Si has sido declarado inválido por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, puedes acceder a los detalles del proceso de jubilación para tu caso. Este trámite es completamente gratuito y es fundamental conocer los pasos necesarios para gestionar tu solicitud de manera eficiente.

Pasos para el trámite de pensión de invalidez
El proceso se divide en etapas estructuradas que garantizan la correcta evaluación de tu capacidad de trabajo y la posterior elección de tu modalidad de pensión.
- Suscripción de solicitud: Ingresa tu solicitud de pensión y calificación de invalidez agendando una videollamada con un asesor o acudiendo a una sucursal. Necesitarás tu cédula de identidad vigente y un poder notarial si el trámite lo realiza un tercero. La AFP enviará la información a la Comisión Médica, proceso que toma entre 1 y 5 días.
- Evaluación de la Comisión Médica: La entidad te contactará para informarte la fecha, hora y lugar de tu evaluación. Este paso puede tomar entre 5 a 30 días aproximadamente.
- Emisión de dictamen de invalidez: La Comisión Médica emitirá la resolución que calificará tu invalidez como parcial, total o rechazará la solicitud. Este paso tarda cerca de 60 días hábiles.
- Certificado de Saldo y SCOMP: Se emitirá tu Certificado de Saldo con tus ahorros y rentabilidad. Con este documento, puedes solicitar opciones de pensión a través del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
- Asesoría y aceptación de oferta: Puedes elegir entre las propuestas de tu AFP o Compañías de Seguros, solicitar una oferta externa o incluso desistir del trámite.
- Inicio del pago: Recibirás tu primer pago de pensión en un plazo de 10 días hábiles tras aceptar una oferta.
Tipos de invalidez y capacidad de trabajo
La calificación del grado de invalidez es realizada exclusivamente por la Comisión Médica. Se distinguen dos categorías principales:
| Tipo de Invalidez | Pérdida de capacidad de trabajo | Carácter |
|---|---|---|
| Invalidez Parcial | Igual o mayor al 50% e inferior a dos tercios (66,6%) | Transitorio (3 años) |
| Invalidez Total | Al menos dos tercios (66,6%) de la capacidad | Definitivo |

Aspectos clave sobre el financiamiento y reevaluación
- Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Si cuentas con cobertura, la pensión es pagada por la AFP con cargo a la Compañía de Seguros.
- Continuidad laboral: Ser declarado inválido (parcial o total) no impide que continúes trabajando. Si eres pensionado por invalidez parcial transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.
- Reevaluación: Transcurridos tres años desde el primer dictamen, serás citado a una reevaluación. Si la pérdida de capacidad es menor al 50%, el afiliado vuelve a ser trabajador activo.
- Residencia en el extranjero: Es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero siempre que el país de residencia mantenga un Convenio Bilateral con Chile.
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Nota: Si cuentas con antecedentes médicos adicionales, puedes enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a tu domicilio para agilizar el proceso.