El Crédito con Aval del Estado (CAE) es un sistema de financiamiento crucial en Chile, que busca garantizar el acceso a la educación superior. A continuación, se detallan los requisitos, condiciones y aspectos clave relacionados con este beneficio.
Beneficios y Naturaleza de la Garantía Estatal
El principal beneficio del CAE consiste en la garantía o respaldo que otorga el Estado a los estudiantes que solicitan y obtienen este financiamiento. Usualmente, para que una persona pueda acceder a un crédito privado, se le exige un aval con ciertos ingresos que aseguren el pago de la deuda, lo cual es especialmente válido en el caso de estudiantes. Para obtener el crédito CAE no se exige ningún tipo de garantías financieras, dado que la institución de Educación Superior donde se estudie y el Estado son los avales.

Es importante destacar que la garantía no significa, en ningún caso, condonar o “perdonar” la deuda. El pago del crédito es responsabilidad del deudor, y por ende, debe informar al banco cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la vigencia del mismo. Ambas garantías en ningún caso significan condonar o “perdonar” la deuda.
Requisitos Académicos para la Postulación
Los requisitos académicos establecidos por ley para otorgar este beneficio operan como un filtro para determinar qué postulantes son elegibles para el Crédito. Las instituciones de estudios, acreditadas y participantes de este sistema de Crédito para Educación Superior, podrían tener exigencias académicas adicionales para matricular a postulantes preseleccionados con el Crédito CAE.
La Ley N° 20.027 establece que los beneficiarios extranjeros podrán financiar sus carreras con el Crédito, siempre y cuando su residencia definitiva en Chile siga vigente. Además, deben acreditar su residencia definitiva y vigente en el país.
Postulantes que ingresan a primer año
Los requisitos varían según el tipo de institución a la que se postula:
En una Universidad o Escuela Matriz de las FF.AA.
- Un puntaje igual o superior a 485 puntos en el promedio de las pruebas obligatorias (Competencia Lectora y Competencia Matemática 1), considerando el mejor puntaje obtenido en los instrumentos de evaluación vigentes para el Proceso de Admisión 2026:
- Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) Regular (diciembre 2025).
- PAES Invierno 2025 (junio 2025).
- PAES Regular 2024 (diciembre 2024).
- PAES Invierno 2024 (junio 2024).
Los estudiantes ciegos, quienes hayan cursado los dos últimos años de escolaridad en el extranjero, o quienes hayan obtenido la Beca Excelencia Académica, quedarán eximidos de este requisito. En consecuencia, podrán financiar una carrera universitaria desde primer año con el Crédito CAE, siempre que acrediten un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 5,29.
Charla FUAS 2026: postulación a beneficios estudiantiles para la educación superior
En un Centro de Formación Técnica o Instituto Profesional
- Un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 5,29, o bien, un puntaje igual o superior a 485 puntos en el promedio de las pruebas obligatorias (Competencia Lectora y Competencia Matemática 1), considerando el mejor puntaje obtenido en los instrumentos de evaluación vigentes para el Proceso de Admisión 2026:
- Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) Regular (diciembre 2025).
- PAES Invierno 2025 (junio 2025).
- PAES Regular 2024 (diciembre 2024).
- PAES Invierno 2024 (junio 2024).
Postulantes que ya están cursando una carrera
- Acreditar la aprobación del 70% del total de créditos o cursos inscritos en los últimos dos semestres cursados y concluidos (o año, en el caso de carreras anuales).
- Si al momento de la postulación, el estudiante ha cursado y concluido sólo un semestre en su institución, ese porcentaje se calculará respecto del total de cursos o créditos inscritos en dicho semestre.
Requisitos adicionales para estudios en el extranjero
Para quienes cursaron estudios secundarios en el extranjero, se requiere:
- Reconocimiento de estudios secundarios en el extranjero y la Licencia de Enseñanza Media, otorgados por el Ministerio de Educación.
- La Tabla de Equivalencia de Notas del año en curso, otorgado por la embajada/consulado respectivo.
Solo si se cursaron los últimos dos años de escolaridad en Colombia o en Venezuela, se estará eximido de presentar la Tabla de Equivalencia de Notas, considerando la especial situación de estos países.
Los estudiantes que cursaron al menos los dos últimos años de su enseñanza media/secundaria en el extranjero, pueden acceder al Crédito en primer año de universidad, acreditando un promedio de notas de enseñanza media/secundaria, igual o superior a 5,29.
Aspectos Financieros del CAE
No hay un nivel de ingresos familiares preestablecido para obtener el Crédito. El beneficio se asigna, cada año, en función de los recursos presupuestarios disponibles y las vacantes que tengan las instituciones de educación superior para beneficiarios del CAE.
El Crédito con Aval del Estado cubre un porcentaje del arancel real de la carrera, determinado por el arancel de referencia de la carrera e institución. El crédito no cubre la matrícula, la que deberá ser financiada directamente por el alumno.
El CAE cubre todos los ramos incluidos en la malla curricular de la carrera. El alumno puede solicitar cada año un monto distinto de crédito, considerando que el mínimo es $200.000 y el máximo es el 100% del Arancel de Referencia de su respectiva carrera. Todas las condiciones de los créditos son exactamente iguales, independientemente de los bancos que los otorgan. La decisión de otorgar o rechazar los créditos es facultad exclusiva de la Comisión Ingresa, no de las instituciones financieras.

