Al llegar la etapa de la jubilación, es fundamental comprender cómo se mantiene o se modifica la cobertura de salud. En Chile, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) juega un rol crucial en la protección sanitaria de los adultos mayores pensionados, ofreciendo diversas modalidades y beneficios adaptados a sus necesidades. Esta guía detalla el funcionamiento de Fonasa para los adultos mayores después de jubilarse, incluyendo quiénes tienen derecho, cómo operan las cotizaciones y las vías de acceso a los servicios de salud.

¿Quiénes son Beneficiarios de Fonasa al Jubilarse?
Los adultos mayores que han alcanzado la jubilación pueden seguir siendo beneficiarios de Fonasa, dependiendo de su situación previsional. Se considera pensionada o pensionado a quienes pertenecen a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañía de seguro, ex caja de previsión social, o bien, son pensionados de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tienen una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
Específicamente, tienen derecho los pensionados de la AFP y del Sistema de Pensiones Solidarias que se encuentren dentro de los cuatro quintiles más vulnerables de la población (con 1.871 o menos puntos de focalización previsional). Para acceder a este beneficio, el pensionado debe solicitar que se le realice el Registro Social de Hogares en su municipalidad. Si cumple con los requisitos de puntaje, edad y residencia, puede solicitar el beneficio en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Exclusiones de Beneficio
Es importante destacar que no tienen derecho al beneficio los pensionados de Capredena o Dipreca.
Cotizaciones de Salud para Pensionados
Una vez que una persona decide pensionarse, se entiende que dejará de trabajar y, por lo tanto, de cotizar obligatoriamente en su AFP. Sin embargo, la cotización de salud sigue siendo una parte esencial del sistema. En Fonasa, la cotización es siempre el 7% de los ingresos.
Exención de Cotización para Pensionados Vulnerables
Actualmente, la legislación establece un beneficio importante: se exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población, independientemente de si están afiliados a Fonasa o Isapre. Este beneficio específico para pensionados más vulnerables, les exime del pago del 7% de salud correspondiente a su pensión.
Para acceder a esta exención, los pensionados deben acreditar que forman parte de los cuatro quintiles más vulnerables de la población. Este trámite se puede realizar en el IPS o mediante el portal de ChileAtiende, ya sea a través de videoatención o completando un formulario en línea.
¿Qué sucede si un pensionado decide seguir trabajando?
Si una persona continúa trabajando mientras está pensionada, recibe dos rentas en términos legales: la pensión y la remuneración que paga el empleador. En este caso, el descuento del 7% destinado a las cotizaciones de salud debe realizarse sobre cada una de ellas. Los pensionados pagan salud por las remuneraciones que perciben si deciden seguir trabajando, pero están exentos de la obligación de cotizar en una AFP.
La cotización post-retiro tiene una ventaja adicional relacionada con las licencias médicas. La legislación establece que, para acceder a una licencia médica, el trabajador debe registrar, al menos, tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia.
Además, no se paga cotización adicional por las cargas legales hasta los 24 años si están estudiando.

Modalidades de Atención y Beneficios de Fonasa
Fonasa brinda a sus beneficiarios cobertura financiera, según su nivel de ingresos y vulnerabilidad económica. Los beneficiarios de Fonasa acceden a las atenciones de salud a través de dos modalidades principales:
- Modalidad de Atención Institucional (MAI)
- Modalidad de Libre Elección (MLE)
Modalidad de Atención Institucional (MAI)
Si se utiliza la Modalidad de Atención Institucional, el pago que deberá efectuar el beneficiario dependerá del grupo de ingreso en el cual se encuentre clasificado (grupos B, C o D). Los beneficiarios clasificados en el Tramo A tienen derecho a atención de salud en toda la Red Pública Preferente y gozan de gratuidad.
Copago Cero
Una de las grandes ventajas para los adultos mayores afiliados a Fonasa es el Copago Cero en las atenciones de salud en la Red Pública en la Modalidad de Atención Institucional (MAI). Esto significa que no tendrán que realizar pagos adicionales por las prestaciones de salud recibidas en los establecimientos públicos.
Modalidad de Libre Elección (MLE)
Si estás pagando cotizaciones, puedes comprar bonos para recibir atención en la red privada de salud convenida con Fonasa (clínicas u otros), a través de la Modalidad de Libre Elección. Algunos centros de salud y consultas médicas en convenio con Fonasa venden bonos en el mismo lugar de atención.
Para facilitar la compra de bonos, Fonasa ofrece:
- Bono web: Permite comprar este bono de forma digital en «Mi FONASA» para consultas de médicos en convenio.
