La Asignación Mensual Vitalicia de Alberto Fernández: Trámite, Controversias y Marco Legal

Aunque inicialmente se especulaba con su radicación en España, el expresidente Alberto Fernández ha iniciado los trámites para acceder a su jubilación honorífica como exmandatario de la Nación. Este beneficio, según cálculos de la legisladora porteña Graciela Ocaña, ascendería a un monto cercano a los 7 millones de pesos mensuales.

Foto de Alberto Fernández en España

El Trámite de la Asignación y la Controversia por la Residencia

Para percibir la pensión vitalicia, la ley 24.018, que rige este tipo de asignaciones para el Presidente, el Vicepresidente de la Nación y los Jueces de la Corte Suprema, establece en su artículo 5 que "para tener derecho al goce de esa asignación es condición que los beneficiarios estén domiciliados en el país". Esta disposición ha sido el centro de la controversia, ya que Alberto Fernández había manifestado en entrevistas tener "ofertas de algunas universidades" en España "para dar clases”, lo que sugería su posible radicación en ese país.

A principios de año, la noticia de que Fernández había iniciado el proceso administrativo para cobrar la pensión especial generó una inmediata reacción. La legisladora porteña Graciela Ocaña presentó un reclamo formal ante la ANSES para que el exjefe de Estado no pudiera percibir ese beneficio. Ocaña, junto a los legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires María Sol Méndez y Sebastián Nagata, enviaron una carta a la ANSES pidiendo que se anule el pedido de Alberto Fernández para el cobro de la asignación mensual vitalicia, argumentando que Fernández, quien se encuentra actualmente en España, "no va a residir en nuestro país".

En su fundamentación, Ocaña hizo hincapié en que la ley que otorga estas jubilaciones de privilegio establece dos condiciones: no cobrar ningún otro tipo de jubilación, pensión o beneficio dentro del sistema, y residir en Argentina. La diputada señaló que Fernández había declarado su intención de residir en Madrid, lo cual, según ella, hace incompatible el beneficio. Sin embargo, Alberto Fernández aclaró en sus redes sociales: “Aclaro que no está en mi ánimo radicarme fuera de Argentina ni tener residencia en otro país. Hago un culto a mi decencia y no dejaré que difamen mi honestidad mostrándome como un privilegiado. No quiero ser acusado de abusar de privilegios que nunca pedí y nunca tuve. Solo me atengo a recibir el trato que las normas determinan”.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aprobó el trámite presentado por el expresidente Alberto Fernández para acceder al beneficio de la jubilación de privilegio. Según explicaron desde el organismo, el pasado 6 de diciembre - cuando Fernández aún estaba al frente del Poder Ejecutivo- inició los trámites. Fuentes oficiales aclararon que “en cumplimiento con lo que estipula dicha ley, tramitó la jubilación y la resolvió en el tiempo habitual (tres meses)”.

Infografía sobre los requisitos para la jubilación de expresidentes en Argentina

Monto de la Asignación y Reclamos de la Oposición

El expresidente Alberto Fernández recibió una jubilación de privilegio de $14.272.997,79 en bruto, lo que en términos netos (de bolsillo) asciende a $10.000.630,64. A este monto mensual inicial, se le sumó la percepción de un retroactivo de $32.207.388,83, correspondientes al período desde el pedido de la prestación. Este monto neto mensual multiplica por 50 lo cobrado en marzo por quienes tienen el haber mínimo, y casi por 12 el importe máximo del sistema previsional general.

Ante esto, la legisladora Graciela Ocaña lanzó una campaña titulada "No a la jubilación de privilegio para Alberto Fernández", y realizó una estimación del monto que percibiría el exmandatario. “No podemos permitir que cobre una jubilación de 7 millones de pesos. Esto equivale a 66 jubilaciones. Basta de privilegios para la verdadera casta”, escribió en un posteo. Ocaña también presentó un reclamo formal ante la ANSES, haciendo hincapié en la difícil situación que enfrentan los jubilados y en la necesidad de que Fernández acredite su residencia en el país.

La historia de las jubilaciones de privilegio: ¿Quién la recibió primero? | Cadena 3 Argentina

Impacto de la Gestión de Fernández en las Jubilaciones

La crítica de Ocaña contra Alberto Fernández también se centró en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva impulsada por el expresidente peronista, que declaró la emergencia pública en varias materias, incluida la previsional. “Le vamos a dar elementos a la ANSES con los cuales pueda denegar la jubilación de privilegio de Alberto Fernández, y lo vamos a hacer utilizando el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) que él mismo firmó decretando la emergencia previsional para poder robarle la plata a los jubilados”, detalló Ocaña.

La gestión de Alberto Fernández (Frente de Todos) fue objeto de críticas por el deterioro de los haberes jubilatorios. La promesa de recomponer los salarios y las jubilaciones, dicha por Fernández en 2019, se consideró incumplida al concluir su gestión. Durante el gobierno de Mauricio Macri (Cambiemos) se modificó la fórmula de cálculo de las jubilaciones, que fue nuevamente alterada en diciembre de 2019, suspendiendo por 180 días la fórmula de movilidad de 2017 y pasando a ser fijadas discrecionalmente por el Poder Ejecutivo Nacional cada 3 meses. A fines de 2020, el Congreso aprobó una nueva fórmula que tenía en cuenta los salarios y la recaudación.

