Información Esencial sobre el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y Pagos de Pensión en ProVida

El sistema previsional en Chile ofrece protección a los trabajadores y sus familias frente a diversos riesgos, como la invalidez y el fallecimiento. En este contexto, el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) juega un rol fundamental. A continuación, se detalla información clave sobre este seguro, los procesos de solicitud de pensiones, los tipos de invalidez, los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia y cómo acceder a tus liquidaciones de pago a través de ProVida AFP.

¿Qué es el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)?

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un componente crucial de la previsión social que se refleja en tu Cuenta de Ahorro Obligatorio como Prima Seguro Mujer u Hombre. Su objetivo es proteger al trabajador y su familia ante los riesgos de invalidez o fallecimiento, garantizando un respaldo económico en situaciones adversas.

Financiamiento y Cobertura del SIS

El financiamiento del SIS varía según el tipo de trabajador:

  • Si eres trabajador dependiente, este seguro es financiado en su totalidad por tu empleador.
  • Si eres trabajador independiente, debes pagarlo junto a tus cotizaciones obligatorias.

Es importante destacar que, al contar con cobertura del SIS, el costo de los exámenes e interconsultas relacionados con la evaluación de invalidez es cubierto por este seguro. Esto permite que el afiliado acceda a las evaluaciones médicas necesarias sin incurrir en gastos adicionales.

Diagrama de flujo: Financiamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) para trabajadores dependientes e independientes

Solicitud de Pensión de Invalidez

El proceso para solicitar una pensión de invalidez puede iniciarse a través de distintas vías y requiere seguir una serie de pasos específicos para su evaluación y aprobación.

Canales y Proceso de Solicitud

Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados (puedes revisar en cuál estás a través de Mi ChileAtiende).

El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en las oficinas ChileAtiende.

Además, si cumples con los requisitos, tienes la opción de ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Para ello, es necesario agendar el día y la hora que más te convenga.

Una vez completado el formulario de solicitud, recibirás novedades sobre tu trámite en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

La Comisión Médica te contactará para informarte el día, la hora y el lugar al que deberás asistir para ser evaluado. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, es fundamental que realices tu solicitud con urgencia.

Esquema de pasos: Proceso de solicitud de pensión de invalidez

Tipos de Invalidez y Dictámenes

La pensión de invalidez se otorga según el grado de pérdida de capacidad de trabajo:

  • Se considera Invalidez Parcial a la pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% y menor al 66%. Este dictamen inicial tiene un carácter transitorio y se otorga por un período de tres años.
  • Al recibir el dictamen de la Comisión Médica, deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.
  • Cuando la invalidez es aprobada y se considera definitiva (total o absoluta), se emitirá un Certificado de Saldo.
Infografía: Diferencias entre invalidez parcial y total/absoluta

Condiciones y Beneficios de la Pensión de Invalidez

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se concede por un período de tres años. Si la pensión es de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. Sin embargo, es importante destacar que las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta no requieren ser reevaluadas por la comisión.

Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.

Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia recibirán su pensión pagada por la AFP, con cargo a la compañía de seguros que se contrató con este fin. En caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de los ahorros de tu cuenta individual.

La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Como resultado favorable del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.

Implicancias Laborales y de Salud

Es posible mantener la actividad laboral mientras se recibe una pensión de invalidez:

  • Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando.
  • Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.

Por normativa, se te seguirá descontando el 7% de salud, lo que permite que sigas obteniendo los beneficios de tu sistema de salud actual.

Selección de Modalidad de Pago y SCOMP

Una vez aprobada la pensión, el afiliado tiene opciones para la modalidad de pago:

  • Si la respuesta a tu requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
  • La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión), el cual facilita la comparación de opciones.
  • Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, puedes solicitar ofertas al SCOMP.
  • En un plazo de 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna de las ofertas propuestas.
Gráfico explicativo: Funcionamiento del SCOMP en la elección de pensión

Pensión de Sobrevivencia

La pensión de sobrevivencia es un derecho para tu familia en caso de fallecimiento del afiliado, generando un respaldo económico para los beneficiarios designados por ley.

