La discusión y aprobación del segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones ha marcado un hito significativo en la legislación chilena, concretándose a pesar de la fuerte oposición del Gobierno y amenazas de recurrir al Tribunal Constitucional (TC). Este proyecto avanzó en el Congreso como una respuesta a la crisis sanitaria y económica, evidenciando una desconexión entre el Ejecutivo y las demandas ciudadanas y parlamentarias.
El Proceso Legislativo y las Votaciones Clave
El proyecto de ley que autoriza el segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones fue objeto de intensos debates en el Congreso Nacional. Un punto destacado durante la discusión fue la propuesta de que los enfermos terminales pudieran retirar el total de sus fondos de pensiones, la cual se aprobó con un total de siete votos a favor y seis en contra. En esta votación, a diferencia de la anterior, toda la derecha estuvo en desacuerdo.
En la Comisión de Constitución del Senado, la idea de legislar el nuevo retiro del 10% de las AFP fue aprobada por tres votos a favor y dos en contra. Los votos en contra fueron de Luz Ebensperger (UD) y Rodrigo Galilea (RN); mientras que los votos favorables los dieron Pedro Araya (independiente), Francisco Huenchumilla (DC); y el presidente de la Comisión, Alfonso de Urresti (PS). Este resultado permitió iniciar la votación en particular de la iniciativa, lo que incluyó las indicaciones que fueron presentadas.
Finalmente, el Congreso Nacional despachó la propuesta que autorizaba el retiro. La Sala del Senado despachó a ley el proyecto, luego de que la Cámara Baja realizara una serie de cambios en su segundo trámite, los cuales fueron respaldados por el Senado. Con 41 votos a favor y una abstención, se aprobaron las enmiendas introducidas por los diputados y diputadas.
Posteriormente, se pidió votación separada de los artículos 4, 5 y 6 nuevos referidos al pago de deudas originadas por obligaciones alimenticias, aspectos que deberán zanjar los Tribunales de Familia. Estas disposiciones se aprobaron por 28 votos a favor y 10 abstenciones, quedando el proyecto en condiciones de ser promulgado como Ley de la República por el presidente Sebastián Piñera.

Publicación y Novedades de la Ley N° 21.295
El pasado 10 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.295, que establece “un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica”, más conocida como ley del “Segundo Retiro”. Esta nueva ley autoriza un segundo retiro de fondos acumulados en las cuentas individuales de los afiliados en el sistema de AFP, prácticamente en las mismas condiciones que el primer retiro, posibilitado por la ley N° 21.248 que introdujo la disposición trigésimo novena transitoria de la Constitución.
El texto aprobado establece que, excepcionalmente y, en el contexto de la crisis sanitaria producida con ocasión del Covid-19, se autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones realizar, de forma voluntaria, un retiro por hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. El mencionado retiro no podrá exceder de 150 UF, ni ser inferior a 35 UF, en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan. Este segundo retiro además es compatible con el primero, que se puede requerir desde el 30 de julio pasado y por el plazo de un año.
Diferencias Clave Respecto al Primer Retiro
Las principales diferencias entre ambos retiros se refieren básicamente a dos aspectos cruciales:
- Pago de Impuestos: Mientras el primer retiro estaba totalmente liberado de su pago, la Ley N° 21.295 eximió solo a las personas cuya renta imponible del año correspondiente al retiro no sobrepase las 30 Unidades Tributarias Anuales (UTA), es decir, un ingreso mensual de aproximadamente $1 millón 530 mil pesos.
- Restricciones para Autoridades: El primer retiro era de alcance universal, en tanto que el segundo está impedido para ciertas autoridades, como el Presidente de la República, los ministros de Estado, los senadores y diputados, entre otros.
Mecanismo de Subrogación para Pensiones Alimenticias
Con todo, la novedad de la Ley N° 21.295 consiste en introducir reglas de subrogación -aplicables a ambos retiros-, para que los afectados por pensiones de alimentos impagas puedan solicitar el retiro por cuenta del afiliado moroso de alimentos, previa resolución judicial que lo autorice. Esta medida busca facilitar el cobro de deudas alimentarias, que históricamente ha sido un desafío para los tribunales.
En este punto, cabe destacar que existe en tramitación un proyecto de ley que facilitaría el pago por subrogación de las deudas alimentarias en el marco de los retiros de fondos previsionales (Boletín N° 13.942-07), ya que se espera que los tribunales procesen un gran volumen de solicitudes. Según datos expuestos por la jueza de familia de Santiago, Mónica Jeldres, solo en las primeras 34 horas de vigencia de la Ley N° 21.295 ingresaron 26 mil 604 solicitudes en Santiago, y 105 mil 777 a nivel nacional.
Deudores de pensión alimenticia podrían ser obligados a sacar segundo retiro del 10%
Postura del Gobierno y Debate Político
El Gobierno se opuso firmemente al proyecto, argumentando infracciones a la Constitución y amenazando con llevar la ley al Tribunal Constitucional (TC) en caso de aprobación. El ministro Cristian Monckeberg, por parte del ejecutivo, presentó una reserva de inconstitucionalidad, lo que les permitiría activar dicha instancia. La postura oficial fue defender sus intereses, afirmando que un segundo retiro dificultaría cualquier reforma de pensiones futura.
El Ejecutivo adoptó una nueva estrategia que buscaba llegar a acuerdo para acotar el segundo retiro a personas que hubieran perdido ingresos y para que los retiros tributaran. Incluso estuvo sobre la mesa la posibilidad de otorgar más solidaridad en la reforma previsional con tal de lograr lo anterior, o dividir la industria de AFP para que fueran meros administradores de fondos y no de cuentas. Sin embargo, esta idea no encontró terreno fértil entre los parlamentarios.
Durante el debate, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, expresó: “Tenemos más de 2 millones de personas sin esos ahorros con ese retiro y un segundo retiro provocaría más de 4 millones de personas. Hay que tener sensibilidad con las necesidades de las personas pero también mucha responsabilidad a la hora de tomar decisiones”. Por su parte, la diputada Pamela Jiles, impulsora de la iniciativa, criticó duramente la postura del ministro de Hacienda: "El señor Briones me tiene podrida, me tiene chata." Tras estas interpelaciones, el titular de Hacienda reaccionó con molestia, señalando: "No hay cosa más indigna en la conversación que los argumentos ad hominem, que son descalificaciones personales."
Contexto Social y Económico
La gran mayoría de la población aprueba el segundo retiro, según diversos sondeos, lo que refleja la urgencia económica que enfrentan las familias. La "revuelta" social dejó claro que acabar con las AFP era una de las demandas centrales que se escuchaban en las calles, y con esa misma fuerza se pide luchar por el movimiento No + AFP y un sistema de reparto solidario y estatal que sea administrado por los trabajadores y usuarios, y donde las pensiones sean de un mínimo de 500.000 mil pesos.
Según cálculos del Ministerio de Hacienda, con este nuevo retiro, cerca de 4,2 millones de afiliados a las AFP -un tercio del total- quedarán con sus cuentas de ahorro en cero, lo que subraya la fragilidad del sistema de pensiones y la necesidad de reformas estructurales. El problema de fondo es el sistema de AFP, creado en dictadura y hecho a la medida de los empresarios, por lo que no basta solo con el retiro de porcentajes; es fundamental buscar acabar con el modelo de pensiones de raíz.