Pensión por Invalidez: Qué Significa y Cómo se Otorga

La pensión por invalidez es un beneficio otorgado a aquellos trabajadores que, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufren un menoscabo permanente en su capacidad de trabajo. La decisión de otorgar esta pensión suele basarse en un dictamen emitido por un médico contralor o una comisión médica, que evalúa el grado de pérdida de capacidad laboral.

Tipos de Pensión por Invalidez

Existen dos tipos principales de pensión por invalidez, determinados por el porcentaje de pérdida de capacidad de trabajo:

Pensión de Invalidez Total

Se otorga a las personas afiliadas que presentan una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En estos casos, la invalidez se considera definitiva.

Pensión de Invalidez Parcial

Corresponde a las personas afiliadas con una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios. Este tipo de pensión tiene un carácter transitorio y generalmente dura tres años.

Esquema comparativo de los tipos de pensión por invalidez (total vs. parcial)

Proceso de Evaluación y Otorgamiento de la Pensión

El proceso para obtener una pensión por invalidez implica varias etapas, desde la solicitud hasta la evaluación médica y la emisión de dictámenes.

Solicitud de la Pensión

Los trabajadores pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que están afiliados. Para agilizar el trámite, si se cuentan con antecedentes médicos relevantes, estos pueden ser enviados directamente al correo electrónico de la Comisión Médica Regional correspondiente al domicilio del solicitante.

Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)

Una vez presentada la solicitud, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar. Durante esta entrevista, se entregan las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas necesarias, de acuerdo con los impedimentos declarados por el afiliado. Si la solicitud se considera fundada, la CMR puede designar a un médico asesor para guiar al solicitante en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, sin costo alguno.

Flujograma del proceso de solicitud y evaluación de la pensión por invalidez

Para que el impedimento o enfermedad sea considerado válido, la CMR determina si este es:

  • Objetivo
  • Demostrable
  • Que se hayan agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles
  • Que se haya cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación

Emisión del Primer Dictamen

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga la pensión de invalidez, la cual puede ser total o parcial. Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, puede presentarlos en la AFP al momento de firmar la solicitud.

Reevaluación de la Invalidez

En el caso de una pensión de invalidez parcial, el primer dictamen tiene un carácter transitorio y dura tres años. Al finalizar este período, se efectúa una reevaluación de la invalidez. Si en esta reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado vuelve a ser considerado activo.

Si se acepta la invalidez en forma total o parcial tras la reevaluación, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez.

Es importante destacar que las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta no requieren ser reevaluadas por la comisión médica. Sin embargo, si se trata de una invalidez parcial, el beneficiario tiene derecho a solicitar otra reevaluación si sus impedimentos han progresado.

Pensión de Invalidez: ¿Qué es? ¿Cómo se calcula? y ¿Quién la Obtiene?

Financiamiento de la Pensión

El financiamiento de la pensión por invalidez depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Si tiene cobertura del SIS: la pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin. Las personas afiliadas menores de 65 años, hombres o mujeres (estas últimas deben haber optado por continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), que sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, son elegibles.

Apelaciones y Reclamos

En caso de que la solicitud de pensión de invalidez sea rechazada, existe la posibilidad de apelar.

Apelación ante la Comisión Médica Central (CMC)

El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta 15 días hábiles desde la fecha de notificación del dictamen. La CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

La apelación se puede presentar por escrito presencialmente en la Comisión Médica o a través del sitio apeleaciones.comisionesmedicas.cl.

Información Adicional

El trámite para la pensión de invalidez se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la AFP y oficinas ChileAtiende. La pensión de invalidez parcial, otorgada en el primer dictamen, se recibe hasta el último día del mes en que el beneficiario cumpla 65 años.

Es fundamental tener presente que la declaración de invalidez emitida por una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez; esta última depende de la evaluación completa del caso y el cumplimiento de los requisitos.

Infografía sobre los derechos y plazos en el proceso de pensión por invalidez

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