Condiciones y Beneficiarios

Si el afiliado muere antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generará una Pensión de Sobrevivencia en caso de tener beneficiarios de Pensión. Es un derecho para tu familia.

Cónyuge

  • Debe haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte del afiliado.
  • Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, este se debe haber contraído al menos 3 años antes de su muerte.

Conviviente Civil

  • Debe existir un Acuerdo de Unión Civil (AUC) vigente de al menos un año previo a la muerte del afiliado.
  • Si el Acuerdo de Unión Civil se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído al menos 3 años antes de su muerte.

Hijos

Los hijos son beneficiarios directos según la normativa previsional vigente.

Madre o Padre de Hijos No Matrimoniales

Aplica para la persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, esta persona solo será beneficiaria si es soltera o viuda y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.

Padres

Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento del afiliado ocurre a contar del 1° de octubre de 2008 y si vivían a expensas del afiliado.

Importante: Los beneficiarios solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento del afiliado ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.

Para la tramitación de estas pensiones, se requieren datos de tus beneficiarios, como nombre completo, RUT y fecha de nacimiento. En el caso de empleados públicos, deben presentar un certificado que acredite su situación laboral.

Infografía: Requisitos y tipos de beneficiarios para pensión de sobrevivencia

Tramitación y Recepción en el Extranjero

Sí, es posible tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero, siempre y cuando el país en el que residas tenga un Convenio Bilateral con Chile en materia de seguridad social.

La fecha de pago de tu pensión dependerá del convenio internacional mediante el cual la recibes; además, a la fecha de pago informada en el calendario deberás sumarle aproximadamente 10 días hábiles para la recepción.

Consulta y Descarga de Liquidaciones de Pago de Pensión

ProVida te ofrece diversas vías para consultar y descargar tus liquidaciones de pago de pensión de forma rápida y segura, permitiéndote tener un registro detallado de tus ingresos.

A través de la Sucursal Virtual ProVida

  1. Ingresa a tu Sucursal Virtual con tu RUT y Clave de Acceso.
  2. Allí podrás ver el “Resumen de mi Pensión”.
  3. En el costado derecho, encontrarás un menú desplegable que dice “Quiero”. Selecciónalo.
  4. Entre las opciones que se mostrarán, elige “Historial de Pagos de Pensión” y descarga tus liquidaciones del período que necesites.

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A través de PreviRed

También puedes realizar esta gestión directamente en PreviRed. Accede al Home de PreviRed, selecciona la opción de registro de usuario e ingresa los datos necesarios para quedar inscrito y acceder a tu historial de pagos.

Gestión de Excedentes y Solución de Situaciones Irregulares

En ocasiones, pueden presentarse situaciones relacionadas con excedentes de cotizaciones o aportes no recibidos por la AFP. ProVida ofrece mecanismos para gestionar estas situaciones.

Excedentes de Libre Disposición

Los excedentes se producen cuando los aportes realizados en tu Cuenta Obligatoria sobrepasan los porcentajes legales (más de 0,15 UF). Para saber si tienes excesos y para solicitar el retiro de los excedentes de libre disposición, debes ponerte en contacto con nosotros llamando al 600 201 0150.

Regularización de Aportes No Recibidos

Si ProVida no ha recibido el pago de tus aportes, se notificará primero a tu empleador. Posteriormente, ProVida realizará las gestiones necesarias para que estas situaciones se resuelvan a la brevedad. Es importante que tú también solicites a tu empleador que regularice tu situación para asegurar el cumplimiento de tus cotizaciones.

Contacto ProVida

Para cualquier consulta adicional, gestión o aclaración de dudas, puedes comunicarte con el Contact Center de ProVida llamando al 600 201 0150. El horario de atención es de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 hrs. Para una atención más eficiente, solo necesitas proporcionar tu RUT.

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