Cuentas de Pensión de Alimentos y la Ley de Responsabilidad Parental en Chile

Las cuentas de pensión de alimentos en BancoEstado han experimentado una significativa evolución a lo largo de los años, adaptándose para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones y garantizar el bienestar de miles de personas. Este proceso se ha visto potenciado por la implementación de nuevas normativas y la modernización de los sistemas.

La Evolución de las Cuentas de Pensión de Alimentos en BancoEstado

Las cuentas de pensiones de alimentos han tenido un importante desarrollo. En el año 2000, se introdujo la libreta de ahorro de Pensión de Alimentos, la cual fue reemplazada posteriormente en 2016 por una tarjeta. Esta evolución fomentó la inclusión financiera de miles de personas, al permitir un mayor acceso a la información de la cuenta, los giros en cajeros automáticos y las transferencias a través de internet.

Posteriormente, en 2019, se habilitaron las transferencias a terceros gratuitas e ilimitadas. En 2022, se concretó la automatización de la apertura de las cuentas, un paso crucial para agilizar el proceso.

Esquema de la evolución de las cuentas de pensión de alimentos en BancoEstado (Libreta, Tarjeta, Automatización)

Sistema de Interconexión: Apertura de Cuentas en Audiencia

Este año, el proceso ha mejorado aún más gracias al sistema de interconexión entre BancoEstado y el Poder Judicial. Este sistema permite abrir las cuentas de alimentos directamente durante las audiencias, agilizando considerablemente el proceso y eliminando burocracia.

Anteriormente, una vez que se fijaba una pensión con carácter provisorio, se le entregaba un oficio a la persona demandante de alimentos para que concurriera al banco y así generar la apertura de esta cuenta de ahorro a la vista, que es donde el deudor debía depositar el monto de la pensión de alimentos. En cambio, ahora, una vez realizada la audiencia en donde se fija la pensión provisoria o la definitiva, el tribunal directamente oficia al BancoEstado y se genera este sistema por vía interconexión.

Las cuentas de alimentos se abrían presencialmente en las sucursales de BancoEstado, ya que la persona interesada debía presentar un documento de los tribunales de familia. Con el nuevo sistema, el único trámite que debe hacer el usuario es aceptar las condiciones del producto en la APP BancoEstado, o firmar el contrato en cualquier sucursal de la entidad.

Desde la entidad financiera, señalaron que “este último desarrollo ha generado un impacto directo para los usuarios del sistema de familia de todo el país, ya que reduce tiempos, garantiza la información al alimentante y minimiza el riesgo de que no se concrete el trámite de apertura de la cuenta”. La autoridad destacó que ya se han realizado 186.509 liquidaciones, visibilizando el número de personas deudoras y obligándolas a cancelar y cumplir con sus obligaciones para poder salir de este registro.

Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos (Ley 21.484)

La Ley 21.484 de “Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos” entró en vigencia el 20 de mayo de 2023. Esta normativa representa un importante desafío no sólo para el Poder Judicial, sino para todas las instituciones involucradas, y le permite al tribunal investigar, retener y después disponer el pago, garantizando así el cumplimiento de las obligaciones de pensión de alimentos. Su objetivo principal es establecer un mecanismo de pago de la deuda por pensión de alimentos.

Preguntas Frecuentes sobre la Ley 21.484

¿Cuál es la importancia de esta Ley?

Esta ley permite el pago de pensiones alimenticias adeudadas cuando existe una demanda vigente en un Tribunal de Familia. Los Tribunales de Familia tendrán la facultad de solicitar información a distintas entidades (por ejemplo: bancos, Administradoras generales de fondos, entre otras) respecto de saldos en las cuentas bancarias y otros instrumentos de inversión o financieros que tenga el deudor, incluyendo la Cuenta de Ahorro Previsional Obligatorio (AFP).

¿A quién se le realizará este cobro?

Este mecanismo de pago se establecerá a las personas que deben al menos un mes de pensión alimenticia y que tienen una demanda en su contra en un Tribunal de Familia.

