La modernización del Estado implica abordar dos ámbitos clave: la plena inclusión social y política de las personas en situación de discapacidad, y el acceso a la información pública. En este contexto, se presenta una evaluación exhaustiva del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) en Chile, centrándose específicamente en su Portal de Transparencia. Este análisis se realiza desde la perspectiva de voluntarios en situación de discapacidad visual, considerando el cumplimiento de estándares técnicos de accesibilidad y las exigencias legales de transparencia.
El estudio conjuga la evaluación de leyes y políticas de accesibilidad con las de transparencia implementadas en Chile durante las últimas décadas. Su principal objetivo es determinar si la información disponible en el sitio web del SENADIS es transparente y accesible para personas con discapacidad visual. El análisis abarca tanto las exigencias legales y de política pública como la valoración cualitativa de los usuarios, evaluando la perceptibilidad, comprensión, operabilidad y robustez de la página web.
Se hace necesario evaluar los efectos deseados y no deseados de la implementación de estas políticas en el ámbito institucional. Además, resulta fundamental considerar los derechos de las personas en situación de discapacidad para ejercer activamente su ciudadanía política.

Acceso a la Información Pública: Concepto y Mecanismos
La información pública incluye actos, resoluciones, expedientes, contratos, acuerdos y actas, así como cualquier información elaborada con presupuesto público, sin importar su formato, salvo las excepciones legales mencionadas en el artículo 21º de la Ley sobre Acceso a la Información Pública.
Para realizar una solicitud de información pública, los ciudadanos pueden hacerlo a través del Portal de Transparencia. Si el usuario ya está registrado, debe ingresar con su correo electrónico y contraseña. Es indispensable indicar el nombre completo y un medio de contacto (correo electrónico o dirección de domicilio particular) para recibir las notificaciones. Si la solicitud de información pública se realizó sin registro, el seguimiento se puede hacer con el código recibido en el correo electrónico.
Marco Normativo Chileno: Transparencia y Discapacidad
Los principios de accesibilidad, inclusión y acceso a la información pública son pilares fundamentales en el proceso de modernización de las instituciones gubernamentales. Sin embargo, es crucial entender que la mera modificación institucional no es suficiente si no se toman en cuenta las necesidades y preocupaciones de los ciudadanos.
Ley N.º 20285: Sobre Acceso a la Información Pública
La Ley N.º 20285, promulgada en 2008, regula la transparencia y el acceso a la información pública en Chile. La implementación de esta ley ha supuesto un considerable esfuerzo de adaptación e implementación de políticas de transparencia para diversas instituciones del Estado, buscando garantizar la disponibilidad y accesibilidad de la información.
Es relevante destacar que esta legislación no menciona explícitamente la accesibilidad ni se refiere a personas en situación de discapacidad. No obstante, el artículo 11 subraya principios que garantizan el derecho a la información, como la facilitación, que exige que "los mecanismos y procedimientos para el acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado deben facilitar el ejercicio del derecho, excluyendo exigencias o requisitos que puedan obstruirlo o impedirlo", y la no discriminación.
En este sentido, se hace aún más urgente contar con plataformas de información que cumplan con los estándares de accesibilidad y usabilidad correspondientes, para que el usuario pueda solicitar, acceder, encontrar y recibir la información requerida sin barreras.
Leyes de Inclusión y Discapacidad
La Ley N.º 19284, Para la Plena Integración de Personas con Discapacidad (1994), no consideró una discusión específica sobre el acceso a sitios web públicos o la inclusión y acceso de personas en situación de discapacidad a la información pública. De manera similar, la Ley N.º 20422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión de personas con discapacidad (2010), tampoco contiene referencias concretas en esta materia.
La Ley N.º 20422 garantiza la igualdad de oportunidades para las personas en situación de discapacidad en Chile, basándose en cinco principios generales. Uno de ellos es la accesibilidad universal, definida como "la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible". El diseño universal, el tercer principio, implica la usabilidad de entornos, procesos, dispositivos o herramientas para todas las personas (art. 3, literal c). En cuarto lugar, el principio de intersectorialidad se orienta a garantizar que se consideren siempre los derechos de las personas en situación de discapacidad sin importar el ámbito de política pública (art. 3, literal d).
