La pensión de invalidez es un beneficio al que pueden acceder los trabajadores que, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus capacidades físicas o intelectuales, pierden su capacidad de trabajo. Este beneficio consiste en un monto de dinero que se paga mensualmente al trabajador. Es fundamental entender los requisitos, grados y tipos de invalidez, así como las normativas específicas sobre la manipulación manual de cargas en el ámbito laboral.
Tipos y Grados de Invalidez
La evaluación de la invalidez y la determinación de su grado son realizadas por comisiones especializadas que operan bajo normativas específicas.
Pensión de Invalidez por Accidente o Enfermedad Profesional
Cuando un trabajador sufre una incapacidad igual o superior al 40% a causa de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, según lo resuelto por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), puede acceder a una pensión. Un accidente del trabajo se define como toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo o de sus cometidos gremiales, y que le produzca incapacidad o muerte.
Por ley, todos los trabajadores que sufren un accidente laboral o una enfermedad profesional deben recibir la atención médica y el tratamiento que les permita recuperar su salud para volver a sus labores. Si al finalizar un tratamiento médico debido a un accidente laboral o una enfermedad profesional el trabajador no se recupera completamente, puede solicitar una indemnización o pensión. Esta ayuda económica es determinada por una comisión especializada que evalúa estos casos, siguiendo lo establecido por la Ley 16.744.
Evaluación de Incapacidades Laborales
- Accidente laboral: En caso de accidente laboral, si el trabajador queda con secuelas de salud, el caso es evaluado por la Comisión Central de Evaluación de Incapacidades (CCEI) de cada mutualidad. Esta comisión evalúa la secuela una vez recibido el alta médica y establece el nivel de incapacidad y el tipo de ayuda económica.
- Enfermedad profesional: Las enfermedades profesionales se derivan a la Comisión de la Seremi de Salud, que depende del Ministerio de Salud. Esta comisión evalúa las secuelas basándose en la misma normativa legal que la CCEI.
Las comisiones pueden resolver lo siguiente:
- Indemnización: Si la incapacidad de una persona es entre un 15% y un 37,5%, se establece el pago de una indemnización equivalente al porcentaje de incapacidad, que puede ser desde 1,5 a 15 sueldos base del trabajador. La indemnización se paga al trabajador solo una vez.
- Pensión: Cuando la resolución indica que un trabajador presenta una incapacidad de un 40% o más, se determina el pago de una pensión de acuerdo con la siguiente escala:
- Entre el 40% hasta 65%, se declara invalidez parcial y el monto del pago será equivalente a un 35% del sueldo base del trabajador.
- Igual o superior a un 70%, se declara invalidez total y el monto del pago corresponderá al 70% del sueldo base del empleado.
- Si la Comisión decide agregar una indicación especial, se puede declarar al trabajador como gran inválido. En este caso, al pago del 70% de su sueldo base se le suma un suplemento de un 30%. La pensión de gran invalidez se otorga cuando la incapacidad es igual o mayor a 70%, con el agravante de que el trabajador requiere del auxilio de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida.
Las pensiones mantienen su vigencia hasta que la persona cumple con la edad de jubilación que determina la ley (60 años para mujeres y 65 para hombres).

Pensión de Invalidez General (No Laboral)
Para obtener una pensión de invalidez que no sea a causa de un accidente o enfermedad laboral, es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Afiliación: Estar afiliado a una AFP y no encontrarse pensionado en este sistema.
- Edad: Tener menos de 65 años de edad (para mujeres, haber optado por seguir cotizando el seguro de invalidez y sobrevivencia).
- Grado de invalidez: Tener un grado de invalidez que cause una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor a 50%.
Determinación de Grados de Invalidez General
La Comisión Médica, organismo independiente de la AFP y dependiente de la Superintendencia de Pensiones, es la encargada de determinar los grados de invalidez:
- Invalidez Total: Se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. El dictamen tendrá carácter definitivo.
- Invalidez Parcial: Se determina una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor a 50% y menor a 66%. El dictamen de invalidez tendrá carácter transitorio por 3 años, tras los cuales la Comisión Médica realizará una reevaluación para decidir si la invalidez es definitiva y su grado.
- Rechazo de la solicitud: Ocurre cuando la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%.
Cómo se Establecen los Porcentajes de Incapacidad
La Comisión Central de Evaluación de Incapacidades se basa en el Decreto Supremo 109 para determinar el grado de incapacidad de una persona. Esta normativa establece un porcentaje de incapacidad específico de acuerdo con el tipo de secuela que presenta el trabajador y además considera otros parámetros como el oficio de la persona, edad, género, entre otros.
Los pacientes que requieran apelar a la determinación entregada por la Comisión Central de Incapacidades tienen un plazo de 90 días hábiles para interponer reclamo ante la Comisión Médica de Reclamos, ente fiscalizador externo.
Financiamiento de las Pensiones de Invalidez
El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
Todas las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, denominado SIS, tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia. El SIS financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con "invalidez parcial transitoria" y, cuando se dictamina la "invalidez definitiva", complementa los ahorros individuales con un aporte a la cuenta individual, ya sea con una pérdida total o parcial de la capacidad de trabajo. Cuando la invalidez es definitiva, el SIS realiza un aporte en la cuenta individual, equivalente al capital necesario para financiar las pensiones futuras.
- Trabajadores dependientes: El SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa, correspondiendo a un porcentaje de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora.
- Trabajadores independientes obligados a cotizar: El pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.
Beneficios Adicionales y Compatibilidad
Aumento por Cargas Familiares
Los montos de las pensiones de invalidez se aumentarán en un 5% por cada uno de los hijos que le causen Asignación Familiar al pensionado, a partir del tercer hijo o hija autorizado como carga familiar.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
- La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años.
- El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.
Compatibilidad con Trabajo Remunerado
Las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado. Sin embargo, los funcionarios públicos que obtengan una pensión de invalidez deben retirarse de la administración pública.
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Documentación Necesaria para Trámites de Pensión de Invalidez
Para solicitar una pensión de invalidez, se requiere la siguiente documentación:
- Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
- Historia laboral del trabajador (solo si no se entregó previamente junto con la denuncia de enfermedad profesional - DIEP).
- Antecedentes que acrediten historia laboral (contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde la fecha de inicio de la actividad laboral).
- Certificado de rentas emitido por el empleador para funcionario, correspondientes a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que se decreta la enfermedad o acontece el accidente laboral, debidamente desglosadas en cada una de sus leyes y bonificaciones.
- Carnet de identidad.
No es requisito disponer de exámenes médicos para iniciar el trámite de pensión de invalidez.
Límites de Carga de Peso en el Trabajo
Las normativas laborales establecen límites claros para la manipulación manual de cargas con el fin de proteger la salud de los trabajadores.
- El artículo 211-H del Código del Trabajo establece que, en aquellas labores en que la manipulación manual de cargas es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, los trabajadores no deberán operar cargas superiores a 25 kilos.
- Por su parte, el artículo 211-J indica que los menores de 18 años y las mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilos.
Además, el empleador deberá implementar medidas de seguridad y mitigación, tales como rotación de trabajadores, disminución de las alturas de levantamiento o aumento de la frecuencia con que se manipula la carga.
