Introducción al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez)
El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, conocido como Mejor Niñez, es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. Opera bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Este ministerio es el encargado de garantizar el cumplimiento de las normas que rigen la labor del Servicio y de sus colaboradores acreditados.
Mejor Niñez es el sucesor del antiguo Servicio Nacional de Menores (Sename) y fue creado con el objetivo de garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes que se encuentran gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Para ello, deberá asegurar la provisión y ejecución de programas especializados para abordar casos de mediana y alta complejidad. Su actuación se alinea con la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción, garantizando el derecho de acceso a la justicia de los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención, de forma independiente al Servicio.

Programa Familias de Acogida Especializada: Requisitos y Proceso
El programa Familias de Acogida Especializada es una de las líneas de acción fundamentales del Servicio, buscando proporcionar un entorno familiar protector a niños, niñas y adolescentes que no pueden vivir con sus familias de origen de manera temporal.
¿Qué es una Familia de Acogida?
Las familias de acogida son aquellas que asumen el compromiso de cuidar temporalmente a un niño, niña o adolescente que necesita protección. Quienes acogen a un niño firman un compromiso, sabiendo que se trata de un proceso transitorio que puede extenderse por meses o años, dependiendo de lo que determine el tribunal de familia. El periodo de permanencia dependerá de la duración de la intervención con la familia biológica o mientras se busca una familia adoptiva. Como lo expresa una familia de acogida: “Cuando uno quiere cambiar el sistema, hay que hacer algo; esto es una ayuda real”.
Un ejemplo de esta labor es el caso de Lorena y Fernando de San Pedro, en la Región del Biobío, quienes, teniendo dos hijos ya grandes, cuidan en su casa a un niño que se ha integrado perfectamente a su dinámica familiar. Lorena reconoce que cuando el niño se vaya con su familia definitiva “va a ser un momento triste, pero va a quedar la satisfacción de saber que estuvo aquí y estuvo bien”.
Testimonio Familia de Acogida, región del Maule
Proceso de Inscripción y Postulación
El trámite para postular a las Familias de Acogida Especializada se puede realizar durante todo el año en el sitio web y en las oficinas de Mejor Niñez. Para la inscripción inicial no es necesario ningún documento; sin embargo, los interesados serán contactados e invitados a participar de una charla inicial. Posteriormente, tras esta charla, se realizan evaluaciones y capacitaciones a las familias interesadas.
Como resultado del trámite, las familias se habrán inscrito para postular al programa. Posteriormente, serán contactadas por un profesional del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia para continuar el proceso.
Cualidades y Compromiso de las Familias de Acogida
Las familias que decidan inscribirse y formar parte del programa serán evaluadas y capacitadas. Además, se considerarán otros requisitos importantes como el nivel de compromiso y motivación, junto a aspectos personales como la perseverancia, empatía y tolerancia a la frustración, entre otros.
Realidad de las Familias de Acogida en Chile
Actualmente, existen 74 proyectos de familias de acogida en el país. De ese total, 69 pertenecen a distintos organismos colaboradores. Desde el 2016, 5 proyectos adicionales funcionan bajo la administración directa del ex-Sename en las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío. Estos proyectos se sumaron como parte de un plan gubernamental para que la mayor cantidad de niños entre 0 y 6 años vivan en familias de acogida en lugar de permanecer en un centro, buscando su "desinternación".
En contraste, durante el primer semestre del 2017, el 45% de los niños, niñas y adolescentes fue derivado a familias de acogida (1.886 casos), mientras que el 55% fue derivado a centros de protección (2.267 casos).
Marco Institucional y Operativo del Servicio Mejor Niñez
Objeto y Enfoque del Servicio
El Servicio tendrá por objeto garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Deberá garantizar, en el ámbito de su competencia y atribuciones, el pleno respeto a los niños, niñas y adolescentes en su calidad de sujetos de derechos de especial protección. También deberá respetar y hacer respetar sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y los demás tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. De acuerdo con la ley, el Servicio ejercerá sus funciones con un enfoque de derechos de manera concordante con la dignidad humana del niño, niña o adolescente.

Principios Rectores
Entre los principios rectores que guían la acción del Servicio se encuentran:
- El interés superior del niño, niña o adolescente.
- La igualdad y no discriminación arbitraria.
- La autonomía progresiva.
- La perspectiva de género.
- La inclusión.
- La protección social.
- La participación efectiva.
Estructura y Gobernanza
El Servicio está dirigido por un Director o Directora Nacional, quien dura cinco años en su cargo y puede renovar su nombramiento por una sola vez. Tanto el Director Nacional como los directores regionales del Servicio son nombrados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública. El Servicio contará con direcciones regionales en cada región del país.
Además, el Servicio cuenta con un Consejo de Expertos, conformado por cinco miembros con experiencia y reconocida trayectoria en áreas ligadas a la niñez. Los integrantes de este Consejo duran tres años en su cargo y pueden renovar su nombramiento por una sola vez.
Funciones Clave del Servicio
El Servicio tiene diversas funciones para cumplir su misión, entre ellas:
- Elaborar la normativa técnica y administrativa respecto de cada programa de protección especializada.
