El grado de pérdida auditiva se determina midiendo la pérdida auditiva en decibelios (dBHL) mediante pruebas como la audiometría. La pérdida auditiva puede producirse en un solo oído o en ambos, lo que indica si la discapacidad auditiva es unilateral o bilateral. Esta condición puede convertirse en un problema discapacitante que afecta significativamente la vida cotidiana de quienes la padecen, llevando en muchos casos a la solicitud del reconocimiento oficial de un grado de discapacidad según lo establecido por la legislación.
Clasificación de la Hipoacusia por Grado de Pérdida Auditiva
La clasificación de la hipoacusia se basa en el grado de dificultad para percibir sonidos, utilizando umbrales medidos en dBHL, que ofrecen una visión clara sobre cómo se perciben los sonidos.
Tabla de Niveles de Pérdida Auditiva
- Audición normal: La persona está en la capacidad de oír sonidos suaves por encima de 20 dBH.
- Hipoacusia leve: En este caso, a la persona se le dificulta entender el habla, en especial en ambientes donde hay mucho ruido o cuando el volumen de la voz es muy bajo. Asimismo, le cuesta escuchar los susurros, siendo la hipoacusia en su mejor oído entre 25 y 39 dBHL.
- Hipoacusia moderada: Es muy difícil que una persona entienda el habla cuando el volumen de la voz es normal. Aquí la hipoacusia en su mejor oído se ubica entre 40 y 69 dBHL. En este punto se requiere de audífono (prótesis auditiva).
- Hipoacusia severa: La hipoacusia en su mejor oído, en este punto, se ubica entre 71 y 90 dBHL. Con hipoacusia severa, una persona requiere prótesis auditiva o un implante coclear, pues no tiene la capacidad de escuchar lo que otra persona le dice, solo es capaz de percibir algunos sonidos fuertes.
- Hipoacusia profunda: Hipoacusia en su mejor oído de más de 90 dBHL. Aquí, la persona no oye nada de lo que se habla, salvo algunos sonidos muy fuertes que puede percibir, por lo que tiene que recurrir a la lectura de labios y/o lengua de señas, a información visual complementaria o a un implante coclear.

La Incapacidad de Ganancia y Discapacidad Auditiva
La pérdida de audición puede ser un grave obstáculo para la comunicación. Un diagnóstico de sordera no garantiza la paga automáticamente, ya que la cuantía económica depende directamente del grado de incapacidad que se consiga acreditar ante el INSS o en el Juzgado.
Tipos de Incapacidad Laboral por Hipoacusia
Los tipos de incapacidad laboral por hipoacusia incluyen:
- Incapacidad Permanente Total: Es el grado más frecuente en casos de hipoacusia. Se concede cuando la pérdida auditiva es severa o profunda y afecta a las frecuencias conversacionales, haciendo imposible la profesión habitual. Ejemplo de profesiones afectadas son trabajadores de la construcción, soldadores, industria metalúrgica o conductores profesionales, que operan en ambientes ruidosos y peligrosos. A menudo, el INSS intenta minimizar el impacto de la sordera alegando que existen soluciones técnicas, como los audífonos. Desde enero de 2024, tras la sentencia del TJUE, si se reconoce una Incapacidad Permanente Total, la empresa ya no puede despedir automáticamente.
- Incapacidad Permanente Absoluta: Es muy poco habitual conseguir el 100% de la pensión solo por sordera. Para ello, se exige una cofosis (sordera total) o pérdida profunda que conlleve una incomunicación práctica.
- Gran Invalidez: Prácticamente inviable solo por hipoacusia. Se reserva para casos donde el trabajador necesita ayuda de otra persona para vestirse, comer o asearse.
Para valorar el grado de discapacidad se usa el Real Decreto 1971/1999 (Capítulo 13), aunque en la actualidad se ha actualizado la normativa. A veces, la clave para alcanzar un porcentaje de discapacidad, especialmente en casos de hipoacusia en un solo oído, está en sumar otras patologías asociadas. La Seguridad Social suele denegar estos casos argumentando que «aún puedes hacer otro trabajo».
