La normativa vigente en materia de seguridad social establece diversas reglas sobre la obligatoriedad de cotizar para salud, tanto para trabajadores activos como para pensionados. A continuación, se detallan los aspectos clave sobre estas obligaciones, las exenciones disponibles y los mecanismos de acceso a beneficios.

Obligaciones para trabajadores que emiten boletas de honorarios
La Ley N° 21.133 determina que todas las trabajadoras y los trabajadores que emiten boletas de honorarios están obligados a cotizar, por lo que no existe la opción de renunciar a esta obligación. No obstante, los contribuyentes pueden optar a una gradualidad para el cálculo de sus cotizaciones de salud y pensiones; actualmente, esta cobertura parcial corresponde a un 70%.
Situación de los pensionados y la cotización de salud
Una duda frecuente es sobre la continuidad de la cotización una vez que una persona se jubila. Si bien al pensionarse se entiende que la persona deja de trabajar y, por ende, de cotizar obligatoriamente en su AFP, la cotización post-retiro mantiene ventajas, especialmente relacionadas con el acceso a licencias médicas. La legislación exige que, para acceder a este beneficio, el trabajador registre al menos tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia.
Exenciones según vulnerabilidad económica
Actualmente, la legislación exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenecen al 80% más vulnerable de la población, independientemente de si están afiliados a FONASA o a una ISAPRE.
| Condición | Detalle |
|---|---|
| Pensión Básica Solidaria | Eximidos si pertenecen al 20% más vulnerable (carentes de recursos). |
| Aporte Previsional Solidario | No se encuentran eximidos de esta cotización. |
| Exclusiones | Pensionados de Capredena o Dipreca no tienen derecho a este beneficio. |
Procedimiento para acceder a beneficios
Para aquellos que cumplen con los requisitos de puntaje, edad y residencia, el proceso para acceder a las exenciones o beneficios de salud requiere seguir estos pasos:
- Solicitar la realización del Registro Social de Hogares en la municipalidad correspondiente.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos de puntaje y residencia.
- Solicitar el beneficio directamente en el IPS o a través de los canales de atención de ChileAtiende.

Gestión de cotizaciones en salud
En el caso de trabajadores dependientes o pensionados, el aporte legal para salud es del 7% de la renta o pensión. Dependiendo de la institución, la normativa varía:
- FONASA: Al incorporar una carga legal, la cotización obligatoria del 7% se mantiene constante.
- ISAPRE: Al incorporar una carga legal o médica, la cotización puede aumentar.
Es importante destacar que, en caso de fallecimiento del cotizante, la ISAPRE tiene derecho a percibir las cotizaciones de salud provenientes de las pensiones devengadas. Al término de este periodo, el beneficiario podrá optar por contratar el mismo Plan de Salud Complementario u otro disponible comercialmente.