- Colaborar con los órganos del Estado en el marco de sus competencias, y requerir o entregar información cuando corresponda.
- Generar procedimientos idóneos, formales y permanentes destinados a recabar periódicamente la opinión de los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención del Servicio y de sus familias, o de quienes los tengan legalmente a su cuidado.
- Velar por el respeto de los derechos humanos y las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la protección especializada de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
- Diseñar y desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica.
- Solicitar información a cualquier órgano del Estado que estime conveniente para el buen cumplimiento de sus funciones.
- Ejercer las acciones que correspondan para la recuperación de los recursos que hayan sido utilizados en contravención de lo dispuesto por la normativa pertinente o el respectivo convenio.
- Ejercer todas las demás funciones que la ley le encomiende.
Líneas de Acción y Modalidades de Atención Especializada
El Servicio proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, ya sea directamente o a través de terceros. Las líneas de acción o modalidades de atención especializada incluyen:
- Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia.
- Intervenciones ambulatorias de reparación.
- Fortalecimiento y vinculación.
- Cuidado alternativo.
- Adopción, que abarca toda actividad tendiente a procurar al niño, niña o adolescente una familia, cualquiera sea su composición, para brindarle afecto y los cuidados necesarios cuando su familia de origen no pueda proporcionárselos, conforme a la normativa de adopción vigente.
Diseño de Programas de Protección
Los programas de protección especializada deberán diseñarse en base a evidencia técnica y territorial, a evaluaciones anteriores realizadas por el Servicio o un tercero y atendiendo a las evaluaciones realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia u otros organismos del Estado competentes.
Sujetos de Atención del Servicio
El Servicio dirige su acción principalmente a los niños, niñas y adolescentes. No obstante, seguirán siendo sujetos de atención del Servicio quienes tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.
Priorización de Casos y Derivación
Los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención del Servicio, y sus familias, deberán ser atendidos prioritariamente en el marco de los programas vigentes en los órganos de la Administración del Estado, mediante mecanismos que permitan hacer efectiva su priorización. Los niños, niñas y adolescentes respecto de quienes se adopte una medida de protección serán derivados a los programas de protección especializada por los tribunales o las Oficinas Locales de la Niñez que las determinen, según corresponda.
Registro y Fiscalización de Colaboradores Acreditados
El Servicio deberá contar con una unidad de fiscalización para supervisar y controlar a los colaboradores acreditados, aplicando sanciones en los casos calificados. Mantendrá y administrará un registro de estos colaboradores, el cual deberá estar siempre disponible en su página web y actualizarse una vez al año.
Solo podrán ser colaboradores acreditados las personas jurídicas que hayan adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes, así como aquellos que afecten el correcto uso de recursos públicos.
En caso de incumplimiento, se aplicarán sanciones. Las infracciones gravísimas, como la ocurrencia de delitos contra la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes o el uso indebido de recursos públicos, pueden ser sancionadas hasta con el término de la acreditación.
Indemnización por Daños por Falta de Servicio
Si hay niños, niñas o adolescentes que resulten dañados por falta de servicio, la indemnización por el daño moral será fijada por el juez. El magistrado deberá considerar la gravedad del daño y la modificación de las condiciones de existencia del afectado a consecuencia del daño producido.
Requisitos para Postular a Cargos en la Administración Pública dentro del Servicio
El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia deberá contar con personal capacitado e idóneo según los términos requeridos para el ejercicio de sus funciones. La postulación a cargos dentro del Servicio se rige por la normativa de la Administración Pública.
Requisitos Generales para Ingresar a la Administración Pública
Según el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, los requisitos exigidos para ingresar son:
- Ser ciudadano.
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Para el acceso a cargos auxiliares y administrativos, no será impedimento encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
Inhabilidades Específicas
Además, los postulantes no deben estar afectos a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más con el Servicio.
- Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- No haber sido condenado con la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, contemplada en el inciso 2° del artículo 372 del Código Penal (Ley Nº 20.594).
Proceso de Postulación a Cargos
La postulación a cargos se realiza a través del Portal de Empleos Públicos. Los interesados deben registrarse como usuarios, completar el Curriculum Vitae del Portal y adjuntar los documentos solicitados en la sección "Documentos Requeridos". Los documentos deben subirse en la opción “Adjuntar Archivos” para que queden con un ticket de verificación.
El proceso de selección incluye una evaluación curricular, donde se valoran los antecedentes de formación, educación (acreditada mediante certificado) y experiencia según el perfil del cargo. Se genera un filtro que da como resultado un ranking de candidatos aptos para evaluación. Durante el proceso, se realizarán preguntas sobre la situación laboral actual del postulante, su motivación para el cargo y si presenta alguna discapacidad, especificando si requiere adecuación o ajuste en el proceso de selección. También se puede preguntar sobre experiencia previa en instituciones similares al ex-Sename.
El Servicio es el encargado de contactar a las personas preseleccionadas para las entrevistas, indicando fecha, lugar y hora. Es importante considerar que el calendario puede sufrir modificaciones.
Condiciones Contractuales Típicas
Una persona seleccionada para un cargo en el Servicio suele ser nombrada en un empleo a contrata por un primer periodo de 3 meses, el cual se renovará según el informe de desempeño de su jefatura directa.
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