Casos y Normativa en Chile para la Incapacidad de Ganancia
En el contexto legal chileno, la determinación de la incapacidad de ganancia por hipoacusia ha sido objeto de estudio. Por ejemplo, en un caso particular, se fijó una incapacidad de ganancia en un 40% por Hipoacusia Mixta, aunque el interesado ya había superado la edad laboral activa en la fecha de la resolución.
La normativa aplicable a la denuncia y evaluación médico legal de las enfermedades profesionales se encuentra contenida en la Ley N° 16.744 y en los reglamentos D.S. N°s 101 y 109, ambos de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile, y en la Circular 3G/40. Para que una enfermedad se considere profesional, es indispensable que haya tenido su origen en los trabajos que entrañan el riesgo respectivo, aun cuando estos no se estén desempeñando a la época del diagnóstico, conforme al artículo 16 del D.S. N°109 de 1968.
La denuncia de enfermedades profesionales debe ser efectuada por la entidad empleadora en el plazo establecido, o por el trabajador, sus derecho-habientes, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la empresa cuando corresponda o por el médico tratante. Si el organismo administrador establece una enfermedad de origen profesional que ocasiona una incapacidad permanente, debe derivar al trabajador a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) para que determine el porcentaje de incapacidad permanente.
El artículo 30 del D.S. N° 109 establece los montos de las indemnizaciones globales de acuerdo al porcentaje de incapacidad de ganancia. Este porcentaje es determinado por las COMPIN, y para las hipoacusias de origen profesional se calcula en base al porcentaje de daño auditivo. Si los departamentos de salud ocupacional de las empresas manejan fichas médicas con los porcentajes de pérdida auditiva y se evidencia la presencia de enfermedad, estos casos deben ser denunciados al organismo administrador (Mutualidad o INP) para su evaluación.
Las hipoacusias neurosensoriales por exposición a ruido no poseen tratamiento a la fecha, y la manera de prevenir su progresión es evitando la exposición a ruido.

La Hipoacusia Laboral: Causas, Prevención y Detección Temprana
La hipoacusia laboral es una pérdida de audición irreversible, causada por la exposición al ruido en el trabajo. En Chile, esta es una de las principales enfermedades profesionales, ya que se estima que el 30% de la fuerza laboral está expuesta a niveles de sonido que pueden provocar daño auditivo.
La hipoacusia laboral es una lesión del oído interno (cóclea) o del nervio auditivo debido a la exposición prolongada a sonidos que superan los límites permisibles. Hablando en términos técnicos, se calcula con los umbrales de entre 1000 y 6000 Hz, según el cálculo de incapacidad de ganancia auditiva descrito en la circular 3G/40.
¿Por qué ocurre y cómo afecta al trabajador?
El daño se produce por la exposición a ruido laboral de alta intensidad, lo que genera estrés mecánico en las células ciliadas de la cóclea y desencadena procesos inflamatorios y degenerativos. El trabajador puede experimentar dificultades para comunicarse, aislamiento social, fatiga y, en casos avanzados, impacto en su desempeño y calidad de vida.
Síntomas y Detección de la Hipoacusia Laboral
Los primeros síntomas incluyen acúfenos (zumbidos), sensación de “taponamiento” y necesidad de subir el volumen de radios o conversaciones. Estos signos son indicativos de daño coclear incipiente.
Si los síntomas persisten al salir del entorno ruidoso o empeoran con el tiempo, es momento de considerar un examen audiométrico. La hipoacusia laboral no remite espontáneamente y puede avanzar sin ser percibida, por lo que la detección temprana es muy importante para evitar un mayor deterioro irreversible.
Medidas de Prevención y Control del Ruido Laboral
Para intervenir de manera efectiva en esta problemática, se necesita una perspectiva integral. La responsabilidad parte de los controles técnicos de los niveles de ruido en el ambiente laboral, siguiendo por el equipamiento de los operarios con los elementos de aislamiento sonoro adecuados, hasta los exámenes de exposición al ruido para la detección temprana de la patología.
Controles técnicos y administrativos en la empresa
El primer nivel de responsabilidad de la salud de los trabajadores es de los empresarios, ya que el espacio de trabajo debe estar en condiciones óptimas. En Chile, los sectores con mayor riesgo son la minería, la construcción e industrias manufactureras. Las máquinas pesadas, taladros neumáticos, motosierras y prensas hidráulicas son las fuentes más frecuentes de ruido laboral excesivo.
