Jubilación Anticipada por Trabajo Pesado en Chile: Guía Completa

La jubilación anticipada en Chile es un mecanismo que permite a los trabajadores acceder a su pensión antes de alcanzar la edad legal de jubilación, la cual es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres. Este sistema está pensado para aquellos trabajadores que, por distintas razones, desean o necesitan retirarse antes de cumplir con la edad estándar establecida por la ley.

La jubilación anticipada es el retiro voluntario antes de la edad legal de pensión, permitido bajo ciertos requisitos. Se puede acceder si se cuenta con una pensión autofinanciada que sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 años y al 80% de la pensión máxima con aporte solidario.

Regulación de la Jubilación Anticipada

La jubilación anticipada en Chile está regulada principalmente por el Decreto Ley N° 3.500 de 1980, que establece el actual sistema de pensiones basado en la capitalización individual. Este decreto regula tanto las condiciones como los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipada, incluyendo las modalidades de cálculo de pensiones y las características de los fondos de pensiones.

Requisitos para Acceder a la Jubilación Anticipada

Para acceder a la jubilación anticipada, se deben cumplir ciertos requisitos específicos. Estos varían dependiendo del tipo de pensión al que se aspire. Los requisitos principales son:

  • Monto de la pensión: el afiliado debe haber acumulado en su cuenta de capitalización individual un monto suficiente que le permita financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles de los últimos 10 años laborales.
  • Pensión mínima: además, la pensión que se obtenga mediante la jubilación anticipada no puede ser inferior al 80% de la pensión máxima con aporte solidario (PMAS) que corresponda al momento de la solicitud.
  • Contar con una pensión igual o superior a 12 unidades de fomento (UF).

Antes de optar por la jubilación anticipada, el trabajador debe someterse a un proceso de simulación de pensión, donde se calcula si los fondos acumulados son suficientes para garantizar los requisitos mencionados.

Requisitos Específicos para Jubilación por Trabajo Pesado

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Para acceder a ella, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser imponente de cualquier régimen administrado por el IPS, registrando 1.200 semanas de imposiciones como mínimo (equivalente a 23 años).
  • Haber realizado una labor que se encuentre calificada como trabajo pesado por al menos cinco años, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional.

Tendrás una rebaja de edad de un año por cada cinco trabajados en la labor calificada, con un tope de cinco años. Si eres imponente de los regímenes administrados por el IPS, y las labores que realizaste son reconocidas por esta institución o la Comisión Ergonómica Nacional, igualmente tendrás derecho a la rebaja de edad, sin importar si cotizaste adicionalmente como normalmente se exige.

Determinación del Monto de la Pensión Anticipada

Tu pensión anticipada se financia con los saldos de ahorro previsional en las cuentas obligatorias, voluntarias y depósitos convenidos, así como también del Bono de Reconocimiento y su complemento (si éstos corresponden).

Para determinar el monto mensual a pagar por Pensión de Vejez, la AFP emitirá 10 días hábiles después de iniciar el proceso de solicitud de pensión el Certificado de Saldo (que detalla los fondos disponibles) y calculará tu Ingreso Base. A partir de ahí puedes iniciar el paso de Solicitud de Ofertas en el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) con la AFP, una compañía de seguros o un asesor previsional. Podrás pedir hasta 3 solicitudes de ofertas mientras esté vigente el Certificado de Saldo (35 días hábiles).

El paso a paso para pensionarse en Chile

Factores Clave para el Monto de la Pensión

En cualquier caso, las ofertas de pensión van a considerar 3 factores clave para determinar el monto a pagar por tu Pensión Anticipada:

  • Tu saldo acumulado.
  • Número de beneficiarios.
  • Tu expectativa de vida.

El saldo acumulado se reajusta cada año gracias a los nuevos aportes y la rentabilidad que ganan.

Ventajas y Desventajas de la Jubilación Anticipada

Optar por la jubilación anticipada puede tener tanto ventajas como desventajas:

Ventajas:

  • Flexibilidad: permite al trabajador retirarse antes de la edad legal, lo que puede ser beneficioso para quienes ya no desean o no pueden continuar trabajando.
  • Acceso a fondos: posibilidad de comenzar a recibir la pensión y disponer de los fondos acumulados para proyectos personales o necesidades urgentes.

Desventajas:

  • Monto de la pensión: al retirarse antes, el monto de la pensión puede ser significativamente menor, dado que no se seguirán realizando aportes y la acumulación de fondos se detiene.
  • Vida útil de los fondos: existe el riesgo de que los fondos acumulados no sean suficientes para cubrir todos los años de vida post-jubilación, lo que podría implicar dificultades financieras en el futuro.
  • Pérdida del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Es importante recalcar que al pensionarse se pierde el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el que protege al afiliado y a su familia. El SIS realiza un aporte a la cuenta obligatoria en forma de pensión en caso de invalidez parcial o un monto total en el caso de pensión de invalidez total, como también a sus beneficiarios en caso de fallecer antes de pensionarse. Este seguro cubre si se está cotizando hasta los 65 años.

Es fundamental evaluar la expectativa de vida, responsabilidades familiares, inflación y costos de vida, y buscar asesoramiento profesional antes de tomar la decisión.

