Cuando las personas comienzan a trabajar de manera formal, inician un proceso de ahorro para su futura pensión, a menudo sin percibirlo directamente, ya que la afiliación al Sistema de Pensiones suele ser un trámite gestionado por el empleador. Este sistema de ahorro previsional obligatorio requiere de acciones presentes para asegurar mejoras futuras. Una de las decisiones que el afiliado puede tomar es la de mantenerse en el fondo de pensiones recomendado por edad o cambiarse a otro.

¿Qué son las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)?
Una AFP, o Administradora de Fondos de Pensiones, es una institución financiera con giro único dedicada exclusivamente a administrar los ahorros para la pensión de los trabajadores y trabajadoras de Chile (y otros países con sistemas similares). Su objetivo principal es:
- Administrar los ahorros para entregar una pensión al momento en que la persona deja de trabajar, ya sea por vejez o invalidez.
- Proteger a la familia del afiliado, entregando una pensión de sobrevivencia si este fallece.
El sistema de AFP se caracteriza por ser de aplicación universal y uniforme:
- Universal: Todos los trabajadores tienen derecho a ahorrar para recibir una pensión, cualquiera sea su condición.
- Uniforme: Los requisitos establecidos para recibir una pensión y los beneficios son conocidos de antemano. El ahorro obligatorio se mantiene proporcional al ingreso, incluso si se cambia de rubro económico o se está próximo al retiro laboral.
¿Cómo Funcionan los Fondos de Pensiones?
En finanzas, los "fondos" son instrumentos de ahorro que funcionan como una piscina, reuniendo dinero de inversionistas (personas o instituciones). El total del dinero que recauda el fondo se invierte en activos financieros, es decir, se compran acciones, bonos u otros, esperando que valgan más en el futuro. Para recaudar el dinero de los inversionistas e invertirlo en instrumentos que tengan ganancias a largo plazo, es necesario contar con un administrador que se haga cargo de hacer crecer las inversiones.
Ejemplo de Rentabilidad de un Fondo
Imaginemos que diez amigos (diez inversionistas) se juntan y cada uno invierte $1.000, sumando un total de $10.000. Si invierten esta "torta" en instrumentos financieros (acciones o bonos, por ejemplo) con un valor de $100 cada uno, el fondo estará compuesto por 100 instrumentos valorados. Si al final del mes, el valor de estos instrumentos sube a $120, el valor total de la "torta" llegará a $12.000. Como cada amigo era dueño de un décimo de la "torta", cada uno obtendría $1.200 en lugar de los $1.000 que invirtió, obteniendo una rentabilidad del 20%.
En el caso de los fondos de pensiones, los "amigos" que invierten son todos los trabajadores que cotizan (o han cotizado alguna vez) para su futura pensión. La ganancia solo se hace efectiva si el inversionista "vende" las cuotas del fondo. De no ser así, su ahorro sigue siendo invertido y cambia su valoración día a día. En el caso de los fondos de pensiones, la liquidación de las inversiones se realiza solo en el momento de jubilar. Por ello, la rentabilidad se debe evaluar a largo plazo, ya que el ahorro comienza al iniciar la vida laboral.

Aportes y Cotizaciones al Sistema de AFP
El dinero que se ahorra en la AFP se denomina cotización previsional y se deposita en una Cuenta de Capitalización Individual. Estos ahorros previsionales pueden ser obligatorios y/o voluntarios.
Cotizaciones Obligatorias
Las cotizaciones obligatorias son las siguientes:
- Cotización obligatoria del 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales, con un tope (en Chile) de 78,3 Unidades de Fomento (UF) o 90 UF, según el periodo de referencia.
- Cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones: Esta es destinada al financiamiento de la AFP, incluyendo el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
- Cotización de cargo del empleador (en Chile): Creada por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, comienza con una tasa inicial del 1% y aumentará cada año por un periodo de nueve años hasta llegar al 7% de la remuneración de la o el trabajador. Esta nueva cotización se suma al actual aporte que hace el empleador para financiar el SIS.
Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben ser pagadas por parte del empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones. Si el empleador está atrasado en el pago, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. Los empleadores con deudas previsionales no podrán percibir pagos de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.
En el caso de los trabajadores independientes que cotizan en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta, quedan cubiertos por el período de un año. El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones. Sin embargo, también tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión, manifestándolo por escrito a su empleador y a la AFP.
Cotizaciones Voluntarias
Además de la cotización obligatoria, se puede ahorrar de manera voluntaria a través de:
- Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV): Puede ser en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), un banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Permite incrementar el fondo de pensión obligatorio y complementar las cotizaciones.
- Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2: Es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP donde una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año).