Según el Protocolo de Exposición Ocupacional a Ruido (PREXOR) del MINSAL, el Nivel de Acción máximo para ruido continuo es de 82 dB(A), equivalente a una dosis diaria de 50 % en una jornada de ocho horas. Cuando el nivel supera los 82 dB(A), es obligatorio incrementar medidas de control de acuerdo a lo señalado en la Guía Preventiva para Trabajadores Expuestos a Ruido del ISP. Esto puede implicar el uso de silenciadores en conductos, el revestimiento de superficies con materiales absorbentes o la instalación de barreras y cabinas que aíslan las fuentes más ruidosas.
Además, las medidas administrativas tienen que reforzar estas acciones técnicas. El mantenimiento preventivo de la maquinaria es esencial para evitar que el desgaste genere picos de ruido inesperados. Asimismo, la programación de tareas debe contemplar la rotación de personal y la limitación de la duración de las labores en áreas donde el nivel supera los 82dB(A).
Elementos de Protección Auditiva (EPA)
Para complementar las medidas de ingeniería y administrativas, deben usarse protectores auditivos para reducir el ruido a niveles seguros. Existen tapones u orejeras específicas para diferentes puestos de trabajo que pueden proteger la audición, siempre y cuando se utilicen correctamente. La selección debe basarse en el Nivel de Reducción del Ruido (NRR) necesario para cada puesto.
Evaluación de Exposición al Ruido
Una batería de evaluación para quienes están expuestos a ruido y quieren cuidar su salud auditiva antes de que aparezcan los primeros síntomas de hipoacusia laboral, incluye una otoscopía para asegurar la integridad del conducto auditivo y tímpano, descartar la presencia de un tapón de cerumen, y algunos exámenes de antropometría y signos vitales. Se realiza una audiometría tonal en una cabina silente, midiendo frecuencias desde 125Hz hasta 8 000 Hz. De esta forma se pueden detectar anomalías en los umbrales de audición y evitar que un daño leve se convierta en una sordera profesional.
El viaje del sonido al cerebro
La Importancia de la Prevención Temprana
Un diagnóstico de hipoacusia laboral evidencia una falla en el control de riesgos de un cargo. Ante este escenario es necesario volver a medir niveles de ruido, revisar si los EPA son utilizados de manera correcta según los NRR y capacitar a los trabajadores para ello, además de concientizar sobre el riesgo de la exposición al ruido sin protección y su impacto en la salud.
Más allá del impacto físico, cuidar la salud auditiva y prevenir la hipoacusia laboral tiene efectos en la salud emocional y cognitiva. Si se mantiene una audición adecuada, se reduce el riesgo de aislamiento, la aparición de zumbidos persistentes y las alteraciones de ánimo o memoria que con frecuencia acompañan a la pérdida auditiva no tratada. Al invertir en la detección temprana, además de proteger un sentido, se asegura una calidad de vida y de salud integral.
Reconocimiento Oficial del Grado de Discapacidad Auditiva (en España)
En España, las personas afectadas por pérdida auditiva pueden solicitar el reconocimiento oficial de un grado de discapacidad. Aquí se explican qué criterios se aplican en la valoración médica, cómo se determina el grado de discapacidad auditiva y cuál es el proceso para solicitar el certificado correspondiente.
¿Quién valora la discapacidad auditiva?
La declaración del grado de discapacidad por pérdida de audición corresponde a un equipo de valoración multiprofesional, dependiente de los servicios sociales de cada comunidad autónoma. Este tribunal estudia toda la documentación aportada por la persona solicitante, con especial atención a los informes clínicos y a las audiometrías, que deben reflejar una pérdida auditiva permanente.
Según el doctor Juan Royo, especialista en otorrinolaringología, “la pérdida debe ser permanente (aunque pueda mitigarse con audífonos o implantes), por lo que el informe médico debe reflejarlo de forma clara”. Además, añade que siempre se calcula la pérdida binaural (de ambos oídos) aplicando una fórmula recogida en la legislación. Aunque durante años se aplicó el Real Decreto 1971/1999, desde abril de 2023 está en vigor el Real Decreto 888/2022, que regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Esta nueva norma incorpora un enfoque biopsicosocial, en línea con la Clasificación Internacional del Funcionamiento (CIF), y actualiza los criterios técnicos y médicos aplicables.
