La solicitud de pensión es un trámite fundamental para acceder a los beneficios de jubilación. Este proceso implica la presentación de diversos documentos y la interacción con entidades como las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Es importante destacar que las y los afiliados pueden realizar este proceso de manera directa y es absolutamente gratuito.

Aspectos Clave del Proceso de Solicitud de Pensión
La Declaración de Beneficiarios
Junto con la solicitud de pensión, es imprescindible realizar la Declaración de Beneficiarios. Para este trámite, se deben adjuntar los certificados de nacimiento de las hijas e hijos, y, si es el caso, el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil que acredite la relación. Si el afiliado no puede realizar el trámite personalmente, puede otorgar un poder notarial a otra persona para que actúe en su representación.
El Certificado de Saldo y el Rol de la AFP
La AFP es la entidad encargada de emitir el Certificado de Saldo. Una vez que la AFP recibe la solicitud para obtener este certificado, debe calcular la totalidad de los fondos que la persona ha acumulado. Posteriormente, toda esta información se traspasa al documento, que luego es enviado a la dirección postal del afiliado (generalmente su domicilio).
El contenido del certificado de saldo deberá ajustarse a la situación particular del afiliado, de modo de facilitar la comprensión de este documento por parte del mismo.
Paralelamente, la AFP tiene la responsabilidad de enviar esa información del Certificado de Saldo al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP, para asegurar que el cálculo del saldo sea correcto.

Modalidades de Pensión en el Sistema AFP
El sistema de AFP ofrece varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son:
- Retiro programado: En esta modalidad, el afiliado recibe una pensión que se recalcula anualmente, pagada directamente por la AFP y financiada con los fondos acumulados en su cuenta individual.
- Renta vitalicia: Implica contratar con una compañía de seguros de vida, la cual se compromete a pagar una pensión fija de por vida.
Además de estas, existen otras dos alternativas que mezclan características de las modalidades antes mencionadas:
- Renta temporal con renta vitalicia diferida: Se recibe una pensión temporal de la AFP y, posteriormente, una renta vitalicia de una compañía de seguros.
- Renta vitalicia inmediata con retiro programado: Una parte de los fondos se destina a una renta vitalicia y el resto se mantiene en retiro programado.
Capítulo 1: Modalidades de pensión en Chile
El Proceso de Ofertas de Pensión a través del SCOMP
Una vez recibido el Certificado de Saldo y la información por parte de la AFP, en un plazo máximo de 3 días hábiles, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta. Estas propuestas se basan en los fondos que el afiliado tiene disponibles para financiar su jubilación.
Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas. Este documento contiene las distintas alternativas de pensión que el afiliado o afiliada puede obtener, desglosadas según las cuatro modalidades vigentes. El Certificado de Ofertas de Pensión que emite el SCOMP será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta exclusivamente mediante carta certificada a su dirección postal (domicilio).
Evolución y Actualizaciones Normativas de los Formularios de Pensión
A lo largo del tiempo, diversos formularios y dictámenes relacionados con el sistema de pensiones han sido actualizados y reemplazados para adaptarse a nuevas regulaciones y mejorar los procesos. A continuación, se detallan algunas de las modificaciones normativas más relevantes:
Solicitudes de Pensión y Dictámenes de Invalidez
- La Norma de Carácter General Nº 27, de fecha 7 de noviembre de 2011, reemplazó formularios clave como la Solicitud de Pensión de Vejez, la Solicitud de Pensión de Invalidez y la Solicitud de Pensión Adicional - Afiliado Pensionado.
- Posteriormente, la Norma de Carácter General N° 153, de fecha 11 de septiembre de 2015, modificó la solicitud de pensión de sobrevivencia.
- En el ámbito de los dictámenes de invalidez, la Norma de Carácter General Nº 27 también reemplazó el Dictamen de Invalidez - Trabajador Afiliado, el Dictamen de Invalidez - Beneficiario de Pensión de Sobrevivencia, el Dictamen Modificatorio y el Dictamen de Reevaluación. Los formularios de Dictamen de Invalidez fueron nuevamente reemplazados por la Norma de Carácter General N° 86, de fecha 27 de junio del 2013.
Otros Formularios y Comprobantes Relevantes
- Los certificados de saldo fueron reemplazados por la Norma de Carácter General Nº 48, de fecha 29 de mayo de 2012.
- El formulario de Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión fue reemplazado por la Norma de Carácter General Nº 27, de fecha 7 de noviembre de 2011.
- Los formularios de Ficha de Cálculo fueron inicialmente reemplazados por la Norma de Carácter General Nº 27 (2011) y posteriormente, nuevamente reemplazados por la Norma de Carácter General Nº 48, de fecha 29 de mayo de 2012.
- El Comprobante de Pago de Pensiones fue modificado por la Norma de Carácter General Nº 23, de fecha 7 de octubre de 2011, y luego reemplazado por la Norma de Carácter General N° 119, de fecha 11 de julio de 2014.
- Finalmente, el formulario de Solicitud de cuota mortuoria fue modificado por la Norma de Carácter General N° 153, de fecha 11 de septiembre de 2015.