Modalidades de Pensión para la Jubilación Anticipada

En el sistema chileno, una vez que se cumplen los requisitos para la jubilación anticipada, el trabajador puede optar por distintas modalidades de pensión:

1. Retiro Programado

Es la modalidad de pensión que paga la AFP con cargo a la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado. El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de la cuenta individual, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida del afiliado y/o la de sus beneficiarios y la tasa vigente de cálculo de los retiros programados. En el retiro programado el afiliado mantiene la propiedad de sus fondos y puede cambiarse de AFP y de modalidad de pensión.

En la modalidad de Retiro Programado puedes ajustar tu pensión a un monto inferior al máximo calculado, pero no menor a la Pensión Básica Solidaria (garantizada por el Estado), dependiendo de la fecha en que se pensionó.

2. Renta Vitalicia Inmediata

Consiste en contratar una renta vitalicia con una compañía de seguros. La aseguradora se compromete a pagar una pensión mensual de por vida al afiliado. En esta modalidad la AFP traspasa a la Compañía de Seguros de Vida los fondos previsionales del afiliado para financiar la pensión contratada.

Período Garantizado

Esta condición especial de cobertura implica que si el afiliado fallece antes del término del período garantizado, la Compañía de Seguros de Vida le garantiza el pago del 100% de la pensión contratada distribuida entre sus beneficiarios legales, por todo el tiempo remanente. Al término de dicho período, el pago de las pensiones de sobrevivencia se efectuará en los porcentajes que establece la ley.

Cláusula de Incremento de Porcentaje

Esta segunda condición especial de cobertura significa que al fallecimiento del afiliado, la Compañía de Seguros de Vida pagará a su cónyuge y demás beneficiarios, el monto de la renta vitalicia contratada, pero en un porcentaje superior al que establece la ley para los beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

3. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

Es una combinación de las dos modalidades anteriores. Se recibe una renta temporal (por un período determinado) y luego se transfiere a una renta vitalicia (de por vida).

Además de estas modalidades, existe la Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado, que es otra opción para los afiliados.

Excedentes de Libre Disposición

Los Excedentes de Libre Disposición se generan cuando el saldo de tu cuenta individual de ahorro para la pensión es suficiente para financiar una pensión que cumpla con los requisitos, es decir, que sea igual o superior a UF 12 mensuales y, al menos, equivalente al 70% del promedio de tus ingresos imponibles o rentas declaradas de los últimos 10 años de trabajo. Si cumples con los requisitos, puedes retirar este excedente.

Proceso para Iniciar el Trámite

Para iniciar el trámite de jubilación anticipada, generalmente se requiere:

  • Tu cédula de identidad vigente, a menos que por problemas de salud, no fue posible renovarla.
  • Poder notarial en caso de que la solicitud sea presentada por otra persona, por ejemplo, un familiar. El formato de este documento podrás obtenerlo llamando a nuestro Centro de Asesoría Telefónica 600 228 77 86 o desde celulares (2) 2347 0210, en nuestras agencias o en el sitio de la Superintendencia de Pensiones.
  • Si el afiliado está acogido a leyes especiales, debe acompañar certificado otorgado por el empleador, donde se debe indicar el N° de la ley a la cual está acogido (opcional).

Para verificar la documentación a presentar e iniciar la solicitud de pensión, puedes revisar el Folleto Trámite Fácil Pensión de Vejez y Vejez Anticipada.

Para Afiliados Pensionados del IPS, DIPRECA o CAPREDENA:

  • Último comprobante de pago de pensión.

Para Afiliados del Sector Público:

  • Copia del decreto que declara el cese de funciones.

Al momento de iniciar el proceso de pago de pensión, deberás suscribir los formularios: “Solicitud de Pensión” y “Declaración de Beneficiarios”, e indicar la forma de pago de tu pensión. La opción de pago en tu cuenta bancaria es más segura y cómoda. En el momento que selecciones la modalidad de pensión te solicitarán los siguientes datos para el depósito de tu pensión: Nombre del Banco, Tipo de Cuenta, Nro. de Cuenta, Titular y RUT.

Trámite en ChileAtiende y Call Center

Puedes solicitar la pensión durante todo el año a través del sitio web y en las sucursales ChileAtiende. Ingresa al sitio web de ChileAtiende y revisa con tu RUN si eres una persona beneficiaria. Si cumples con los requisitos, deberás acceder con tu ClaveÚnica para iniciar la solicitud. También, podrás gestionar la pensión anticipada en una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad. Si el trámite lo realiza tu apoderada o apoderado, debe presentar un poder notarial con tu autorización y su cédula de identidad. Si tienes dudas, llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).

Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)

El Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) es un sistema que reúne y entrega la información de afiliados y beneficiarios a las AFP y Compañías de Seguros para ofrecerles alternativas de pensión. Podrás aceptar y rechazar alguna de las ofertas para pensionarte. Si no aceptas, puedes realizar un nuevo proceso de solicitud de pensión.

Otras Consideraciones

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC. Para acceder a la PGU, es necesario estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).

Jubilación por Invalidez

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.

Una vez que tiene en antecedente los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado es: i) objetivo, ii) demostrable, iii) que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y iv) que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial. Sin embargo, es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona.

El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

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