Criterios para la Valoración de la Discapacidad Auditiva
Solo se valoran pérdidas auditivas permanentes. La medición se basa en la pérdida de audición binaural, calculada mediante audiometría tonal en las frecuencias clave: 500, 1000, 2000 y 3000 Hz. En caso de implante coclear, la valoración se realizará una vez finalizada la rehabilitación auditiva, y nunca será inferior al 33% de discapacidad.
Si existen acúfenos (tinnitus), solo se valorarán si van acompañados de pérdida auditiva; si no, se tendrá en cuenta únicamente el impacto psicológico, si lo hubiera. En caso de coexistir deficiencias del lenguaje, estas se combinarán con la pérdida auditiva según los baremos oficiales.
Una pérdida auditiva unilateral (un solo oído) suele generar un grado bajo de discapacidad. Una pérdida bilateral severa o profunda puede alcanzar o superar el 33%, especialmente si afecta a la comunicación verbal y requiere uso de prótesis auditivas o implante coclear. El 33% es el umbral mínimo legal para acceder a beneficios sociales, laborales o fiscales. Las tablas de conversión entre decibelios y porcentaje de discapacidad, así como las fórmulas para calcular la pérdida binaural, se encuentran en los anexos del Real Decreto.

¿Cómo se solicita el reconocimiento por discapacidad auditiva?
Pasos para la solicitud:
- Reunir la documentación médica actualizada (especialmente audiometrías y diagnósticos).
- Solicitar cita ante el organismo de valoración de la discapacidad de tu comunidad autónoma.
- Presentarse a la valoración médica por parte del equipo técnico.
- Recibir la resolución oficial, que indicará el grado reconocido (en porcentaje).
El Certificado de Discapacidad
Es un documento oficial emitido por los servicios sociales de las comunidades autónomas, que reconoce que una persona tiene una discapacidad valorada según los criterios legales vigentes (actualmente el Real Decreto 888/2022). Este certificado permite acceder a beneficios sociales, laborales, fiscales, educativos y de accesibilidad.
Para obtenerlo, la pérdida auditiva debe ser permanente (aunque se use audífono o implante coclear), se debe haber realizado una valoración audiológica (audiometría en 500, 1000, 2000 y 3000 Hz), la pérdida debe afectar significativamente a la comunicación y a la participación social, y la valoración oficial debe asignar un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Si la pérdida auditiva es unilateral, normalmente no alcanza ese umbral, salvo que haya otros factores añadidos (como acúfenos severos, trastornos del lenguaje o barreras sociales importantes).
Contenido del certificado:
- Datos personales del solicitante.
- Porcentaje total de discapacidad reconocido (ej. 35%, 40%, etc.).
- Causa o causas de la discapacidad (auditiva, motora, visual, etc.).
- Fecha de la resolución y posible revisión futura.
- A veces, una mención de si se superan los umbrales del 33%, 65% o 75%, que afectan a distintos tipos de beneficios.
Métodos de Cálculo del Porcentaje de Pérdida Auditiva
La prueba auditiva más común para calcular el porcentaje de pérdida auditiva es la audiometría tonal. La valoración se basa en una evaluación binaural; es decir, de ambos oídos.
Se calcula el nivel de audición promedio para los tonos de frecuencia 500, 1000, 2000 y 4000 Hz (o 3000 Hz, según la legislación específica). Para ello, existen fórmulas como la de la American Academy of Ophtalmology and Otolaryngology (AAOO) o las normas de la AMA.
Para el cálculo de la pérdida auditiva total, según las normas de la AMA, se multiplica por 7 el porcentaje de audición en el mejor oído y se suma al porcentaje del oído con peor audición. Según se reconoce en el BOE, un porcentaje de pérdida auditiva entre el 68,6 y el 73 % podría valorarse como un grado del 33% de discapacidad por pérdida auditiva. Además, por cada decibelio de pérdida por encima de los 25dB, se suma un porcentaje.
La revisión auditiva permite a los audiólogos medir y evaluar la capacidad de una persona en tan sólo unos minutos.
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