Pérdida de Poder Adquisitivo de las Jubilaciones

Un análisis realizado por el Dr. Alejandro Chiti, exsecretario de Seguridad Social y exdirector general de Anses, indica que durante la gestión de Fernández los jubilados perdieron un 81% de poder adquisitivo. La Cámara Federal de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de la ley 27.609 de movilidad previsional aprobada durante el Gobierno de Alberto Fernández, que se aplicó entre enero de 2021 y marzo de 2024, debido al deterioro del 50% que provocó en los haberes jubilatorios en relación con la inflación.

Los jueces mendocinos -Gustavo Castiñeira de Dios, Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci- consideraron que “el fracaso del método de movilidad de la Ley 27.609 se ha dado en la práctica por circunstancias intrínsecas y extrínsecas”. Detallaron las pérdidas sufridas por los haberes jubilatorios en relación con la inflación:

  • En el año 2021, los jubilados obtuvieron un incremento total del 52,67% contra una inflación del 50,79%, apreciándose sus haberes en un 0,82% en términos reales.
  • En el año 2022, el incremento fue del 72,45% contra un aumento del IPC del 94,75%, implicando una pérdida del 11,6% contra la inflación.
  • En el año 2023, los haberes previsionales subieron un 110,95% contra una inflación del 211,4%, provocando una pérdida del 33,5%.
  • Entre diciembre de 2023 y marzo de 2024, el aumento fue del 27,18% y la inflación del 51,62%, una depreciación del 16,1%.

La pérdida total del poder adquisitivo de los haberes acumulada en el período de vigencia de la Ley 27.609 es del 50,3%. Esta pérdida, según los jueces, “provoca una clara violación al principio de sustitutividad en materia previsional, al colocar al jubilado en una situación y status inferior al que se encontraba cuando estaba en actividad, como así también del principio de proporcionalidad, al romper la relación porcentual que debe existir entre lo percibido como jubilación y los haberes en actividad por parte del accionante”.

Además, la sentencia señaló que los bonos o refuerzos a los jubilados de haberes mínimos son un reconocimiento de la deficiencia de la fórmula de movilidad, ya que “no constituyeron importes destinados a incorporar un nuevo ‘renglón’, ‘rubro’ o ‘concepto’ prestacional en el haber”, afectando la garantía de igualdad ante la ley.

Gráfico comparativo de evolución de jubilaciones e inflación en Argentina

Causas Judiciales y Cuestionamientos Éticos

La presión política y judicial sobre el expresidente Alberto Fernández suma un nuevo capítulo. Tras su procesamiento por el juez federal Sebastián Casanello en la causa conocida como Seguros, tres legisladores de la ciudad de Buenos Aires (Graciela Ocaña, María Sol Méndez y Sebastián Nagata) reclamaron ante la Anses que se le suspenda la asignación mensual vitalicia que percibe por su paso por la Presidencia. En el escrito, solicitaron la inmediata suspensión del beneficio, argumentando que “representa un enorme perjuicio al erario público”.

Según datos oficiales citados en el documento, Fernández cobra actualmente $ 8.877.518,67 por mes, lo que equivale a más de 24 jubilaciones mínimas. Los firmantes sostienen que la Ley 24.018 contempla que se trata de un “privilegio” sujeto a condiciones. “Si ese cargo fue utilizado para beneficio propio y se cometieron delitos, no corresponde mantener la jubilación”, plantearon, pidiendo que la suspensión se mantenga hasta que haya una resolución judicial definitiva sobre la culpabilidad de Fernández.

Además, los legisladores aludieron a la existencia de 108 denuncias penales en contra del expresidente y calificaron como una conducta aberrante y ofensiva a la llamada “cena en Olivos”, en referencia a la reunión hecha para celebrar el cumpleaños de Fabiola Yáñez, en una fecha en la cual regían estrictas restricciones por la cuarentena. “Las jubilaciones de privilegio tienen en su origen un costado de reconocimiento honorífico al ciudadano que desempeñó el cargo de Presidente, y está claro que Alberto Fernández no tiene honor y es una vergüenza para todos los argentinos”, señaló Ocaña.

Rechazo a la Derogación de Jubilaciones de Privilegio

A principios de junio, la Cámara de Diputados aprobó en general un proyecto sobre cambios en las jubilaciones, pero votó mayoritariamente en contra de derogar el sistema de asignaciones de privilegio para expresidentes y exvicepresidentes. La decisión oficial fue otorgar la prestación, porque -según la explicación de fuentes oficiales- la ley 24.018 no prevé la denegatoria por los motivos aludidos en las solicitudes. La previsión que hace esa norma es que de los beneficios establecidos se excluye a quienes “previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”, algo que no ocurrió en el caso de Fernández.

De acuerdo con el Código Penal, está prevista “la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar” en el caso de sentencias con condena firme que dispongan la inhabilitación de los acusados. Pero, incluso para ese supuesto, esa norma dispone que el beneficio sea recibido “por los parientes que tengan derecho a pensión”, que en el caso de los hijos, rige hasta que cumplen los 18 años.

tags: #alberto #fernandez #jubilaciones