La correcta divulgación y comprensión de la información financiera de los fondos de pensiones es crucial para la transparencia y la toma de decisiones informada. La evidencia internacional a menudo revela tanto diferencias como similitudes con las propuestas de regulación locales. En este contexto, la Superintendencia de Pensiones establece directrices detalladas para la confección y presentación de los estados financieros de estos fondos, asegurando uniformidad y claridad.

Evolución de los Formularios de Reporte
La normativa que rige la presentación de información por parte de los fondos de pensiones ha sido objeto de actualizaciones periódicas para adaptarse a las necesidades del mercado y a los estándares regulatorios.
Agregaciones y Renumeraciones
Los formularios D-2.14 y D-2.15 fueron inicialmente agregados mediante la Norma de Carácter General Nº 98, con fecha del 16 de diciembre de 2013. Posteriormente, en una revisión más amplia, los antiguos formularios D-2.11 al D-2.15 fueron renumerados. Además, se incorporaron nuevos formularios: D-2.11, D-2.12, D-2.13 y D-2.15, conforme a la Norma de Carácter General Nº 138, del 11 de marzo de 2015.
Modificaciones y Eliminaciones Posteriores
La Norma de Carácter General N° 195, emitida el 16 de febrero de 2017, introdujo nuevas modificaciones. En particular, se cambió el nombre del formulario D-2.15 y se agregaron los formularios D-2.16 al D-2.18. Asimismo, esta misma normativa dispuso la eliminación de los formularios D-3.2 y D-3.3, optimizando el conjunto de herramientas de reporte.
Directrices Generales para la Confección de Estados Financieros
La Superintendencia de Pensiones establece un marco estricto para la elaboración de los estados financieros, buscando garantizar la consistencia y comparabilidad de la información.
Normas de Presentación
Los estados financieros deben ser confeccionados de acuerdo con las normas específicas impartidas por la Superintendencia. Es fundamental que, en todos los formatos de esta sección, la información se presente para todos los Tipos de Fondos de Pensiones de la Administradora, siguiendo las indicaciones precisas del Anexo N° 1. Las cifras, tanto de los estados financieros como de sus notas explicativas, deben expresarse en miles de pesos, sin decimales, salvo que se indique lo contrario de forma expresa.
Valorización y Clasificación de Activos de Fondos de Pensiones
La valorización de los instrumentos financieros es un pilar fundamental en la presentación de la información contable de los Fondos de Pensiones.
Instrumentos Financieros Estatales
Se refiere al valor de los instrumentos financieros emitidos por instituciones estatales, que pertenecen a los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe conforme a las normas vigentes.
Instrumentos Financieros de Instituciones Financieras
Corresponde al valor de los instrumentos financieros emitidos o garantizados por instituciones financieras, que son propiedad de los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe según la normativa aplicable.
Instrumentos de Empresas, Fondos de Inversión y Fondos Mutuos
Este ítem agrupa el valor de los instrumentos emitidos por empresas, fondos de inversión y fondos mutuos que forman parte de los Fondos de Pensiones, valorizados a la fecha del informe de acuerdo con las normas vigentes.
Inversiones Extranjeras
Engloba el valor de los instrumentos financieros emitidos o garantizados por instituciones extranjeras, incluyendo la inversión indirecta en el extranjero a través de cuotas de fondos de inversión y cuotas de fondos mutuos, según lo señalado en la letra h) del inciso 2° del artículo 45 del D.L. N° 3.500. La proporción de la inversión realizada en el extranjero a través de estos fondos de inversión y mutuos debe considerarse en este punto, valorizados a la fecha del informe según las normas vigentes.

Inversiones que Exceden Límites Legales
Se debe reportar el valor de aquellas inversiones que, perteneciendo a los Fondos de Pensiones y valorizadas según las normas vigentes a la fecha del informe, exceden los límites de inversión establecidos en el D.L. N° 3.500 y en el Régimen de Inversión de los Fondos de Pensiones. Esto incluye:
- Inversiones en instituciones estatales que excedan los límites.
- Inversiones en instituciones financieras que excedan los límites.
- Inversiones en empresas que excedan los límites.
- Inversiones en activos alternativos nacionales que excedan los límites.
- Inversiones en el extranjero que excedan los límites.
- Inversiones en activos alternativos extranjeros que excedan los límites.
- Instrumentos nacionales entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones que excedan los límites.
- Instrumentos extranjeros entregados en préstamo o mutuo por parte de los Fondos de Pensiones que excedan los límites.
Cuentas Contables Clave y su Valorización
Además de los activos, las cuentas contables reflejan los flujos y situaciones particulares de los Fondos de Pensiones.
Recaudación y Beneficios
Se refiere a los saldos de diversas cuentas de mayor a la fecha del informe:
- Saldo de la cuenta "Recaudación y canje del mes".
- Saldo de la cuenta "Recaudación clasificada".
- Saldo de la cuenta "Recaudación por aclarar".
- Saldo de la cuenta "Beneficios".
Cotizaciones Impagas
Este saldo de la cuenta de mayor "Cotizaciones impagas" debe incluir el valor actualizado, con los reajustes e intereses legales, de:
- Cotizaciones, depósitos y aportes no pagados dentro de los plazos del artículo 19 del D.L. N° 3.500, para los cuales el empleador sí efectuó la declaración obligatoria y que al cierre del mes informado estén impagas.
- Cotizaciones, depósitos y aportes no pagados dentro de los plazos del artículo 19 del D.L. N° 3.500, para los cuales el empleador no efectuó la declaración obligatoria y que al cierre del mes informado estén pendientes de pago o aclaración.
Garantías Asociadas a Inversiones
Corresponde al valor en pesos de las garantías asociadas a las inversiones del Fondo de Pensiones en los activos a los que se refieren las letras n.5), n.6) y n.7).
Estado de Variación Patrimonial de los Fondos de Pensiones
El estado de variación patrimonial detalla los movimientos que afectan el valor del patrimonio de los Fondos de Pensiones durante un período específico.
Saldo Inicial y Aportes al Patrimonio
Para el período actual, se debe indicar el valor del patrimonio de los Fondos de Pensiones, expresado en pesos, al 1° de enero del año al que se refiere el informe. Los conceptos que abonan al patrimonio durante el período informado incluyen:
- Cotizaciones previsionales obligatorias (inciso primero del artículo 17 e inciso tercero del artículo 69 del D.L.).
- Cotizaciones previsionales voluntarias (artículo 18 del D.L.).
- Depósitos convenidos (artículo 20 del D.L.).
- Depósitos de ahorro voluntario (artículo 21 del D.L.).
- Depósitos de ahorro previsional voluntario abonados al patrimonio del Fondo de Pensiones Tipo C (artículo 20 del D.L.).
- Cotizaciones previsionales de afiliados voluntarios (artículo 92 J del D.L.).
- Depósitos de ahorro previsional voluntario colectivo abonados al patrimonio del Fondo de Pensiones Tipo C (artículo 20 F del D.L.).
- Aportes adicionales y contribuciones que debe enterar la Administradora (artículos 53 y 54 del D.L.).
- Aportes del Estado.
- Traspasos recibidos desde otros Fondos de Pensiones de la misma Administradora y destinados a cuentas personales.
- Traspasos recibidos desde Fondos de Pensiones de otras Administradoras y destinados a cuentas personales.

