El Coordinador de Turno Rotativo en el SENAME: Funciones y Contexto

Introducción al Rol del Coordinador de Turno Rotativo en SENAME

El Servicio Nacional de Menores (SENAME) es una institución clave en Chile dedicada a cumplir una misión institucional fundamental, trabajando directamente con diversas organizaciones y manteniendo una relación de trabajo complementario. Su estructura se compone de una Dirección Nacional en la ciudad de Santiago y 15 Direcciones Regionales a lo largo del país. Además, el Servicio cuenta con 62 centros de administración directa, distribuidos desde la región de Arica y Parinacota hasta la región de Magallanes y Antártica Chilena, todos ellos dependientes de las Direcciones Regionales correspondientes. Un Centro de Internación Provisoria (CIP), por ejemplo, forma parte del Área de Justicia Juvenil.

Dentro de este marco operativo, el coordinador de turno rotativo juega un papel esencial en la gestión y supervisión de las operaciones diarias en los centros de atención, asegurando la continuidad y calidad de la intervención con niños, niñas y adolescentes bajo su cuidado.

Mapa de Chile con la ubicación de las 15 Direcciones Regionales y 62 centros del SENAME

Funciones Específicas del Coordinador de Turno Rotativo

Las responsabilidades del coordinador de turno rotativo son fundamentales para el buen funcionamiento de las residencias del SENAME. Entre las funciones clave se destaca la siguiente:

  • Coordinar la acción y participación en la residencia de instituciones u organizaciones comunitarias que apoyan la intervención de los niños, niñas o adolescentes.

Requisitos para el Cargo de Coordinador

Especialización y Capacitación Preferente

Para optar al cargo de coordinador de turno rotativo, se valora una formación específica que asegure las competencias necesarias para el desempeño de las tareas. De preferencia, se requiere un Título Técnico del área de las Ciencias Sociales o Educacional, otorgado por un establecimiento educacional del Estado o reconocido por este.

Requisitos Generales para el Ingreso a la Administración Pública

El postulante debe cumplir con los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública, señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, que incluyen:

  • Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  • Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal (cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
  • No haber sido condenado con la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, contemplada en el inciso 2° del artículo 372 del Código Penal (Ley Nº 20.594).

Además, no deberá estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impiden a las personas con ciertos vínculos o situaciones con el Servicio acceder a cargos públicos. Estas inhabilidades incluyen:

  • Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más con el Servicio.
  • Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  • Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  • Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.

Aspectos Contractuales y Remuneración

La persona seleccionada para el cargo de coordinador de turno rotativo será nombrada en un empleo a contrata. Inicialmente, este contrato tendrá un período de 3 meses, el cual se renovará en función del informe de desempeño emitido por su jefatura directa.

Es importante destacar que las contratas tienen una duración máxima hasta el 31 de diciembre de cada año, y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha por el solo ministerio de la ley. La única excepción es que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.

En cuanto a las bonificaciones, la remuneración se incrementa durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Modernización Nº 19.553. La renta bruta aproximada corresponde a la jornada del sistema de turnos.

El Sistema de Turnos Rotativos en el Contexto Laboral Chileno

Definición y Necesidad de los Turnos Rotativos

Los turnos rotativos son una forma de organizar la asistencia al trabajo que establece que los trabajadores ocuparán la misma posición, pero en horarios variables. Este tipo de organización es adoptado por empresas e instituciones que deben permanecer siempre en funcionamiento y, por ende, necesitan tener personal a bordo de manera continua. Entre ellas, figuran sectores como la industria de la salud, empresas de transporte y, por supuesto, centros de atención directa como los del SENAME que requieren cobertura 24/7 para garantizar el cuidado y la intervención ininterrumpida.

Existen múltiples combinaciones posibles de turnos rotativos, donde pueden variar tanto los días a trabajar como los horarios. Esto significa que a lo largo de los días, semanas o meses, los trabajadores tendrán diferentes horarios, rotando entre los distintos turnos establecidos por la institución. Algunos ejemplos básicos incluyen turnos de día, tarde y noche, donde un colaborador puede tener cada semana un turno diferente (ej., un turno diario, uno de tarde y luego uno de noche), para después volver a comenzar el ciclo.

Infografía: Ejemplos de patrones de turnos rotativos (día/tarde/noche, 6x1)

Marco Legal y Regulatorio

El Código del Trabajo (CT) de Chile no cuenta con un apartado especial que defina explícitamente los turnos rotativos. Sin embargo, este sistema de trabajo está permitido, basándose en la existencia de varias normas que abordan lo que debe hacerse cuando una empresa lo adopta. La Dirección del Trabajo (DT) también confirma su viabilidad y se encarga de aclarar la aplicación precisa de ciertas normativas, adoptando la definición del término fijado en el diccionario de la Real Academia Española.

Los empleadores pueden implementar diferentes patrones de turnos rotativos, pero siempre respetando las leyes de máximo de jornada laboral y otorgando los descansos correspondientes. Algunos patrones aprobados incluyen el 6/1, que implica seis días de trabajo y uno de descanso. Es fundamental, sin importar los turnos rotativos implementados, respetar las horas de trabajo permitidas a la semana. Adicionalmente, según lo indicado en el artículo 36 del Código del Trabajo, el descanso dominical y festivo comienza a las 21:00 horas del día anterior y termina a las 06:00 horas del día siguiente.

Desafíos en la Gestión de Turnos

La gestión del turno rotativo de cada empleado y la elaboración y manejo de la plantilla completa representan un verdadero reto para cualquier departamento de Recursos Humanos o para coordinadores de área. En primer lugar, es necesario cumplir con todas las regulaciones legales relativas a los horarios y descansos, entre otros asuntos. En segundo lugar, es crucial manejar todas las particularidades personales de cada empleado. Cuanto mayor sea el número de empleados, mayor será el grado de organización que deberá existir para evitar conflictos y asegurar una cobertura eficiente.

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