Pensión de Orfandad para Hijos Póstumos

¿Qué es la Pensión de Orfandad?

La pensión de orfandad de la Seguridad Social es una prestación económica destinada a los hijos de una persona fallecida que se concederá siempre que se reúnan los requisitos establecidos. Esta prestación cubre a diversos beneficiarios, incluyendo a los hijos póstumos y aquellos casos en que la adopción ocurre tras el fallecimiento del causante, siempre que este hubiese ya prestado su consentimiento ante el juez.

Esquema de las condiciones y beneficiarios de la pensión de orfandad

Requisitos y Beneficiarios de la Pensión de Orfandad en España

Quiénes pueden ser beneficiarios

Pueden ser beneficiarios los hijos menores de 21 años, o hasta 25 años cuando el huérfano no efectúe un trabajo lucrativo por cuenta propia o ajena o, cuando realizándolo, los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente para el salario mínimo interprofesional (incluidas pagas extras). Los hijos mayores de 21 años y menores de 25 años pueden ser beneficiarios si no efectúan trabajos por cuenta propia o ajena, o si, al realizarlos, los ingresos obtenidos son inferiores al salario mínimo interprofesional que se fije en cada momento.

También pueden beneficiarse los hijos con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, sin límite de edad. Pueden ser beneficiarios todos los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza de su filiación (por naturaleza o por adopción), incluyendo a los hijos póstumos.

Como norma general, el huérfano no puede haberse casado, salvo que sea incapacitado. No es impedimento para ser beneficiario de orfandad el hecho de que, con anterioridad a quedarse huérfano, se hubiera casado y divorciado o se hubiera declarado la nulidad del matrimonio. En caso de separación, el matrimonio es vigente, por lo que impide ser beneficiario de la pensión.

A los efectos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se considera que el fallecido se encontraba en alta de pleno derecho en la fecha del fallecimiento, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones.

Compatibilidad con el trabajo

La pensión de orfandad es compatible con las rentas de trabajo del huérfano, siempre que los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente para el salario mínimo interprofesional (incluidas pagas extras).

Cuantía y Pago de la Pensión en España

Cálculo y Pagos

Generalmente, la cuantía de la pensión es el 20% de la base reguladora del fallecido. No obstante, este importe puede incrementarse en supuestos especiales, por ejemplo, cuando se trata de orfandades derivadas de violencia contra la mujer o en caso de fallecimiento de ambos progenitores.

La pensión se abona mensualmente, en 14 pagas si el fallecimiento derivó de contingencias comunes, o bien 12 pagas si el fallecimiento fue ocasionado por una enfermedad profesional o un accidente de trabajo. La cuantía de la pensión está relacionada con las cotizaciones de la persona fallecida.

Efectos Económicos y Hecho Causante

El motivo que da origen a esta prestación se produce el día en que acontece el fallecimiento del causante. En el supuesto de la pensión de orfandad, cuando el beneficiario es un hijo póstumo, el hecho causante se entiende producido el día de su nacimiento.

Los efectos económicos de las prestaciones de viudedad, orfandad o en favor de familiares derivados del fallecimiento de un trabajador son los siguientes:

  • A partir del día siguiente al fallecimiento si la solicitud se presenta dentro de los tres meses siguientes al mismo.
  • En otro caso, los efectos económicos tienen una retroactividad de tres meses contados desde la fecha en que se presenta la solicitud.

Cuando se trate del fallecimiento de pensionistas de jubilación o de incapacidad permanente, los efectos económicos se aplican:

  • A partir del día primero del mes siguiente al del fallecimiento, si la solicitud se presenta dentro de los 3 meses siguientes al mismo.
  • En otro caso, los efectos económicos tienen una retroactividad máxima de 3 meses, contados desde la fecha en que se presenta la solicitud.

La pensión de orfandad puede ser de por vida: el requisito clave que muchos desconocen

Organismos responsables y Legislación

El reconocimiento del derecho a la pensión corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y al Instituto Social de la Marina (ISM), para los trabajadores del mar.

La legislación aplicable se encuentra en el Art. 217 del Real Decreto Legislativo 8/2015, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS).

La Pensión de Orfandad por Accidente Laboral o Enfermedad Profesional en Chile (Ley N° 16.744)

Definición y Causas

En Chile, esta pensión es el monto en dinero que se paga mensualmente a los hijos o hijas de un trabajador que fallece a causa o con ocasión de un accidente del trabajo o enfermedad profesional. Si el o la pensionada de orfandad bajo la Ley Nº 16.744 se le descuenta el porcentaje correspondiente de salud a Fonasa y tiene que acreditar que está afiliado a ese sistema público de salud, puede acercarse a una sucursal del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) para completar el formulario del asegurado.

Proceso de Solicitud y Extensión en Chile

Es posible solicitar o extender la pensión durante todo el año a través del sitio web y en las sucursales de ChileAtiende. Para iniciar la solicitud, se debe ingresar al sitio web de ChileAtiende y revisar con el RUN si se es una persona beneficiaria. Si se cumplen los requisitos, es necesario acceder con la ClaveÚnica.

También, se podrá gestionar la pensión de orfandad en una sucursal ChileAtiende presentando la cédula de identidad. Si el trámite lo realiza un apoderado o apoderada, este debe presentar un poder notarial con la autorización del beneficiario y su propia cédula de identidad.

Si se cumplen los requisitos establecidos por la excaja, se puede extender la condición de pensionado de orfandad con la ClaveÚnica. Una vez completado el formulario, se debe enviar la solicitud. Como resultado del trámite, se habrá solicitado el beneficio económico de la Pensión de Orfandad del ISL.

Diagrama de flujo del proceso de solicitud de pensión de orfandad en Chile

Requisitos Adicionales y Consideraciones

Es importante destacar que, si se es mayor de 18 años y se interrumpió, suspendió o congeló los estudios, se puede obtener nuevamente el beneficio una vez que se retoman. Para cualquier duda, se puede llamar al call center ChileAtiende al 101 o al +56 4 4236 20 00 (si se está en el extranjero).

Documentación Requerida

Entre los documentos necesarios para la solicitud se encuentran:

  • Poder o mandato notarial, si la voluntad de la persona beneficiaria es que un tercero cobre la pensión.
  • Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.

Pago del Beneficio

Si se opta por un pago presencial, el primer pago del beneficio, que puede ser acumulado, se realizará a través del BancoEstado.

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