmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Corporación Administrativa del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el Sename el 28 de noviembre de 2014. Sin embargo, los avances para cambiar la situación de los más de 100 mil niños y adolescentes en situación de abandono o riesgo, y que están en alguno de los programas del Sename (según las últimas estadísticas de 2014), son escasos. Nueve meses después de la constitución de la “mesa técnica” que debía ejecutar los compromisos adquiridos del convenio, no se registró actividad alguna. Solo el 29 de octubre se “reactivó el trabajo de la mesa técnica”, pero el Servicio Nacional de Menores no cumplió ninguno de los compromisos acordados, lo que significó la suspensión de la reunión.
El Presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, manifestó su preocupación en relación con que la legislación actual y los proyectos que se envían no tienen la tramitación que se requiere en relación con los menores. Explicó que en la práctica se están produciendo algunas limitaciones en cuanto al tratamiento de menores en las residencias, con cierres de residencias y restricción de lugares donde los niños puedan resolver dificultades. Se ha señalado que no se realizaron las visitas o el seguimiento que se debería haber hecho por la vía de los tribunales de familia o de garantía.