Pensión de Invalidez: Proceso, Requisitos y Financiamiento

La pensión de invalidez es un beneficio fundamental diseñado para proteger a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente, como un infarto, sufren un menoscabo permanente en su capacidad de trabajo. Este tipo de pensión está destinada a personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres, que a consecuencia de un debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, cumplan con los requisitos establecidos para acceder a este derecho.

Esquema de las etapas del proceso de solicitud de pensión de invalidez

Requisitos para Acceder a la Pensión de Invalidez

Para optar a una pensión de invalidez, los solicitantes deben cumplir con ciertos criterios:

  • Ser una persona afiliada menor de 65 años. En el caso de las mujeres, deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  • Haber sufrido un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales.
  • Si es trabajador independiente o afiliado voluntario, haber cotizado en el mes calendario anterior al siniestro.
  • Los empleados públicos deben presentar un certificado que acredite su condición.

Tipos de Invalidez y Grados de Menoscabo

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o invalidez total, dependiendo del porcentaje de pérdida de su capacidad de trabajo. La calificación y el grado de invalidez son definidos por una Comisión Médica.

  • Pensión de Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o superior al 50%, pero inferior a dos tercios (66.6%). Este dictamen es, en un primer momento, de carácter transitorio por un período de tres años.
  • Pensión de Invalidez Total: Se otorga a personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios (66.6%) de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez se considera definitiva desde el primer dictamen. Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total no requieren ser reevaluados por la comisión.
Infografía comparando invalidez parcial y total con porcentajes de capacidad de trabajo

Proceso de Solicitud de Pensión de Invalidez

El trámite para solicitar la pensión de invalidez implica varias etapas, desde la presentación de la solicitud hasta la emisión del dictamen médico y la elección de la modalidad de pensión.

Dónde y Cómo Solicitar

Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud de pensión de invalidez a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estén afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la AFP y oficinas ChileAtiende.

Además, si se cumplen con los requisitos, es posible ingresar la solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo, agendando el día y hora que más convenga. Una vez completado el formulario, se recibirán novedades del trámite entre 1 a 5 días hábiles. Es importante destacar que, si la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) está en riesgo, la solicitud debe realizarse con urgencia.

Aunque no es una obligación, si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, puede presentar esos documentos en la AFP al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez.

Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)

La calificación como inválido y el grado de invalidez es definida por una Comisión Médica, que depende de la Superintendencia de Pensiones. La Comisión Médica Regional (CMR) es el organismo encargado de este proceso:

  1. La CMR solicitará a un médico del Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y determine si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada.
  2. Si se considera fundada, la CMR designará a un médico asesor para acompañar al afiliado o afiliada en el proceso de evaluación y calificación, el cual no tiene costo para el solicitante.
  3. Cuando la solicitud es fundada, la CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le entrega las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades correspondientes, según los impedimentos declarados. La Comisión Médica contactará al solicitante para informarle el día, la hora y el lugar de la evaluación.
  4. Una vez que se tienen los resultados de los exámenes e interconsultas médicas, la CMR determina si el impedimento o enfermedad invocado es objetivo, demostrable, si las terapias médicas o quirúrgicas accesibles se han agotado, y si se ha cumplido el período de observación post-tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
  5. Para agilizar el trámite, si se cuentan con antecedentes médicos que necesitan ser evaluados en la Comisión Médica Regional, se pueden enviar directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente al domicilio.
Fotografía de un médico revisando informes y exámenes médicos

El Dictamen y su Carácter

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez, que puede ser total o parcial. Es importante tener presente que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez a la persona. Al recibir el dictamen, el solicitante deberá continuar su trámite de acuerdo con lo que este indique.

Apelaciones al Dictamen

En caso de disconformidad con el dictamen de la CMR, las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC). El plazo para presentar la apelación es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. La CMC, a su vez, debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Financiamiento y Pago de la Pensión

El financiamiento de la pensión de invalidez depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

  • Con cobertura del SIS: La pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin. Además, el costo de los exámenes e interconsultas relacionados con el proceso es cubierto por el SIS.
  • Sin cobertura del SIS (para invalidez parcial): Se recibirán pensiones mensuales directamente de los ahorros acumulados en la cuenta individual del afiliado.

Si la respuesta al requerimiento es favorable y se aprueba la invalidez (especialmente si es definitiva), la AFP entregará al afiliado un Certificado de Saldo para que escoja la modalidad de pago. Si la pensión es superior a la Pensión Básica Solidaria, se solicitarán ofertas al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). En un plazo de 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de pensión, teniendo la opción de no aceptar ninguna de ellas.

Aspectos Continuos y Reevaluación de la Invalidez

La pensión de invalidez, especialmente la parcial, tiene un carácter dinámico que puede requerir reevaluaciones y considerar la compatibilidad con el trabajo.

Naturaleza Transitoria de la Invalidez Parcial

La pensión de invalidez parcial se otorga en un primer dictamen con un carácter transitorio y dura tres años. Durante este período, si el afiliado es declarado inválido parcial, recibirá una pensión mensual equivalente al 50% de su ingreso base.

Al terminar este periodo, la persona afiliada es citada por su Administradora a una reevaluación. En esta reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Posibles Escenarios Tras la Reevaluación

Después de la reevaluación de la invalidez parcial, pueden presentarse distintos escenarios:

  • Si se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo nuevamente.
  • Si se confirma la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo, para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.

Compatibilidad con el Trabajo

Una persona que ha sido declarada con invalidez, ya sea parcial o total, puede seguir trabajando. No existe ningún inconveniente para continuar ejerciendo una actividad laboral. Si se es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y se trabaja, se cotiza como trabajador activo.

Derecho a Reevaluaciones Futuras

La legislación también precisa que, si se trata de una invalidez parcial, la persona pensionada tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez en el futuro si sus impedimentos han progresado con el paso del tiempo.

Consideraciones Adicionales sobre la Pensión de Invalidez

Pensión de Sobrevivencia

Si el afiliado muere antes de la edad legal de pensión o estando ya pensionado, se generará una Pensión de Sobrevivencia en caso de tener beneficiarios de pensión. Es importante tener actualizados los datos de los beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.

Cobro de Pensión en el Extranjero

Es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero, siempre y cuando el país en el que se viva tenga un Convenio Bilateral con Chile en materia de seguridad social.

Duración de la Pensión

La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

El Rol del Instituto de Previsión Social (IPS)

El Instituto de Previsión Social (IPS) interviene en el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). En este último caso, los exámenes necesarios para la evaluación serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

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