El Período Garantizado en la Renta Vitalicia

Cuando las personas se pensionan en la modalidad de renta vitalicia, contratan el pago de una pensión con una compañía de seguros de vida (CSV). Una de estas modalidades es la renta vitalicia, donde el jubilado transfiere sus fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual a una compañía de seguros. La renta vitalicia es una alternativa de pensión que asegura un ingreso fijo mensual, en UF y de por vida, el cual no varía con los cambios y fluctuaciones que tiene el mercado. Tendrás una pensión de por vida, a diferencia de otras alternativas, y el riesgo de sobrevida no será una preocupación.

La renta vitalicia es una solución flexible a tus necesidades, permitiéndote decidir si quieres recibir tu pensión de manera inmediata o en alguna fecha futura (diferida). Al momento de jubilar, es importante conocer los tipos de renta vitalicia que se ofrecen en el mercado, según sus condiciones y características, donde será posible acceder a las cláusulas de cobertura. Asimismo, cabe tener presente que en la modalidad de renta vitalicia, tanto inmediata como con retiro programado, la afiliada o el afiliado puede acordar Condiciones Especiales de Cobertura.

Esquema de las modalidades de renta vitalicia

¿Qué es el Período Garantizado?

La cláusula de período garantizado de pago es un beneficio temporal que, en caso de fallecimiento del asegurado durante el periodo garantizado, cubre a los beneficiarios legales los cuales pueden aumentar su pensión, si corresponde. El período garantizado es una cláusula adicional que se puede contratar voluntariamente y que asegura que, en caso de fallecimiento del pensionado antes del término del período garantizado, sus beneficiarios legales -o no habiendo estos, a los beneficiarios que designe el propio pensionado- reciban el pago del 100% de la pensión contratada por el titular por el período que le reste conforme al contrato.

Al término de dicho período, el pago de las pensiones de sobrevivencia se efectuará en los porcentajes que establece la ley (D.L 3.500). Esta cláusula establecerá un período de tiempo en que la compañía de seguros pagará a los beneficiarios legales el 100% de las rentas que recibía el afiliado fallecido, sustituyendo y mejorando los porcentajes de pensión de sobrevivencia establecidos por ley, que puede llegar a ser de 60% para un cónyuge. El período garantizado se establecerá en un rango que dependerá de la elección del pensionado, situándose típicamente entre 10 y 25 años.

Cobertura del Período Garantizado

Esta condición especial de cobertura implica que si la afiliada o el afiliado fallece antes del término del período garantizado, la CSV le garantiza el pago del 100% de la pensión contratada distribuida entre sus beneficiarias y/o beneficiarios legales, por todo el tiempo remanente. En caso de fallecimiento, se garantiza el pago de tu misma pensión durante el período garantizado que hayas determinado al momento de contratar la renta vitalicia, ya sea a tus beneficiarios legales de pensión o, en caso de ausencia de estos, a beneficiarios designados libremente en la póliza.

Asimismo, si la persona que contrató una renta vitalicia garantizada fallece, se asegura el pago de la pensión durante el período garantizado que se haya determinado al momento de contratarla a los beneficiarios legales de pensión o, en caso de ausencia de estos, a los beneficiarios designados libremente en la póliza. Una vez finalizado este período, los beneficiarios continuarán recibiendo el porcentaje establecido en la ley. Al contratar una Renta Vitalicia, en cualquiera de sus modalidades en el sistema previsional en Chile, puedes acceder a la cobertura de Período Garantizado, condición que protege a tus beneficiarios legales en caso de tu fallecimiento. El Período Garantizado es una cobertura a la que puedes acceder voluntariamente cuando contratas una Renta Vitalicia. Por ejemplo, decides contratar una Renta Vitalicia y optas por una cobertura de Período Garantizado equivalente a 10 años. Ya sabes qué es una Renta Vitalicia con Período Garantizado.