A partir de estos principios, el Estado debe garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades, lo que permite a las personas en situación de discapacidad "participar plenamente en la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social", evitando activamente procesos de discriminación. El Estado podrá exigir que se efectúen los ajustes necesarios que permitan la accesibilidad y eviten prácticas de acoso, tales como afectar la dignidad, intimidar, generar climas de hostilidad, humillar u ofender.
Como parte de las medidas para la igualdad de oportunidades, la Ley N.º 20422 contempla acciones orientadas a la accesibilidad de los organismos del Estado. Sin embargo, la mayor parte de la discusión legal se concentra en la accesibilidad física, y las únicas instituciones mencionadas en relación con temas de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) o acceso a internet son las bibliotecas públicas.
Decreto N.º 1 (2015): Estándares Web y Accesibilidad
Es a partir del año 2015, por medio del Decreto N.º 1 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que se regula el cumplimiento de estándares web por parte de los sitios de la Administración del Estado. Aunque esta norma está orientada a regular aspectos técnicos, es crucial destacar que considera elementos de accesibilidad.
El artículo 3 garantiza la disponibilidad y accesibilidad de información de tal forma que se asegure la interoperabilidad, es decir, la capacidad de que diversos sistemas se puedan comunicar entre sí, siendo rápidos, efectivos y eficientes. Este decreto también se asocia al cumplimiento de estándares internacionales de accesibilidad, especialmente a las definiciones de la W3C (World Wide Web Consortium), ya que a través de estos estándares se logra el "acceso, en igualdad de oportunidades, a personas en situación de discapacidad". Además, es importante considerar la exigencia de constante actualización de los estándares web.
Las pautas de accesibilidad de la W3C y el decreto mencionado se basan en cuatro principios de accesibilidad: perceptibilidad, operabilidad, comprensibilidad y robustez. Estos se dividen en 12 pautas y 61 criterios, de los cuales la W3C y la legislación chilena consideran relevante cumplir al menos 37 para mantener un estándar mínimo de calidad.
Ciudadanía y Discapacidad: Una Perspectiva Teórica
Las discusiones teóricas sobre discapacidad y ciudadanía plantean una serie de preocupaciones sociales y políticas aún no resueltas. Marshall (1950) propuso que la ciudadanía se entiende como un proceso histórico de ampliación de derechos, con tres dimensiones fundamentales: derechos civiles, políticos y sociales. Otros autores, como Giddens (1982), han agregado una cuarta dimensión, la de los derechos económicos.
En el contexto chileno, la forma en que el Estado consagra derechos para las personas en situación de discapacidad tiene una orientación vinculada fundamentalmente con la ciudadanía social, es decir, orientada a conseguir los beneficios, oportunidades y seguridades sociales a las que tiene acceso la mayoría de la población. Sin embargo, en relación con las personas en situación de discapacidad y el acceso a la información, estos derechos, aunque legalmente consagrados, pueden enfrentarse a dificultades materiales para ser ejercidos en la práctica.
En este ámbito, las leyes y políticas de inclusión y accesibilidad buscan enfrentar experiencias de déficit de ciudadanía política. Investigadores como Guldvik, Askheim y Johansen (2013), y Guldvik y Lesjo (2014) plantean en el contexto noruego una discusión sobre discapacidad y ciudadanía como derecho político, en contraposición a miradas que lo reducen exclusivamente a una cuestión de derechos sociales, sin considerar su participación y representación política. Lid (2015), también desde Noruega, señala que la vulnerabilidad y la discapacidad son entendidas como barreras de acceso no solo a la integración social, sino también a la pertenencia a una comunidad social y política.
Accesibilidad Digital para todas y todos: "Personas con discapacidad física."
Metodología de Evaluación del Portal de Transparencia del SENADIS
Para contextualizar la investigación, se presentó un panorama de las principales legislaciones y normas técnicas, además de una discusión sobre los derechos ciudadanos de las personas en situación de discapacidad. A continuación, se describe la metodología utilizada para evaluar la transparencia activa del Portal del SENADIS.
Participantes y Herramientas
Los investigadores del Departamento de Trabajo Social, vinculados al Observatorio de Transparencia Regional de la Universidad Católica de Temuco, contactaron con el Centro de Recursos y TICs para el Aprendizaje Inclusivo (CERETI). A través de CERETI, se contactó a dos estudiantes universitarios en situación de discapacidad visual, quienes participaron como voluntarios en el proceso de evaluación de la transparencia activa.
