La Ley 20.535, en conjunto con las directrices del SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad), establece mecanismos específicos para facilitar el equilibrio entre la vida laboral y las necesidades de cuidado o atención. Este marco legal otorga un beneficio concreto a los trabajadores que cumplen con los requisitos establecidos, permitiendo una mayor flexibilidad para gestionar sus responsabilidades personales.
Alcance del derecho a ausentismo
El núcleo de este beneficio reside en el derecho del trabajador a ausentarse de sus funciones por un periodo determinado. El permiso consiste en un número de horas equivalentes a diez jornadas ordinarias de trabajo al año.
Para ilustrar su aplicación, si un trabajador cumple una jornada ordinaria de 9 horas, el beneficio equivale a un total de 90 horas anuales. Estas horas pueden ser distribuidas a elección del titular de este derecho de las siguientes maneras:
- En jornadas completas.
- En jornadas parciales.
- Mediante una combinación de ambas modalidades.

Es fundamental destacar que, independientemente de la forma en que se utilicen, dichas horas se considerarán como trabajadas para todos los efectos legales, garantizando que el trabajador no sufra menoscabos en sus derechos contractuales durante este periodo.
Procedimientos y obligaciones del trabajador
El ejercicio de este derecho conlleva responsabilidades específicas tanto para el trabajador como para el empleador, orientadas a mantener la continuidad operativa y la transparencia en la gestión del tiempo:
- Prioridad de días administrativos: Si el trabajador cuenta con días administrativos disponibles en su contrato o convenio colectivo, es obligatorio que haga uso de ellos en primer lugar antes de recurrir a este beneficio legal.
- Restitución del tiempo: El tiempo utilizado debe ser restituido por el trabajador. Este proceso puede realizarse mediante los siguientes mecanismos:
- Imputación al próximo feriado anual (vacaciones).
- Laborando horas extraordinarias.
- A través de cualquier otra forma que convengan libremente las partes.
| Concepto | Descripción |
|---|---|
| Base del beneficio | 10 jornadas ordinarias anuales |
| Estatus legal | Considerado como tiempo efectivamente trabajado |
| Condición previa | Agotar días administrativos existentes |