La legislación chilena establece un marco normativo específico para la atención y protección de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos o que han infringido la ley penal. El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (anteriormente conocido como SENAME) juega un rol fundamental en la implementación de estas normativas, garantizando la protección integral y la reinserción social.
Ámbito de Aplicación y Sanciones Penales para Adolescentes
Esta Ley se aplica a los jóvenes que, al momento de cometer un delito, sean mayores de 14 y menores de 18 años, recogiendo las recomendaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) en relación a relevar las características propias de la adolescencia en el abordaje penal. Además, se establecen tiempos límite para la imposición de una sanción penal.
Así, para los imputados que dieron principio de ejecución de un delito siendo mayores de 14 y menores de 16 años, el tiempo máximo de sanción es de 5 años. Quienes hayan dado principio de ejecución de un delito siendo mayores de 16 y menores de 18 años, el tiempo máximo de sanción puede ser de hasta 10 años.
En la ejecución de la sanción, junto al adolescente se construye un plan de intervención individual que es aprobado judicialmente. Este plan establece compromisos específicos que apuntan a disminuir la reincidencia y apoyar su reinserción social.

Principios Rectores del Servicio
El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia opera bajo una serie de principios fundamentales:
- Legalidad: Conforme a este principio, sólo podrán castigarse las conductas expresamente señaladas con las penas establecidas, tanto en el Código Penal como en leyes penales especiales.
- Proporcionalidad y diversidad de las sanciones: La ley dedica un completo catálogo de sanciones ajustado a la gravedad del hecho y la edad del imputado.
- Interés superior del niño, niña o adolescente: Todas las acciones deben priorizar el bienestar y los derechos de los menores.
- Igualdad y no discriminación arbitraria: Se garantiza el trato equitativo sin importar diferencias arbitrarias.
- Autonomía progresiva: Se reconoce y respeta la capacidad creciente del adolescente para tomar decisiones.
- Perspectiva de género: Se consideran las diferencias y desigualdades de género en la intervención.
- Inclusión: Se promueve la participación de todos los niños, niñas y adolescentes, sin exclusiones.
- Protección social: Se busca asegurar el bienestar y el acceso a redes de apoyo.
- Participación efectiva: Se garantiza la escucha y opinión de los niños, niñas y adolescentes en las decisiones que les afecten.
Objeto y Naturaleza del Servicio
El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Este ministerio garantizará el cumplimiento de las normas que rigen la labor del Servicio y sus colaboradores acreditados.
El objeto principal del Servicio es garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos.
El Servicio deberá asegurar la provisión y ejecución de programas especializados para abordar casos de mediana y alta complejidad. Asimismo, deberá garantizar, en el ámbito de su competencia y atribuciones, el pleno respeto a los niños, niñas y adolescentes en su calidad de sujetos de derechos de especial protección, así como sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales ratificados por Chile.
El Servicio actuará de un modo acorde a la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción, garantizando el derecho de acceso a la justicia, que de forma independiente al Servicio, se otorgue a los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención. De acuerdo con la ley, el Servicio ejercerá sus funciones con un enfoque de derechos, en concordancia con la dignidad humana del niño, niña o adolescente.

Funcionamiento y Prestaciones del Servicio
El Servicio proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, por sí o a través de terceros. En caso de que niños, niñas o adolescentes resulten dañados por falta de servicio, la indemnización por el daño moral será fijada por el juez, quien deberá considerar la gravedad del daño y la modificación de las condiciones de existencia del afectado.
Sujetos de Atención
El Servicio dirigirá su acción a los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, seguirán siendo sujetos de atención aquellos que tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.
Estructura Organizacional y Funciones
El Servicio cuenta con una estructura jerárquica y departamental para el cumplimiento de sus objetivos.
Dirección Nacional
El Director o Directora Nacional durará cinco años en su cargo, pudiendo renovarse su nombramiento por una sola vez. Será nombrado mediante el Sistema de Alta Dirección Pública.
Las funciones del Director/a Nacional incluyen:
- Dirigir, organizar, planificar, coordinar y supervigilar el funcionamiento del Servicio.
- Asesorar e informar al Ministro de Justicia en los asuntos propios de la competencia del Servicio.
- Velar por el cumplimiento de las normas aplicables al Servicio y adoptar las medidas necesarias para asegurar su eficiente funcionamiento.
- Celebrar convenios con instituciones colaboradoras, fijar plazos, condiciones y demás modalidades, modificarlos y ponerles término.
- Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines específicos del Servicio, con cargo a los recursos asignados.
- Convocar a propuestas públicas, aceptarlas o rechazarlas.
- Proponer al Ministro de Justicia planes, programas y el presupuesto anual del Servicio y administrar los recursos asignados.
- Administrar los bienes del Servicio y velar por su buen uso y conservación.
- Decidir, de acuerdo con el reglamento, respecto de la asistencia a instituciones públicas o privadas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos del Servicio.
- Delegar sus facultades, cuando lo estime conveniente, en los Directores Regionales, jefes o funcionarios del Servicio.