La visita al sitio web del SENADIS y a su Portal de Transparencia se llevó a cabo con la asistencia del software NVDA, un lector de pantalla libre bajo licencia GNU Public Licence, compatible con Microsoft Windows.
Proceso de Evaluación
La actividad de revisión consistió en una visita guiada al sitio web del SENADIS y a su Portal de Transparencia, realizada el 6 de octubre de 2017. La evaluación se orientó de forma general tanto a la accesibilidad como a la posibilidad concreta de acceso a la información pública.
Con relación al primer aspecto de la evaluación, se utilizaron como criterios los principios de accesibilidad definidos por el SENADIS (2017) y basados en las pautas de la W3C:
- Perceptibilidad: Disponibilidad del sitio para los sentidos del usuario y textos alternativos para contenido no textual.
- Operabilidad: Posibilidad de controlar todas las funciones del sitio web desde el teclado.
- Comprensibilidad: Legibilidad, comprensibilidad y previsibilidad del texto, la apariencia del sitio y la forma de utilizarlo.
Para evaluar la transparencia activa, se planteó una serie de preguntas específicas:
- ¿Está el banner de transparencia en el sitio SENADIS?
- ¿Aparece el detalle del organigrama de la institución?
- ¿Hay un listado de actos y resoluciones del organismo sobre terceros?
- ¿Hay información sobre participación ciudadana en la página de Transparencia Activa?
- ¿Se identifican mecanismos de participación ciudadana?
- ¿Hay información sobre cuentas públicas participativas?
- ¿Aparece la normativa general de participación ciudadana?
- ¿Hay información sobre el consejo de la sociedad civil?
Mediante esta visita guiada, se pudo determinar si los voluntarios podían navegar adecuadamente el sitio web del SENADIS, encontrar la información solicitada y verificar si respondía a los parámetros de accesibilidad y transparencia, así como a los criterios técnicos establecidos por la legislación.
Consideraciones Éticas
Se informó a los estudiantes voluntarios sobre la naturaleza del ejercicio de evaluación y se estableció un mecanismo de consentimiento para su participación y para la grabación de la experiencia. Los estudiantes tuvieron la oportunidad de revisar los resultados de esta investigación antes de la entrega del artículo, y sus apreciaciones fueron consideradas en el texto final.
Resultados de la Evaluación y Hallazgos Clave
Los hallazgos de la evaluación revelaron que el sitio web del SENADIS y la información sobre transparencia activa presentan importantes barreras en relación con el cumplimiento de las medidas de accesibilidad para personas en situación de discapacidad visual. Se detectó una falta de acceso independiente en las áreas de perceptibilidad y comprensibilidad de los formatos empleados, así como en el campo de la información pública. Esto se sumó a una notoria carencia de transparencia activa y a problemas de accesibilidad en contenidos específicos.
Estas deficiencias causan dificultades significativas para que las personas con discapacidad visual puedan ejercer plenamente su ciudadanía política, al limitar su capacidad de acceder y comprender información crucial que debería ser pública y accesible.
Otros Portales y Plataformas de Transparencia en Chile
En el panorama de la transparencia en Chile, existen otras plataformas relevantes que facilitan el acceso a la información pública:
- InfoLobby (www.infolobby.cl)
- InfoProbidad (www.infoprobidad.cl)
- Chile Compra: Ofrece datos públicos de órdenes de compra y licitaciones desde el año 2019. En el caso de organismos públicos con más de una razón social compradora, sus datos se agrupan (por ejemplo, Carabineros de Chile agrupa compras de Dirección General, Dirección de Logística, Fondos para Hospitales, Fondo Hospital Dipreca, Dirección de Bienestar, etc.).
- Servicio de Impuestos Internos.
Mediante estas herramientas, el Consejo busca facilitar el acceso de los ciudadanos a la información de dichas plataformas. Es importante señalar que el Consejo no efectúa una revisión del contenido almacenado en ellas y, por tanto, no es responsable del contenido y exactitud de esos datos. Se hace presente que el Consejo ha adoptado los niveles de seguridad de los datos personales que son legalmente requeridos, teniendo especialmente en cuenta la calidad de la información recopilada.
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