El Fondo Nacional de la Discapacidad y la Ley N° 19.284 de 1994 en Chile

La integración social de las personas con discapacidad ha sido un desafío constante en Chile. Con el advenimiento de la democracia, el Gobierno de Patricio Aylwin asumió formalmente un compromiso con esta parte de la comunidad nacional, proponiéndose contar con una ley marco que contribuyera a la plena integración social de las personas discapacitadas. El fundamento de todas estas normas se encuentra en los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos que Chile ha suscrito, ratificado y se ha obligado a respetar. El primer gobierno democrático de la Concertación, teniendo en cuenta el avance de la doctrina internacional en esta materia, puso en aplicación la Ley N° 19.284 en 1994, previamente aprobada por el H. Congreso Nacional.

Esquema de la estructura gubernamental chilena y la posición de FONADIS en la década de 1990

La Ley N° 19.284: Estatuto Jurídico de las Personas Discapacitadas

La Ley N° 19.284, promulgada en 1994, constituye el "Estatuto jurídico de las personas discapacitadas". Esta normativa marcó un hito en la legislación chilena al abordar de manera integral los derechos y la situación de las personas con discapacidad. El proyecto de ley buscaba simplificar el concepto de discapacitado, eliminando la exigencia de un porcentaje específico de disminución de la capacidad educativa, laboral o de integración social que la legislación previa pudiera requerir.

Principales Ámbitos de Acción de la Ley

La Ley N° 19.284 sentó las bases para la acción del Estado en diversas áreas clave para la integración de las personas con discapacidad. Estas incluyen:

  • Salud y Prevención: La ley reconoce el derecho a la salud, la investigación científica y busca tender a la no ocurrencia de una discapacidad, o para impedir su progresión o derivación en otra. Reafirma la importancia de la rehabilitación físico-funcional y mental, con énfasis en la pesquisa precoz y tratamientos efectivos, aspirando al máximo desarrollo de la personalidad del individuo.
  • Educación: Se aborda la necesidad de facilitar el acceso a la educación en todos los niveles (básico, medio y superior) y se busca la eliminación de la arbitrariedad en el trato estudiantil. Se plantea la importancia de las adaptaciones necesarias para que personas con diferentes discapacidades, como las sordas o ciegas, puedan acceder a los contenidos educativos.
  • Acceso a la Información: La legislación busca el acceso igualitario a la información, incluyendo medidas como el anuncio escrito en la parte inferior de la pantalla para personas con baja visión o la provisión de fax para la comunicación de personas sordas.
  • Integración Laboral: La ley aspira a una capacitación e inserción laboral efectiva, con programas que respondan a las necesidades de las personas con discapacidad, evaluando correctamente su solvencia técnica y promoviendo la colocación y seguimiento en empleos reales dentro del mercado. Se busca que la actividad económica del país incorpore proyectos privados sin una restricción necesaria a la microempresa.
  • Protección Legal y Derechos: Se consagra la igualdad ante la ley y la protección de la integridad física y psíquica de la persona. Asimismo, se reconoce el derecho a presentar peticiones a la autoridad y a acceder a funciones y empleos públicos según la capacidad o idoneidad personal.

El Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS)

En el marco de esta nueva legislación, el Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS) fue un organismo clave para canalizar la acción del Estado en estas materias. Desde 1994, FONADIS estuvo involucrado en diversos ámbitos sectoriales para promover la integración social de las personas con discapacidad, a pesar de las brechas e insuficiencias persistentes.

Estudios y Datos Estadísticos

FONADIS tuvo un rol fundamental en la recopilación de datos y la realización de estudios sobre la situación de la discapacidad en Chile. Por ejemplo, el “Primer Estudio Nacional de la Discapacidad en Chile, ENDISC-CIF”, fue realizado el año 2004 durante el gobierno del Presidente Ricardo Lagos Escobar por el entonces Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS) y el INE.

  • Según este estudio, las personas que vivían en situación de discapacidad en Chile sumaban 2.068.072, lo que representaba el 12,9% de la población.
  • Según las cifras del Registro Nacional de la Discapacidad del Registro Civil e Identificación, en Chile 36.663 personas se encontraban inscritas como discapacitadas.
  • La segmentación de la discapacidad en Chile indicaba que el principal y más numeroso tipo era la física, y la Región Metropolitana aglutinaba el mayor número de discapacitados.
  • Estos datos contrastaban con las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), avaladas por FONADIS, que indicaban que en los países en vías de desarrollo la población con discapacidad alcanzaba entre el 7% y el 10% de la población, lo que subraya la magnitud del desafío en Chile.
Infografía: Datos de discapacidad en Chile según estudios de FONADIS

Coordinación y Acción del Estado

La Ley N° 19.284 y el trabajo de FONADIS se enmarcaron dentro de una acción del Estado que involucraba a diversos ministerios y al Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN). Se buscaba una intervención integral para la integración social de las personas con discapacidad, abordando desde la detección temprana de enfermedades que pudieran ocasionar discapacidades hasta la facilitación de su acceso a la educación y la salud.

A pesar de los esfuerzos iniciales y la promulgación de la Ley N° 19.284, persistieron importantes brechas e insuficiencias para la plena inclusión social de estos compatriotas y sus familias. La normativa se remitió en algunos aspectos a lo prescrito en la ley sobre Juzgado de Policía Local para la protección de derechos, lo cual a menudo resultaba inconducente al restablecimiento de los mismos. La necesidad de adaptar los procedimientos y sanciones seguía siendo evidente.

Historia de la Discapacidad

Hacia una Cultura de Inclusión y la Evolución del Marco Legal

Desde 1994, la aspiración ha sido trascender el concepto de "integración" hacia una verdadera "inclusión social". Esto implica que la sociedad y la autoridad deben comprender y participar de una cultura de valoración de la diversidad humana, dejando atrás la idea de la dádiva social y adoptando el cariz retributivo que implica toda relación social.

Aunque el Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS) fue un pilar fundamental, el devenir de la legislación llevó a su reemplazo y la creación de nuevas instituciones. La ley 20.422, promulgada el 3 de febrero de 2010 por la Presidenta Michelle Bachelet Jeria, estableció las "Normas para la Igualdad de Oportunidades y la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad" y creó el Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS). Este nuevo servicio, con más recursos y atribuciones, buscó dar continuidad y profundidad a los esfuerzos iniciados en 1994 para proteger los derechos y fomentar la inclusión de las personas con discapacidad en Chile.

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