¿Cuándo empezó a regir esta nueva ley?

La ley empezó a regir a partir del día 20 de mayo de 2023.

¿Qué cuentas se consideran para establecer el mecanismo de pago de la deuda?

Se consideran las siguientes cuentas:

  • Cuentas bancarias
  • Cuentas de APV (Ahorro Previsional Voluntario)
  • Depósitos convenidos
  • Cuenta 2 o Cuenta de Ahorro Voluntario, instrumentos de inversión u otros

Importante: Si la persona deudora debe más de 3 meses de Pensión Alimenticia y los fondos en las cuentas mencionadas anteriormente no son suficientes para saldar la deuda, se considerará su Cuenta Obligatoria en la AFP (Cuenta de Capitalización Individual).

Infografía: Tipos de cuentas consideradas para el pago de deudas de pensión de alimentos

¿Cuál es el monto máximo que el tribunal puede ordenar para el pago de la deuda?

El Tribunal de Familia podrá ordenar la liquidación del 100% de los ahorros que la persona deudora tenga en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario y en otros instrumentos de inversión.

Para el caso de los ahorros que el deudor o la deudora tenga en la cuenta de capitalización individual de la AFP, el límite será proporcional a la cantidad de años que le falten a la persona para cumplir la edad legal de pensión. Quedando los límites establecidos de la siguiente forma:

  • Si la persona deudora está a 15 años o menos de cumplir con la edad legal para pensionarse por vejez, el pago no podrá exceder el 50% de los fondos acumulados.
  • En caso de que se encuentre a más de 15 y a menos de 30 años de cumplir con la edad legal para pensionarse por vejez, el pago no podrá exceder el 80% de los fondos.
  • Si la persona deudora se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad legal para pensionarse por vejez, el pago no debe superar el 90% de los fondos acumulados en su cuenta obligatoria.

¿Cómo funciona el proceso desde que la AFP recibe una orden del Tribunal?

Una vez que se notifica a la AFP una medida cautelar, de acuerdo a la Ley, se procederá a la retención del saldo correspondiente al monto adeudado de manera temporal, hasta que el Tribunal de Familia que lleva el caso ordene que se pueden liberar los fondos o bien liquidar para hacer pago de la deuda de Pensión de Alimentos.

¿Qué significa la retención del saldo adeudado en la práctica?

Significa que la persona deudora no podrá realizar acciones sobre el saldo retenido (como retirarlo o transferirlo a otras AFP) hasta que el Tribunal de Familia dicte el alzamiento de la medida cautelar.

¿Cuánto tiempo estarán retenidos los saldos de las cuentas?

Los saldos de las cuentas serán retenidos hasta que el Tribunal de Familia responsable del caso comunique el alzamiento de la medida cautelar.

¿Cómo se realizará el pago de la deuda por Pensión Alimenticia?

Cuando corresponda, la AFP deberá pagar el monto indicado por el Tribunal de Familia directamente en la cuenta bancaria de la persona demandante, informada por el Tribunal.

¿Cómo y dónde puedo hacer seguimiento de la demanda?

Solo se podrá hacer seguimiento de la demanda a través del Tribunal de Familia responsable del caso, utilizando la Oficina Judicial Virtual. Luego de eso, el Tribunal iniciará un proceso de consulta en diversas instituciones y definirá cómo avanzar con el pago de la deuda.

Para más información acerca de este proceso, se recomienda contactar directamente al Tribunal de Familia o revisar toda la información en los diversos sitios oficiales del Estado que tienen toda la información relevante de este tema.

Relación con el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

La Ley sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensión de Alimentos y la Ley N°21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos forman parte de una misma institucionalidad. Ambas leyes tienen como objetivo lograr el pago efectivo de las pensiones de alimentos en el país, reforzando las herramientas disponibles para quienes buscan garantizar el cumplimiento de estas obligaciones.

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