Guía Completa sobre el Pago de Pensiones para Jubilados

La información detallada sobre el proceso de pago de pensiones es fundamental para todos los jubilados. Esta guía abarca desde la entrega de comprobantes hasta los diversos beneficios y retenciones que pueden afectar el monto final de su pensión.

Comprobantes de Pago y Medios de Entrega

El comprobante de pago es un documento esencial que debe entregarse a cada receptor de pensión cada vez que se efectúa el beneficio. Para facilitar este proceso, la Administradora puede enviar los comprobantes por correo electrónico, si dispone de esta información y previa autorización del pensionado. Alternativamente, los comprobantes pueden enviarse por correo postal al domicilio del receptor, especialmente para pensiones cuyo pago se realiza a través de medios específicos.

Diseño de un comprobante de pago de pensión con campos clave

Proceso y Fechas de Pago

Primer Pago y Pagos Posteriores

El primer pago de pensiones debe incluir tanto la pensión del mes actual como cualquier monto devengado con anterioridad a dicho mes. Posteriormente, se debe realizar un pago mensual, dentro de cada mes calendario. Para ello, la Administradora asignará a cada afiliado una fecha de pago. Si esta fecha coincide con un sábado, domingo o día festivo, el pago se adelantará al día hábil anterior.

Determinación del Monto de la Pensión

Para calcular el monto en pesos de la pensión a pagar, la Administradora considera el valor de la Unidad de Fomento (U.F.) correspondiente a la fecha de disponibilidad del cheque de pago. Es importante destacar que no se considerará para el cálculo de la pensión aquel monto de la cuenta individual que forma parte de un retiro de excedente de libre disposición si el afiliado optó por efectuar retiros anuales no superiores a 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

Una vez determinado el monto, la Administradora procede a rebajar los fondos de las respectivas cuentas de capitalización individual (obligatorias, afiliado voluntario, ahorro previsional voluntario colectivo, depósitos convenidos y cotizaciones voluntarias), abonando el valor bruto de la pensión en la cuenta "Beneficios", subcuenta "Retiros Programados" o "Rentas Temporales", según corresponda.

El cheque de pago se deposita en una cuenta corriente bancaria específica de la Administradora, destinada exclusivamente al pago de beneficios, el mismo día en que es girado desde el Fondo de Pensiones.

Garantía Estatal y Pensiones Cubiertas por Seguro

El Estado garantiza las pensiones en retiro programado de los afiliados que eventualmente dejen de tener derecho a los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, así como las pensiones de sobrevivencia para los beneficiarios del causante. Estas se calculan con el saldo que hubiese quedado en la cuenta de capitalización individual del afiliado, en caso de no haberse financiado el beneficio solidario inicialmente con el saldo de dicha cuenta.

Para las pensiones cubiertas por seguro y las transitorias, la Administradora también considera el valor de la U.F. para determinar el monto. Los cheques de pago deben estar emitidos a más tardar el día hábil anterior a la fecha de disponibilidad de estas pensiones.

Las fechas de pago de las pensiones financiadas con la Garantía del Estado, ya sea en retiros programados o rentas temporales (incluyendo aquellas con saldo agotado de la cuenta de capitalización individual o cubiertas por seguro), son el día 20 de cada mes o el día hábil siguiente. Los cheques respectivos deben estar emitidos a más tardar el día hábil anterior, y el monto es puesto a disposición de la Administradora por la Tesorería General de la República el día 20 o hábil siguiente.

Diagrama de flujo del proceso de pago de pensiones con garantía estatal

Retenciones y Descuentos Aplicables

Retenciones Legales y Judiciales

Se aplican retenciones de impuestos según lo establecido en los artículos 42 y 43 del D.L. Nº 824 de 1974, y en los artículos 13 y 29 del D.L. Nº 889 de 1975.

Además, pueden existir otras retenciones ordenadas por tribunales de justicia, por recálculos de pensiones, devolución de subsidios por incapacidad laboral percibidos indebidamente o descuentos por préstamos de medicina curativa. En el caso de recálculos de pensiones, la retención máxima será el 20% del monto de la pensión, previa aceptación escrita del beneficiario.

Cotización de Salud (ISAPRE/FONASA)

Para enterar la cotización en una ISAPRE, la Administradora debe disponer del Formulario Único de Notificación (FUN) notificado por la ISAPRE y aceptado por la AFP. Si no se cuenta con un FUN aceptado, la cotización de salud se enterará en el Fondo Nacional de Salud (FONASA).

La AFP aceptará el FUN y efectuará el descuento del valor indicado, incluso si esto implica descontar hasta el 100% del valor líquido de la pensión. De igual forma, se efectuará el descuento de salud cuando, producto del recálculo anual, disminuya el monto líquido de la pensión, pero esta sea suficiente para financiar el plan de salud.

Si la Administradora rechaza el FUN (por ejemplo, si el valor del plan de salud supera el valor de la pensión una vez deducidos los descuentos legales y judiciales, excluido el descuento de salud), estará obligada a efectuar la cotización de salud por el descuento legal o por el monto del plan vigente en el mes anterior, enterándolo en FONASA o en la misma ISAPRE. La Administradora deberá informar al pensionado detalladamente sobre la situación presentada en un plazo de 5 días hábiles siguientes al cálculo de la cotización de salud, mediante correo electrónico, postal u otro medio que permita dejar constancia de la comunicación.

CAP 8 EXENCIÓN DE COTIZACIÓN DE SALUD

Asignaciones Familiares

Las asignaciones familiares que correspondan, de acuerdo con el D.F.L., se abonarán en la cuenta "Pensiones por Pagar", cargando la cuenta "Cuentas por cobrar al Estado" por el mismo monto.

Proporcionalidad de Cargos

Si los saldos de las cuentas personales se distribuyen en dos Tipos de Fondo por opción del afiliado (mediante una Solicitud-Convenio), los cargos por pensiones deberán efectuarse de manera proporcional.

Beneficios Adicionales y Ajustes

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un componente importante de los haberes. Las personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también pueden acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si ya recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario. Para aquellos que ya reciben el complemento de PGU, su monto se ajustará automáticamente al nuevo valor máximo de la PGU de $250.000 a partir de la fecha en que cumplan la edad establecida en el calendario.

Otros Beneficios y Haberes

En el cuadro de Beneficiarios, los jubilados encontrarán los montos correspondientes a cada beneficiario cobrante de pensión.

Bajo la sección "HABERES" se detallan todos los ingresos que el pensionado recibe, incluyendo la pensión, beneficios o aportes del Estado como la PGU, asignaciones familiares, ajustes de retiros programados, bonos o aguinaldos, y beneficios de la Reforma de Pensiones, si corresponden.

Desde enero de 2026, si corresponde el Beneficio por Años Cotizados o la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (dirigida a mujeres para corregir brechas de género), estos se pagarán de manera automática junto a la pensión.

Acceso a Información y Consultas

Para consultar el historial de pagos de pensión, los afiliados pueden ingresar a su Sucursal Virtual con su RUT y Clave de Acceso. Una vez dentro, en el “Resumen de mi Pensión”, deben seleccionar el menú desplegable “Quiero” y elegir la opción “Historial de Pagos de Pensión”.

La fecha de pago de la pensión puede variar si se recibe a través de un convenio internacional, debiendo sumar aproximadamente 10 días hábiles a la fecha informada en el calendario de pago.

Para cualquier consulta, puede comunicarse al Contact Center llamando al 600 201 0150. El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs. (o de lunes a jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs., según corresponda).

Imagen de un centro de llamadas o personas interactuando con servicio al cliente

tags: #pago #de #pensiones #de #jubilados