Para poder jubilarse, es fundamental estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y haber cumplido la edad legal de jubilación: 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres. Sin embargo, existe la posibilidad de pensionarse antes de alcanzar la edad legal si se cuenta con al menos 10 años de afiliación en el sistema previsional.
La Importancia de la Regulación y la Transparencia en la Gestión de Fondos
Empresas como Fintual A.G.F. S.A. operan bajo la estricta supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF, anteriormente SVS) en Chile. Esta entidad regula aspectos clave como el patrimonio de los fondos, el valor de las cuotas y las comisiones cobradas. Semanalmente, se detalla la composición de los activos en cartera de cada fondo, y se entregan reportes mensuales, trimestrales y estados financieros anuales de los fondos mutuos, así como trimestrales de la sociedad administradora.
Para garantizar la solidez de Fintual, se exigen patrimonios mínimos y se establecen garantías mediante seguros para cada fondo mutuo administrado. Es importante destacar que los fondos administrados por Fintual poseen un patrimonio separado de la propia administradora.

Tecnología al Servicio de la Inversión y el Ahorro
Fintual se define también como una empresa tecnológica que optimiza procesos financieros. Esto se traduce en la automatización de rutinas típicas de la industria, facilitando el enrolamiento remoto de clientes y las operaciones de inversión y rescate de manera sencilla y eficiente. La tecnología desarrollada internamente permite mejoras continuas y la incorporación de nuevas funcionalidades según las necesidades del negocio y de los clientes.
Se recomienda informarse sobre las características esenciales de la inversión en los fondos mutuos, las cuales se encuentran detalladas en sus reglamentos internos. Estos documentos están disponibles para consulta en la CMF y en el sitio web fintual.cl/docs. Es crucial recordar que las rentabilidades pasadas de los fondos no garantizan resultados futuros, y el valor de las cuotas de los fondos mutuos es variable.
Opciones para la Jubilación y Beneficios Adicionales
Existen diversas modalidades para acceder a una pensión:
1. Pensión por Edad Legal
Cumplir la edad legal (65 años para hombres, 60 para mujeres) y estar afiliado a una AFP. Tras 10 días hábiles de solicitud, la AFP emitirá el Certificado de Saldo, indicando el ahorro disponible para pensionarse.
2. Pensión Anticipada
Es posible pensionarse antes de la edad legal si se cuenta con al menos 10 años de afiliación al sistema previsional.
3. Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS)
Este es el monto máximo fijado por ley como aporte solidario. No requiere cumplir con la edad legal de jubilación y ofrece un ingreso garantizado en caso de invalidez. La reevaluación de la invalidez se realiza tras un plazo determinado.
4. Seguro de Cesantía Obligatorio (AFC)
Se ha cotizado mensualmente un seguro de cesantía obligatorio a través del empleador.
Proceso para Solicitar la Pensión
Una vez que la AFP emite el Certificado de Saldo, el afiliado debe dirigirse a su AFP o a una Compañía de Seguros para solicitar una cotización de pensión. Posteriormente, el sistema SCOMP enviará por correo certificado a domicilio el Certificado de Oferta, el cual detalla las opciones de montos de pensión ofrecidas por las AFP (retiro programado) y las compañías de seguros (rentas vitalicias). Este certificado tiene una vigencia de 12 días hábiles desde su emisión.

Modalidades de Pensión
Existen varias opciones al momento de contratar la pensión:
- Renta Vitalicia: Al contratarla con una Compañía de Seguros, esta recibe los fondos de la AFP y garantiza una pensión mensual fija en UF de por vida.
- Renta Vitalicia Inmediata: Permite aumentar temporalmente la pensión recibiendo una renta mayor, fija y en UF durante los primeros años de jubilación. Se contrata a través de una Compañía de Seguros de Vida, transfiriendo parte de los ahorros desde la AFP. Mientras se espera la fecha de inicio de la Renta Vitalicia, se recibe una Renta Temporal desde la AFP.
- Combinación de Pensiones: Es posible dividir los fondos de la AFP para contratar simultáneamente una pensión por Retiro Programado (desde la AFP) y otra por Renta Vitalicia (desde la Compañía de Seguros de Vida).
- Plan Renta Garantizada: Si el pensionado fallece, sus beneficiarios continuarán recibiendo el 100% de su pensión durante el período estipulado al momento de comprar la Renta Vitalicia. Una vez finalizado dicho período, las pensiones se distribuirán según los porcentajes legales.
- Fondo Remanente: En caso de fallecimiento, el saldo remanente se pagará como pensión de sobrevivencia a los beneficiarios. Si no existen beneficiarios, se pagará como herencia.
Es importante considerar que, independientemente de la modalidad de pensión elegida, se descontará el porcentaje correspondiente de salud, a menos que se cuente con un beneficio estatal que cubra este costo. El monto mínimo de pensión varía según el tipo de pensión, edad y otros factores.
Programas de Apoyo y Beneficios Estatales
Existen programas diseñados para complementar el bienestar de los adultos mayores:
- Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor (PACAM): Proporciona alimentos fortificados con micronutrientes para mantener y mejorar el estado nutricional.
- Pensión Básica Solidaria de Vejez: Aquellos que no tienen derecho a una pensión acceden a un monto específico (actualmente $85.964 pesos), el cual se reajusta anualmente el 1 de julio.