Deducciones del Patrimonio
Durante el período del informe, se rebajan del patrimonio de los Fondos de Pensiones los siguientes conceptos:
- Comisiones devengadas.
- Comisiones porcentuales devengadas de diversas cuentas (capitalización individual de cotizaciones obligatorias, afiliado voluntario, cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos, ahorro previsional voluntario colectivo, ahorro de indemnización, ahorro voluntario y rezagos).
- Transferencias al Estado.
- Traspasos hacia otros Fondos de Pensiones de la misma Administradora (cuentas personales, rezagos y dictámenes de reclamo).
- Traspasos hacia Fondos de Pensiones de otras Administradoras (cuentas de capitalización individual, ahorro voluntario, ahorro de indemnizaciones, rezagos y dictámenes de reclamo).
- Devengamiento de beneficios establecidos en el D.L. N° 3.500.
- Devengamiento de retiros programados (artículo 65 del D.L.).
- Devengamiento de rentas temporales (artículo 64 del D.L.).
- Devengamiento de herencias (artículos 66, 67 y 87 del D.L.).
- Traspasos de primas de las rentas vitalicias a compañías de seguros (artículo 62 del D.L.).
- Cuotas mortuorias (artículo 88 del D.L.).
- Devengamiento de excedentes de libre disposición (artículos 62, 64 y 65 del D.L.).
- Traspaso desde el Fondo de Pensiones Tipo C hacia los restantes Fondos de Pensiones de la misma Administradora, incluyendo aportes adicionales (artículos 53 y 54 del D.L.).
- Solicitudes de retiros de ahorro voluntario aprobados.
- Solicitudes de retiros de ahorro previsional voluntario aprobados.
- Solicitudes de retiros de ahorro previsional voluntario colectivo aprobados.
- Transferencias de ahorro previsional voluntario desde el Fondo de Pensiones Tipo C hacia instituciones autorizadas o a otros Fondos de Pensiones.
- Transferencias de ahorro previsional voluntario colectivo desde el Fondo de Pensiones Tipo C hacia instituciones autorizadas o a otros Fondos de Pensiones.
- Impuestos a los retiros de ahorro voluntario, ahorro de indemnización, ahorro previsional voluntario, ahorro previsional voluntario colectivo y beneficios, cuando proceda dicho gravamen.
Saldo Final del Patrimonio
Finalmente, se deberá informar el valor del patrimonio de los Fondos de Pensiones, expresado en pesos, a la fecha de cierre del período informado.

Periodos de Informe para el Estado de Variación Patrimonial
El "Ejercicio actual" en el casillero correspondiente debe abarcar desde el 1° de enero hasta el último día del período al que se refiere el estado de variación patrimonial. Por otro lado, el "Ejercicio anterior" corresponde al mismo período, pero del año precedente. Para la confección de este estado, deben seguirse las instrucciones detalladas en el numeral 1.2 del "Estado de variación patrimonial de los Fondos de Pensiones (En miles de pesos)". Existe una tabla de equivalencia entre los códigos de este estado y los señalados en el numeral 1.2.
Reporte de Rentabilidad
La rentabilidad es un indicador clave del desempeño de los Fondos de Pensiones, y su reporte se desglosa en valores monetarios y porcentajes.
Rentabilidad en Miles de Pesos (M$)
Las columnas "Rentabilidad M$" para cada Tipo de Fondos de Pensiones reflejan el valor en miles de pesos de la rentabilidad obtenida durante el período informado, segregada por tipo de instrumento, sus agrupaciones y el total de la cartera.
Rentabilidad Porcentual (%)
Las columnas "Rentabilidad %" para cada Tipo de Fondos de Pensiones corresponden al valor porcentual de la rentabilidad obtenida durante el período informado.
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