- Dictar las resoluciones generales o particulares necesarias para el ejercicio de sus atribuciones.
- Cumplir con las demás obligaciones que le impongan las leyes y reglamentos.
Departamentos y Unidades
El Servicio se organiza en diversos departamentos y unidades, cada uno con funciones específicas:
- Departamento de Administración y Finanzas: Asesora al Director Nacional en aspectos administrativos y financieros, vigila la conservación de bienes, propone el programa financiero y presupuesto anual, y cumple con las obligaciones de administración general y financiera del Estado.
- Departamento de Adopción: Interviene en el programa de adopción, actuando a través de las Unidades de Adopción de sus Direcciones Regionales, ejerciendo supervisión y fiscalización.
- Departamento de Auditoria: Se pronuncia sobre la eficacia de las unidades, verifica el aprovechamiento de recursos, efectúa fiscalizaciones en terreno, evalúa sistemas de control interno y propone normas y procedimientos de control.
- Departamento de Justicia Juvenil: Pone a disposición de colaboradores modelos y metodologías de intervención, resultados de estudios y evaluaciones, y sistematiza experiencias y buenas prácticas. Visita centros o programas para reunirse con adolescentes y equipos técnicos.
- Departamento Jurídico: Informa en derecho al Director Nacional sobre la correcta aplicación de leyes y reglamentos, asesora en materias de su competencia y otorga visación jurídica a normas obligatorias.
- Departamento de Personas: Realiza estudios sobre recursos humanos, administra la selección de personal, propone movilidad del personal y aplica el régimen estatutario, velando por el bienestar y desarrollo del personal.
- Departamento de Planificación y Control de Gestión: Mantiene datos estadísticos, asesora al Director Nacional en la programación del Servicio y centraliza e interpreta información para la toma de decisiones.
- Departamento de Protección de Derechos: Elabora proyectos de planes y programas de atención de menores, se pronuncia sobre asistencia técnica, material o financiera a instituciones coadyuvantes y evalúa avances de planes técnicos.
- Unidad de Comunicaciones: Programa, organiza y coordina actividades de comunicaciones y relaciones públicas, mantiene información oficial y desarrolla un sistema de comunicaciones con los medios de difusión.
- Unidad de Infraestructura e Inversión: Propone al Ministerio de Justicia planes y programas destinados a prevenir y remediar situaciones que afectan a los menores para su desarrollo integral.
Líneas de Acción y Modalidades de Atención Especializada
El Servicio implementa diversas líneas de acción y modalidades de atención especializada para garantizar la protección integral de niños, niñas y adolescentes:
- Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia.
- Intervenciones ambulatorias de reparación.
- Fortalecimiento y vinculación.
- Cuidado alternativo.
- Adopción.
Los programas de protección especializada se diseñan en base a evidencia técnica y territorial, evaluaciones anteriores realizadas por el Servicio o terceros, y considerando las evaluaciones del Ministerio de Desarrollo Social y Familia u otros organismos competentes.
Adopción
La línea de acción de adopción comprende toda actividad tendiente a procurar al niño, niña o adolescente una familia que le brinde afecto y satisfaga sus necesidades vinculares y materiales, cuando ello no pueda ser proporcionado por su familia de origen, conforme a la normativa de adopción vigente.
Fiscalización y Colaboradores Acreditados
El Servicio contará con una unidad de fiscalización cuya función será supervisar y controlar a los colaboradores acreditados, pudiendo aplicar sanciones en casos calificados. Los colaboradores acreditados son personas jurídicas que han adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos que afecten a niños, niñas y adolescentes y el correcto uso de recursos públicos.
La infracción gravísima, como la ocurrencia de delitos contra la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes, o el mal uso de recursos públicos, puede ser sancionada hasta con el término de la acreditación.
Registro de Colaboradores Acreditados
El Servicio deberá mantener y administrar un registro de los colaboradores acreditados, disponible en su página web y actualizado anualmente.
Reformas Legales y Futuro del Sistema
A partir de la promulgación en marzo de 2022 de la Ley sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, Chile cuenta con un marco normativo general para enfrentar integralmente la protección de sus derechos. La puesta en marcha del nuevo servicio "Mejor Niñez" y la creación del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil buscan fortalecer la institucionalidad para el respeto, protección, promoción y realización de los derechos de la niñez y adolescencia.
Se destaca la necesidad de políticas públicas que aseguren a las familias condiciones socioeconómicas suficientes para cumplir su rol protector, y la mejora de la coordinación entre la oferta programática de protección especializada y la protección social dirigida a las familias. Asimismo, se requiere reformular el cuidado alternativo residencial para evitar la masividad en residencias y fortalecer el trabajo con las familias para la reunificación.
En el ámbito de la responsabilidad penal adolescente, se busca establecer un nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil especializado, que coordine y entregue una oferta programática orientada a la efectiva reinserción social y a la promoción de conductas que permitan a los adolescentes desistir de la comisión de delitos. Se plantea la mejora de las condiciones de los centros de privación de libertad, tanto en infraestructura como en la supervisión de programas.
