El Seguro de Cesantía en Chile: Guía para Trabajadores, Incluidas Personas con Discapacidad

En Chile, el Seguro de Cesantía es un beneficio fundamental diseñado para proteger a los trabajadores en caso de pérdida involuntaria de su empleo. Este sistema, administrado principalmente por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), se estructura en torno a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y un Fondo de Cesantía Solidario (FCS), asegurando un respaldo económico durante los períodos de inactividad laboral.

Esquema de funcionamiento del Seguro de Cesantía en Chile

¿Qué es y Cómo se Financia el Seguro de Cesantía?

Cada afiliado o afiliada a la AFC posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Esta cuenta se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles, lo que asegura un ahorro personal para contingencias de desempleo. En caso de quedar cesante, el trabajador podrá retirar el dinero acumulado en giros mensuales.

Si un trabajador no cumple con los requisitos para acceder a los beneficios del Seguro de Cesantía, existe la opción de solicitar el Subsidio de Cesantía, el cual es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las cajas de compensación. La afiliación al Seguro de Cesantía es permanente e irrenunciable.

Afiliación y Responsabilidades del Empleador

Es el empleador quien tiene la responsabilidad de completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o a través de PreviRed.com. La AFC creará la Cuenta Individual de Cesantía con el Número Identificatorio para Cotización (NIC) del trabajador.

Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002 bajo el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o inició sus labores como trabajador(a) de casa particular antes de dicha fecha, puede afiliarse de manera voluntaria al Seguro de Cesantía. Este trámite se realiza en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), utilizando su ClaveÚnica. El trámite se efectúa llenando el formulario de afiliación. En un plazo de 5 días hábiles, AFC le informará si su solicitud fue aceptada o rechazada.

Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador debe seguir pagando el 4,11% de la remuneración imponible, sin distinción del tipo o duración del contrato. La ley que rige este seguro es de carácter obligatorio.

Acceso al Seguro de Cesantía para Personas con Discapacidad y Pensionados

Un aspecto crucial del sistema es su alcance. Si usted se encuentra percibiendo algún tipo de pensión y está sin trabajo, tiene derecho a acceder a los beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía. Es muy importante tener en cuenta que, durante la solicitud de retiro de fondos como pensionado(a), usted deberá firmar una declaración jurada en la que manifiesta estar en conocimiento de que no contará con cobertura del Seguro mientras no cuente con nuevas cotizaciones suficientes.

Contexto de Inclusión Laboral

En el marco de la Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad, que comenzó a regir el 1 de abril de 2018, cerca de 7.600 empresas en Chile deben cumplir con esta normativa. Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación, lo que asegura un trato no discriminatorio.

Adicionalmente, las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo, fomentando su inserción y capacitación laboral.

Componentes del Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía se compone de dos pilares principales: la Cuenta Individual de Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son propiedad de cada afiliado(a). Las cotizaciones se contabilizan desde la afiliación o el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral, por un período máximo de 11 años por relación laboral. En caso de licencias médicas transitorias, la cotización del 0,6% es retenida y pagada por la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa, mutuales) durante la duración de la licencia.

Además, tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Cuando los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) se agotan, los giros pueden ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos establecidos para este beneficio. Es crucial revisar si se cumplen los requisitos para acceder a este fondo al momento de tramitar el Seguro de Cesantía.

Un requisito fundamental para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios es la certificación en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), la cual es obligatoria. Su incumplimiento es causal de suspensión de pago del beneficio.

En ciertas condiciones excepcionales, como cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años, se activará un 6° y 7° giro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario para quienes lo estén recibiendo. Este beneficio adicional consiste en dos pagos y se activa si el beneficiario permanece cesante y ha agotado sus fondos, sin importar el tipo de contrato que tuvo.

Proceso de Solicitud y Pago del Seguro de Cesantía

Para solicitar el Seguro de Cesantía, el afiliado debe ingresar a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) utilizando su RUN y clave de acceso AFC, o con su ClaveÚnica. Si no posee la ClaveÚnica, puede solicitarla. Si cumple con los requisitos, el trámite se puede realizar de manera sencilla y sin documentación adicional a través de la Sucursal Virtual de afiliados o de forma presencial en las sucursales de AFC Chile en todas las regiones del país. Al ingresar, el sistema mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía.

No es necesario realizar la solicitud inmediatamente después de terminar la relación laboral; puede hacerse en cualquier momento siempre que se conserve la condición de cesante, ya que no existe un plazo límite.

Plazos y Modalidades de Pago

Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo por parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo, el cual se realiza todos los jueves. Los pagos se efectuarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía.

Se puede optar por un depósito a una Cuenta Corriente, Cuenta de Ahorro, Cuenta RUT o Cuenta Vista de cualquier banco para recibir el beneficio.

El primer pago corresponderá al 70% del promedio de sus remuneraciones, considerando las últimas 5 si tuvo contrato fijo y las últimas 10 en caso de contrato indefinido.

¿Cómo solicitar su Seguro de Cesantía en la Sucursal virtual?

Cotizaciones Previsionales Durante el Cobro

Si usted se encuentra acogido(a) tanto a la Cuenta Individual como al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP, considerando una cotización previsional correspondiente al 10,10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía. Este es un beneficio vigente desde el 1 de mayo, por lo que sus pagos a partir de esa fecha contemplan este aporte.

Regularización y Apoyo a Extranjeros

Si un trabajador extranjero cuenta con su cédula de identidad chilena, debe proceder a regularizar su situación con AFC, ingresando a “Contáctenos” > “Seguro de Cesantía” > “Problemas con mi afiliación”. En caso de no contar con cédula de identidad, puede presentar pasaporte y el Número Identificatorio para Cotización (NIC).

Además, es posible autorizar a una tercera persona (residente en Chile) para la tramitación de su Seguro de Cesantía mediante el otorgamiento de un mandato especial. Es importante que los mandatos que autorizan a un tercero a tramitar y/o retirar los pagos del Seguro de Cesantía, además de estar legalizados, estén autorizados por la fiscalía de AFC Chile.

Manejo de Anomalías y Reclamos

Si AFC no ha recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador después de haber cesado su relación laboral, el afiliado debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio para solucionar esta situación. Desde la fecha de recepción del reclamo, AFC Chile tiene un plazo máximo de 25 días hábiles para diagnosticar las anomalías informadas y determinar las acciones de regularización respectivas, las que indica a través de un dictamen, siempre que la información aportada sea correcta. Ciertas causales de cese laboral podrían excluir el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.

La cartola del Seguro de Cesantía muestra los movimientos de su Cuenta Individual y el saldo disponible en caso de cesantía y de cumplir los requisitos.

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