¿QUÉ ES UNA RENTA VITALICIA? PERÚ

Beneficiarios del Período Garantizado

En caso de ausencia de beneficiarios legales, el período garantizado puede designar a los beneficiarios que el propio pensionado elija. Por ejemplo, los padres (sólo a falta de otros beneficiarios) pueden recibir el 50% de la pensión.

Tipos de Renta Vitalicia y sus Características

Renta Vitalicia Inmediata

Es aquella cuyo pago se comienza a recibir desde el momento en que contratas la renta vitalicia. El primer pago se efectúa luego que los fondos ahorrados en tu AFP ya han sido traspasados a la compañía de seguros elegida. Permite al afiliado una pensión fija y permanente en U.F. desde el inicio de la vigencia de la póliza hasta su fallecimiento. Es Fija en U.F. y Permanente en el Tiempo.

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

En este caso, la renta vitalicia se comienza a recibir en una fecha futura definida, que puede ser hasta cinco años después de ser contratada. El monto de la renta vitalicia contratada no debe ser inferior al 50% del primer pago mensual de la Renta Temporal, ni superior al 100% de dicho primer pago, cuando se trata de pensiones de vejez, vejez anticipada e invalidez.

Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado

Puedes contratar simultáneamente con tus ahorros una pensión por renta vitalicia inmediata y otra por retiro programado en tu AFP.

Aspectos Adicionales de la Renta Vitalicia

Plan de Salud

La Renta Vitalicia permite mantener el plan de salud que tienes en Isapre o Fonasa, descontándose las cotizaciones de salud en forma mensual y automática.

Tributación

Las pensiones están afectas a Impuesto Único (renta vitalicia o retiro programado), sin embargo, para el primer tramo de montos inferiores a 13,5 UTM quedan exentas de pago. Este impuesto es retenido y enterado al fisco mensualmente por la institución pagadora.

Solo en caso de fallecimiento de un pensionado por AFP, se pagará el impuesto a la herencia por los saldos que excedan las 4 mil UF.

Pensionado y Trabajador Activo

Contratar una Renta Vitalicia no impide que alguien pueda seguir trabajando.

Diferencias con el Retiro Programado

Puede que tengas esta duda al momento de ver qué opción de pensionarte te conviene más. En el retiro programado, en cambio, tus fondos están administrados por la AFP. El cálculo del monto de pensión se hace año a año y depende de la rentabilidad del fondo de pensiones, de tu expectativa de vida y de la de tus beneficiarios.

Asesoría Previsional y Ética

Corresponde al asesor previsional (persona natural o jurídica) otorgar servicios de Asesoría a afiliados y beneficiarios del Sistema de Pensiones del D.L 3.500. La Asesoría debe considerar integralmente todos los aspectos que digan relación con su situación particular, permitiendo adoptar decisiones informadas, de acuerdo a sus necesidades e intereses, respecto de las prestaciones y beneficios del sistema.

Responsabilidades del Asesor Previsional

  • Informar a sus clientes el monto de honorarios o de comisión que cobrará por la asesoría a efectuar.
  • Adoptar todos los resguardos necesarios para que en las actividades de asesoría de sus dependientes, la información que entreguen a los afiliados u otros interesados, sea absolutamente ajustada a las disposiciones legales e instrucciones vigentes.

Prohibiciones del Asesor Previsional

  • Entregar incentivos o beneficios distintos a los de la propia asesoría.

Compromiso de las Compañías de Seguros

Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A se encuentra adherida voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentra a disposición de los interesados en cualquiera de las sucursales de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella.

Para los clientes de rentas vitalicias, no habrá cambios inmediatos. Hasta que la transacción se complete, sujeta a las aprobaciones regulatorias correspondientes, Principal continuará siendo responsable de la administración de los activos relacionados con el negocio de rentas vitalicias. Durante este período, usted seguirá recibiendo los mismos productos, beneficios y servicios, bajo los términos y condiciones establecidos en su contrato.

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