La inclusión social y laboral de las personas con discapacidad es un pilar fundamental en la búsqueda de sociedades más equitativas. En este contexto, los concursos públicos de méritos representan una vía esencial para garantizar el acceso a oportunidades laborales en la administración pública. Diversos países han implementado y reforzado marcos normativos para asegurar que estos procesos sean accesibles y justos para todos los aspirantes.

Fortalecimiento de la Inclusión en la Carrera Administrativa
Marco Normativo en Colombia
Los concursos públicos de méritos en Colombia tendrán ajustes clave tras la modificación de la Ley 909 de 2004 por la Ley 2418 de 2024. A partir de ahora, todas las entidades que reporten vacantes a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) deberán reservar un 7% de los empleos en ascenso y un 7% de los empleos ofertados en concurso abierto para personas con discapacidad. Estos cambios buscan fortalecer la inclusión y garantizar oportunidades reales de acceso a la carrera administrativa.
Normativa de Inclusión Social en Chile
En Chile, la Ley N.º 20.422 establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad. Esta ley busca promover la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad, incluyendo su acceso a diversos ámbitos como el laboral.
Acreditación de la Condición de Discapacidad
Para postular a cargos en concurso público, las personas con discapacidad deberán acreditar su condición. Esto se realiza mediante un carné de discapacidad expedido por IPS autorizadas. Este proceso inicia en las Secretarías de Salud municipales o distritales, que orientan la ruta de diagnóstico y certificación.
Etapas y Requisitos del Proceso de Selección

Publicación y Postulación
El llamado a concurso será publicado en plataformas oficiales, como la plataforma BNE (Bolsa Nacional de Empleo) y en la página web de la Municipalidad, o en portales de empleo público específicos. Los documentos requeridos se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo. Si el/la postulante no adjunta los documentos requeridos, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.
Un ejemplo de perfil profesional requerido para ciertos cargos puede ser el de Profesional de las Ciencias Sociales o de la Salud, cuya carrera haya tenido, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste.
Fases de Evaluación y Selección
El proceso de selección constará generalmente de varias etapas que buscan evaluar la idoneidad del postulante para el cargo. En estas etapas se considerará la condición de discapacidad del postulante, que deberá ser señalada en el momento de la postulación. Las fases comunes incluyen:
- Filtro curricular: Se aplicará un filtro curricular conforme a los requisitos del cargo.
- Evaluación Curricular: Se realizará la evaluación curricular de los antecedentes que sean presentados por los postulantes y que hayan pasado satisfactoriamente la admisibilidad del proceso.
- Prueba de Conocimientos Específicos: En esta etapa se evaluarán las competencias técnicas para el desempeño del cargo, mediante una prueba de conocimientos específicos.
- Evaluación Psicológica: Se evaluará la adecuación psicológica del postulante en relación al perfil del cargo.
- Entrevista Individual: Se efectuará una entrevista individual a todos aquellos postulantes que hayan superado exitosamente las etapas anteriores. La entrevista puede ser realizada por un Encargado OMIL, un Orientador Laboral OMIL y otras personas invitadas para indagar en los conocimientos específicos que el/la postulante posea para desarrollar el cargo.
Requisitos Generales e Inhabilidades
Es un requisito general no estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Estas inhabilidades incluyen:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Resolución del Concurso
Una vez finalizadas todas las etapas, el concurso se resolverá, y la autoridad competente, de acuerdo a sus facultades, podrá ratificar a las personas seleccionadas en la última etapa del proceso. Una vez resuelto el concurso, el encargado de la unidad correspondiente se comunicará con la persona seleccionada para informar el resultado.
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