- Prefolio: Es un código que se genera en Mi FONASA o en el call center, que permite pagar el bono consulta en Sencillito o Klap (ex Multicaja).
Cobertura AUGE/GES
Los beneficiarios de Fonasa con problemas de salud incorporados en el AUGE/GES se atienden en la Red Pública de Salud. Si un pensionado está en tratamiento por un problema de salud AUGE/GES, debe solicitar al prestador privado un certificado del médico tratante con el detalle del diagnóstico y tratamiento. Luego, debe entregar esta información en el Centro de Salud Familiar (Cesfam) donde se inscribirá para continuar el tratamiento en la Red Pública de Salud.
Reembolsos
Fonasa no realiza reembolsos por consultas, exámenes u otras prestaciones realizadas en prestadores privados. Sin embargo, sí realiza reembolso para órtesis y prótesis según el valor definido en el arancel publicado en www.fonasa.cl.
Examen Médico Preventivo (EMP)
El EMP es una evaluación periódica de salud, de carácter voluntario y gratuito, que forma parte de las prestaciones del AUGE-GES para las personas beneficiarias de Fonasa e Isapres. Este examen permite detectar oportunamente enfermedades de alta ocurrencia en el país, a fin de actuar inmediatamente a través del control y tratamiento de la misma. Un beneficiario de Fonasa debe solicitar el EMP en el consultorio en que está inscrito.
Charla Fonasa para Adultos Mayores
Trámites y Consultas Frecuentes
Verificar su Condición de Beneficiario
Los pensionados pueden revisar si son beneficiarios durante todo el año a través del sitio web de ChileAtiende, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende.
Cómo Acceder a los Servicios y Realizar Trámites
- En línea: Ingresa al sitio web ChileAtiende con tu ClaveÚnica. Podrás realizar el seguimiento a tu solicitud a través de la misma plataforma.
- Presencial: Dirígete a una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad.
Corrección de Pagos Erróneos
Si su empleador realizó un pago erróneo a Isapre en lugar de Fonasa, puede corregirlo solicitando su afiliación a través de la página web de Fonasa. Para ello, debe adjuntar la carta de desafiliación de la Isapre, una fotocopia de la liquidación de sueldo y una fotocopia de su cédula de identidad. Fonasa gestionará la recuperación de las cotizaciones erróneamente pagadas directamente con la Isapre correspondiente. Alternativamente, debe realizar la solicitud de recuperación de fondos mal enterados en la Isapre de manera presencial en cualquier sucursal de Fonasa.
Contactos para Dudas
Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).
Derechos del Paciente en Fonasa
Todos los pacientes, incluyendo los adultos mayores, tienen derechos fundamentales en el sistema de salud, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°20.584 que regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Algunos de los más relevantes para los adultos mayores en Fonasa incluyen:
- Derecho a un trato digno y respetuoso: Recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y circunstancia, con lenguaje claro y adecuado, protección de su honra y vida privada, y actitudes de cortesía y amabilidad.
- Derecho a información clara y oportuna: Ser informado, en forma oportuna y comprensible, acerca de su estado de salud, diagnóstico, alternativas de tratamiento, riesgos y pronóstico. Si la condición del paciente no permite recibir esta información, debe ser entregada a su representante legal o a la persona bajo su cuidado.
- Derecho a otorgar o denegar su voluntad: Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento, con ciertas limitaciones, como el rechazo a tratamientos que puedan implicar la aceleración artificial de la muerte, la eutanasia o el auxilio al suicidio.
- Atención de urgencia vital: Se entiende por urgencia o emergencia vital toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave. La atención en estos casos debe ser inmediata e impostergable. Ninguna institución de salud puede negarle a un paciente la atención rápida a una urgencia vital ni exigir un cheque o documento en garantía para otorgarla. La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que la persona sea atendida. Para un beneficiario de Fonasa, la puerta de entrada idealmente debiera ser un establecimiento de salud del Servicio Público.
- Derecho a compañía y asistencia: Una persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento. Asimismo, el paciente tiene derecho a consejería y asistencia religiosa o espiritual.
- Derecho a reclamos y consultas: Toda persona tiene derecho a efectuar las consultas y los reclamos que estime pertinentes respecto de la atención de salud recibida. El prestador institucional debe contar con personal habilitado y un sistema de registro y respuesta escrita.
- Información de costos: Toda persona tiene derecho a recibir una cuenta actualizada y detallada de los gastos en que haya incurrido en su atención de salud.