Los Multifondos: Opciones de Inversión y Riesgo
Debido a que todas las personas son distintas, el diseño del Sistema de Pensiones reconoce la necesidad de contar con varias opciones para invertir los ahorros previsionales. Por eso existen cinco opciones de inversión, llamadas multifondos, que se diferencian en rentabilidad y volatilidad esperada (cuánto se espera que fluctúen en el tiempo). Los multifondos se clasifican en las letras A, B, C, D y E:
- Fondo A: Es el que tiene mayor rentabilidad y volatilidad esperada, por lo tanto, es el más riesgoso.
- Fondo B: Riesgoso.
- Fondo C: Intermedio.
- Fondo D: Conservador.
- Fondo E: El más conservador, con menor rentabilidad esperada y volatilidad.
La elección del fondo adecuado dependerá del tiempo durante el cual se tendrán los ahorros invertidos y de la tolerancia al riesgo. Por ejemplo, si se elige el fondo A, se debe estar preparado para enfrentar periodos de rentabilidad negativa, sabiendo que con el tiempo se recuperará. Los afiliados pueden escoger libremente entre los cinco multifondos, según el riesgo que quieran correr y teniendo en cuenta las recomendaciones por edad realizadas por expertos en la materia. Sin embargo, la ley establece ciertas restricciones:
- A partir de los 51 años en el caso de las mujeres y de los 56 años en el caso de los hombres, no podrán elegir el Fondo A para depositar su ahorro previsional obligatorio. Podrán optar por destinar ese ahorro entre los fondos B, C, D y E.
La rentabilidad que reciben los ahorros es la expresión del interés ganado (positivo o negativo) en cada uno de los Multifondos, en un período de tiempo específico. Otro concepto clave es el de cuota. Todos los aportes se traducen en número de cuotas compradas. El valor cuota varía diariamente y se determina dividiendo el patrimonio neto que la AFP administra en un fondo determinado, por la cantidad de cuotas emitidas en el mismo.

Regulación y Supervisión del Sistema
Las AFP están fuertemente reguladas por ley. Todo lo que hacen y la forma en que operan está definido de forma estricta. El Estado se preocupa del sistema de pensiones mediante instituciones que aseguran un buen desempeño. Los cuerpos legales más importantes en que se basan las AFP (ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social en Chile) son el Decreto Ley N° 3.500 de 1980, que da origen al sistema AFP, y la Ley N° 20.255 de 2008, que reforma el sistema de AFP.
La Superintendencia de Pensiones es un organismo autónomo encargado de supervisar y regular el sistema de pensiones en términos jurídicos, administrativos y financieros. Revisa que se cumplan al pie de la letra todas las disposiciones legales. Para seguridad de los afiliados y transparencia del sistema, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP. Si la licitación es declarada desierta, los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema.
Las AFP deben informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias de atención al público a través de un panel, tablero o pizarra que debe mantenerse actualizado. Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales, pero los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.
Funciones y Servicios Adicionales de las AFP
Además de gestionar y rentabilizar los ahorros de fondos previsionales, las AFP realizan una serie de funciones esenciales para el sistema:
- Recaudación de Cotizaciones Previsionales: Para las cuentas de cotizaciones obligatorias, voluntarias (APV), de depósitos convenidos, de ahorro voluntario y la cuenta de trabajador de casa particular.
- Gestión Diaria de Cuentas: Administran a diario las cuentas de los afiliados y pensionados.
- Pago de Prestaciones Legales: Incluyen pensiones de vejez, vejez anticipada, vejez por trabajo pesado, invalidez total y parcial, sobrevivencia, especial de enfermos terminales, cuotas mortuorias, retiros anticipados de fondos previsionales para enfermos terminales y pensiones alimenticias.
- Asesoría a Afiliados: Realizan asesoría a los afiliados sobre sus opciones previsionales. Deben informar el monto de los honorarios o de la comisión y entregar un informe final escrito con la recomendación.
- Pago de Herencias: Cuando no hay beneficiarios de pensión de sobrevivencia, pagan la herencia de los fondos previsionales. En 2021, se pagaron 10.377 herencias, sumando US$228 millones.
- Gestión de Beneficios Estatales: Pagan beneficios como el bono por hijo, bono de invierno y subsidio de salud. En 2021, se pagaron 15.084.048 beneficios estatales, incluyendo la garantía estatal, bonificaciones de salud, asignaciones familiares, bonos post laborales, aguinaldos y el Bono Chile Protege en Invierno.
- Cobro de Cotizaciones Impagas: Ejecutan el cobro prejudicial y judicial de las cotizaciones previsionales de los trabajadores cuando el empleador no paga.
- Administración de Traspasos: Gestionan los traspasos entre las distintas AFP, del APV y de las cuentas de ahorro voluntario.
Las AFP también cumplen con mandatos adicionales otorgados por la ley, como la gestión y pago de los retiros excepcionales de fondos previsionales, el bono con cargo fiscal correspondiente a los retiros, y la implementación y pago de la primera etapa de la Pensión Garantizada Universal (PGU) en Chile.

Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El SIS protege a los afiliados y sus familias en caso de invalidez o fallecimiento. La cobertura aplica a:
- Trabajadoras y trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP. Se presume que el afiliado se encontraba cotizando si su muerte o la declaración de invalidez se produce en el tiempo que prestaba servicios.
- Trabajadoras y trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta, quedando cubiertos por el período de un año.
En caso de fallecimiento de un afiliado, las AFP se encargan de pagar la cuota mortuoria, destinada a los gastos funerarios, equivalente a 15 UF. En 2021, se pagaron 34.930 cuotas mortuorias. Asimismo, deben asegurar el pago de las pensiones de sobrevivencia para cónyuges o hijos que cumplan con ciertas condiciones, realizando casi 1,8 millones de pagos anuales por este concepto.
Este año, se puso en marcha la normativa que designa a las AFP como responsables solidarias del pago de la deuda de pensión de alimentos, atendiendo un total de 631.918 solicitudes.
Retiros Excepcionales de Fondos Previsionales
Contexto Chile (2020-2021)
Entre mediados de 2020 y fines de 2021, las AFP en Chile gestionaron el pago de tres retiros excepcionales de fondos previsionales. Cada uno tuvo su propia legislación e implementaciones distintas, que debieron cumplirse en plazos muy breves, lo que constituyó el proceso de pagos más grande y de menor plazo realizado en el país, incluso en medio de la pandemia. Las AFP trabajaron para cumplir con los plazos estipulados, enfocándose en tecnología digital, ciberseguridad, comunicación y coordinación con otros organismos. En total, hubo 31.071.063 solicitudes para los tres retiros, y se concretaron 28.818.526 pagos.
Adicionalmente, se implementó el Bono con Cargo Fiscal, un beneficio de hasta $200.000 entregado por el Estado a personas que, después de los retiros, quedaron con saldos mínimos en sus cuentas. Las AFP fueron las encargadas de recibir las solicitudes y tramitar los pagos, gestionando un total de 3.129.838 solicitudes.
Las AFP también desempeñaron un rol en la implementación de la primera etapa de la Pensión Garantizada Universal (PGU) entre febrero y mayo de 2022.
Contexto Perú (2024)
El pasado jueves 18 de abril, el Poder Ejecutivo de Perú promulgó la Ley N° 32002, la cual permite el retiro de dinero de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). La normativa señala que los afiliados podrán acceder a sus ahorros hasta por un máximo de 4 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es decir, S/20.600. Ante esta situación, cientos de ciudadanos han manifestado su intención de realizar el retiro de su AFP.
💸 Retiro AFP 2026: plazo ampliado y más dinero por la nueva UIT #ECONOMIAXTODOS
¿Es Conveniente Realizar un Retiro de AFP? Perspectivas y Recomendaciones
La pregunta sobre la conveniencia de realizar un retiro de fondos de AFP es crucial y debe ser analizada con sabiduría. Según el especialista Leandro Cuadros, catedrático de la PUCP, en más de 40 años de existencia de las AFP en Perú, ninguna otra opción financiera del mercado ha demostrado tanta rentabilidad como la del fondo privado de pensiones. Por este motivo, el especialista recomienda no retirar el dinero de la AFP antes de tiempo, especialmente si se cuenta con trabajo o ingresos fijos que permitan vivir dignamente. Sin embargo, en situaciones específicas, un retiro podría ser considerado:
- Necesidad por falta de trabajo o ingresos estables: Si una persona se encuentra sin trabajo o ingresos estables y necesita dinero, Walther Leandro recomienda disponer de una parte de la AFP para invertirla en un negocio propio. Es crucial abrir un emprendimiento al que se le pueda dedicar tiempo y energía.
- Pago de deudas: Se recomienda usar el dinero para pagar deudas, ya que estas generan intereses a largo plazo que pueden ser perjudiciales para la economía personal.
- Disponibilidad futura sin necesidad inmediata: Si se decide retirar el dinero de la AFP a pesar de no necesitarlo inmediatamente, otra opción es depositar el monto en el "Fondo Libre" de las AFP o en una cuenta a plazo fijo para generar rentabilidad. El especialista sugiere pasarlo del fondo obligatorio de pensiones al fondo de libre disponibilidad.
Es fundamental que las personas analicen qué harán con el dinero de su AFP sin que ello genere un impacto negativo en la pensión de su jubilación. La tendencia actual apunta hacia un decrecimiento en la tasa de natalidad, lo que tendrá como consecuencia una disminución de la red de cuidado familiar. Esto resalta la importancia de valerse por uno mismo en la tercera edad, haciendo que la decisión sobre los ahorros previsionales sea aún más crítica.