La legislación chilena ha avanzado significativamente en la promoción de la igualdad de oportunidades y la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad. Este marco legal busca garantizar su plena participación en la sociedad y el mercado de trabajo.
Marco Legal de la Inclusión
La base de la normativa actual se estableció el 10 de febrero de 2010 con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad. Esta ley se fundamenta en principios clave como la vida independiente, la accesibilidad universal, el diseño universal, la intersectorialidad, la participación y el diálogo social.
Posteriormente, en 2017, la Ley N° 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral, actualizó y modificó específicamente la Ley N° 20.422. El objetivo de esta nueva ley es fomentar, tanto en los organismos del Estado como en empresas privadas, la inclusión laboral de personas con discapacidad en igualdad de condiciones, prohibiéndose todo acto discriminatorio por su condición.

Criterios de Contratación y Obligaciones Empresariales
La Ley N° 21.015, que comenzó a regir desde el 1° de abril de 2018, establece una cuota mínima de trabajadores con discapacidad en entidades públicas y privadas. Las empresas que cuenten con 100 o más trabajadores deberán contratar al menos el 1% de personas con discapacidad. Para el cálculo de este porcentaje, el número de trabajadores resultante debe ser multiplicado por 1%.
Información y Fiscalización
La Dirección del Trabajo ha promovido activamente la difusión de la Ley N° 21.015 para fomentar la participación de personas con discapacidad en el mundo laboral. Instancias como jornadas informativas y talleres explicativos se han realizado en colaboración con el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis) y la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), congregando a numerosas empresas interesadas en contratar a trabajadores con discapacidad.
Las empresas afectas a la Ley de Inclusión Laboral deben informar a la Dirección del Trabajo el cumplimiento alcanzado. En enero de 2020, las empresas que contaron con 100 o más trabajadores durante el año 2019, tuvieron que efectuar una comunicación electrónica ante la Dirección del Trabajo dando cuenta del cumplimiento de la ley.
Medidas Alternativas de Cumplimiento
Si una empresa no puede cumplir con la ley de inclusión laboral mediante la contratación directa de personas con discapacidad, existe la posibilidad de optar por medidas alternativas, como los contratos de prestación de servicios con empresas que a su vez contraten a personas con discapacidad o las donaciones en dinero. Es importante destacar que, durante el período comprendido entre el 1º de abril de 2018 y el 1º de abril de 2020, las empresas pudieron cumplir la ley de inclusión mediante alguna de estas medidas alternativas sin necesidad de contar con una razón fundada.
Razones Fundadas para Medidas Alternativas
Para recurrir a estas medidas alternativas de forma permanente, la empresa debe acreditar razones fundadas que justifiquen la imposibilidad de cumplir con la cuota de contratación directa. Estas razones incluyen:
- Falta de personas interesadas en la oferta laboral: Para acreditar este punto, la empresa debe haber publicado sus ofertas de empleo en la Bolsa Nacional de Empleo u otro medio, sistema o plataforma de intermediación laboral de acceso público.
- La naturaleza de las funciones: Se entiende que esta razón se configura cuando, por sus características o especialidad, los procesos o actividades no pueden ser desarrollados por personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
- No contar con cupos disponibles en la dotación de personal.
- La falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos: Esto ocurre cuando no hubieran postulado personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez o sus postulaciones no hubieran cumplido el perfil requerido.
Este criterio será aplicable de manera proporcional solo a aquellos meses en que la empresa estuvo obligada a cumplir con la reserva legal de contratación.
Donaciones como Medida Alternativa
Las asociaciones, corporaciones o fundaciones que reciban donaciones deben ser parte del Registro de Donatarios acogido a la Ley de Inclusión del Ministerio de Desarrollo Social. El monto máximo de las donaciones corresponde al límite máximo imponible establecido en el artículo 16 del decreto ley Nº 3.500 de 1980, correspondiente a UF78,3.
Condiciones Laborales y Protección de Datos
La ley establece que todos los tipos de contratos de trabajo definidos en el Código del Trabajo son aplicables para personas con discapacidad, así como todas las jornadas de trabajo, con las mismas regulaciones que para cualquier otro trabajador.
Toda información referida a una discapacidad o a la asignación de una pensión de invalidez se considera un dato sensible. Como tal, se rige bajo la Ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada. Por tanto, el empleador no puede obligar legalmente a una persona a entregar esta documentación. Asimismo, el empleador no puede publicar una oferta de trabajo donde se considere como requisito o condición excluyente el tener discapacidad para postular a dicha oferta laboral.
La importancia de la inclusión laboral en Chile | Sana Mente
Impacto y Desafíos de la Inclusión Laboral
La ministra del Trabajo ha destacado que los desafíos planteados por la ley inicialmente aún no se cumplen en todas las empresas ni en todo el sector público, lo que requiere que el conjunto de la sociedad y los empleadores realicen las adaptaciones necesarias. Por su parte, la directora nacional (s) de Senadis, Karen Astorga, ha enfatizado que la ley representa un importante avance para la vida laboral de las personas con discapacidad, mejorando el mecanismo de contratación, cumplimiento y fiscalización.
Empresas como Nestlé Chile han logrado resultados positivos gracias a iniciativas que promueven la contratación de personas con discapacidad, a través de programas de apresto laboral y escuelas de habilidades sociolaborales, excediendo incluso el estándar que establece la normativa. Pedro Bravo, trabajador de Nestlé, expresó su agradecimiento por la ley, destacando el apoyo recibido y su compromiso con el trabajo.
Actualizaciones Legislativas Recientes
En junio de 2024, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez, reforzando el marco existente.
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