Duración y renovación del crédito
Para las carreras conducentes a título técnico, se puede obtener crédito por la cantidad de años que dura la carrera más 1 año adicional (por ejemplo, si una carrera dura 3 años, el crédito puede solicitarse hasta por 4 años: 3 años de duración de la carrera más 1 año adicional). Además del número máximo de años, es necesario considerar el nivel de estudios en que se encuentra el alumno cuando obtiene el crédito por primera vez.
Si el alumno está cursando estudios con un segundo crédito, solo podrá renovar el derecho a financiamiento, siempre y cuando tenga al día las cuotas del CAE que utilizó para costear la carrera anterior. Si ingresará a primer año de la nueva carrera, debe cumplir las exigencias para estudiantes de primer año, aunque tenga estudios previos.
Para renovar, el estudiante debe matricularse y solicitar el monto requerido en el plazo que informará oportunamente Comisión Ingresa. Si no solicita monto, no se renovará el crédito, esto por Dictamen de la Contraloría General de la República con fecha 27 de abril de 2017. Por lo tanto, es un trámite indispensable completar y enviar el formulario electrónico de Solicitud de Monto en Mi Crédito CAE de www.ingresa.cl, en el plazo que determine y comunique Comisión Ingresa.
Cambio de carrera o institución
La Ley 20.027 autoriza que los alumnos que tienen el crédito con garantía del Estado se cambien de carrera y/o de institución de Educación Superior manteniendo el beneficio, pero pueden hacerlo solo una vez. Esto es posible siempre que el alumno no haya firmado con anterioridad los documentos de suscripción del contrato del crédito, o una vez que ha egresado de una carrera técnica e ingrese a una nueva carrera técnica o profesional. También es posible siempre que la institución esté acreditada y participe de este Sistema de Financiamiento Estudiantil.
El Crédito se otorga para financiar el arancel anual de una carrera, en función de la matrícula registrada en marzo/abril. Si el estudiante se cambia en el segundo semestre, no será posible cubrir ese período con el CAE.
Proceso de Pago y Morosidad
La Comisión Ingresa, administradora del Sistema de Créditos con Garantía Estatal, determina anualmente la tasa de interés. La Comisión Ingresa administra un nuevo sistema de créditos. El cobro del CAE iniciará 18 meses después del egreso del estudiante. Las cuotas deben pagarse directamente en el banco que administra el CAE, con un cobro mensual hasta el día 10 a las 14:00 horas.
Existen tres plazos de pago: 10, 15 y 20 años, dependiendo de la duración de la carrera, del nivel de estudios en que se encuentre el alumno y, en consecuencia, del monto total adeudado por concepto de crédito.
Suspensión de Pago
La Ley 20.027 considera un beneficio de suspensión de pago en el evento en que el deudor se encuentre cesante. En este caso, el deudor puede suspender el pago de su crédito hasta por un máximo de 12 meses. La suspensión se otorgará por 6 meses (renovables). Durante 6 meses se pagará una cuota reducida, renovable por 6 meses más (las veces que sea necesario). Es importante revisar el calendario de renovación para conocer cuándo comienza a regir el beneficio de cuota reducida.
Si el alumno deja de estudiar sin justificación por 12 meses consecutivos (deserción), esto también puede afectar el pago.
Garantía por Morosidad
Si el deudor es moroso por un tiempo prolongado, el Estado o la casa de estudios pagará la garantía asociada al CAE (en algunos casos el pago lo realizarán en conjunto). Si el estudiante egresó de su carrera, la garantía será pagada por el Estado y el convenio de pago deberá ser con la Tesorería General de la República (TGR). Se recomienda revisar más detalles sobre el pago de la garantía del CAE y solicitar orientación en el Sistema de Atención de Consultas de Comisión Ingresa.
Gestión y Comunicación con Comisión Ingresa
Es fundamental tener en cuenta que firmar el contrato es el último paso para ser beneficiario/a del Crédito CAE. Si no se agenda la firma del contrato, se entenderá que no se requiere el Crédito. El contrato se firma solo el año en que se accede por primera vez al financiamiento. Sin embargo, si se hará continuidad de estudios con un segundo Crédito, será necesario firmar nuevamente la documentación para acceder al beneficio.
Para acreditar los montos que han sido transferidos a la casa de estudios para el financiamiento de la carrera, se puede pedir una copia del contrato de apertura de la línea de crédito que se firmó para recibir el CAE. Está vigente desde que se firma el contrato y se acepta el beneficio, hasta que se termina de pagar la deuda. La copia se puede descargar en el portal "Mi Crédito CAE".
Los estudiantes de Educación Superior, así como los deudores de los créditos otorgados en conformidad con esta ley, podrán presentar ante la Comisión reclamos o solicitudes de reconsideración en contra de las decisiones que haya adoptado.
Si no aparece la pila (presumiblemente, información sobre el estado del beneficio), pueden existir inconsistencias entre la información incluida en el FUAS y las distintas bases de datos del Estado.
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