Deuda Previsional en Chile: Explicación y Mecanismos de Regularización

La deuda previsional en Chile es un aspecto crucial dentro del sistema de seguridad social y pensiones del país. Este sistema se fundamenta en la capitalización individual, donde cada trabajador acumula fondos en una cuenta personal durante su vida laboral. La deuda previsional surge por diversos factores y tiene implicaciones significativas tanto para trabajadores como para empleadores.

Esquema del sistema de pensiones en Chile

Origen y Factores de la Deuda Previsional

La deuda previsional se origina principalmente cuando las empresas declaran la deuda, pero finalmente esta no es pagada (DNP), generando así una obligación respecto de las previsiones del trabajador. Esta situación se agrava porque, en muchas ocasiones, el Estado debe aportar recursos adicionales para complementar las pensiones de aquellos que no tienen fondos suficientes.

Otros factores que contribuyen a la acumulación de la deuda previsional incluyen:

  • Bajos ingresos.
  • Desempleo.
  • Comisiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Obligaciones del Empleador y Plazos

Según la Superintendencia de Pensiones, para los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben ser pagadas por el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones. Este plazo puede prorrogarse hasta el primer día hábil siguiente si expira en día sábado, domingo o festivo.

No obstante, el D.L. 3.500 en su artículo 19 inciso 5º permite que el empleador declare las cotizaciones, pero no las pague inmediatamente. Esta opción legal implica que al menos exista una constancia de que el empleador adeuda cotizaciones a sus trabajadores y el monto imponible adeudado.

Si el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.

Impacto de la Deuda Previsional

La deuda previsional representa un desafío significativo para muchas empresas y PYMES en Chile, con implicaciones que van más allá de lo financiero. El incumplimiento en el pago de las cotizaciones previsionales puede generar multas y sanciones por parte de las autoridades competentes, aumentando la carga financiera de la empresa y afectando su reputación. Además, puede impactar negativamente en la moral y el compromiso de los empleados, ya que puede percibirse como una falta de preocupación por su bienestar y seguridad financiera a largo plazo.

Gráfico de la deuda previsional acumulada por año

Hasta el año 2018, la deuda global ascendía a US$6.328 millones, equivalentes al 3% de los US$210.512 millones acumulados por los afiliados en los Fondos. Una parte significativa de los empleadores deudores correspondían a MIPYMES. Actualmente, más de 250 mil empleadores reconocen haber declarado las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y no haberlas pagado.

Mecanismos para la Gestión y Regularización de la Deuda Previsional

Existen diversas opciones para cancelar una deuda previsional y regularizar la situación. Este trámite permite saldar deudas previsionales por no haber declarado el pago de imposiciones. Para verificar las obligaciones previsionales, es necesario recopilar información relevante sobre los pagos de cotizaciones y usar herramientas y recursos disponibles para la consulta de deudas.

Acciones del Trabajador

Es recomendable que el trabajador, sea independiente o dependiente, esté siempre atento al estado de sus cotizaciones previsionales. Los trabajadores pueden revisar a través de los sitios web de su AFP el estado de sus cotizaciones, solicitando un certificado de cotizaciones pagadas en períodos específicos o históricas. De este modo, en caso de presentar alguna deuda, los dependientes pueden hablar con su empleador para regularizar la situación.

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Acciones de las AFP y la Tesorería General de la República (TGR)

Las AFP están obligadas a solicitar a la Tesorería General de la República (TGR), bajo el artículo 25 bis de la ley de cobranza previsional 17.322, la retención de fondos suficientes de la devolución de impuesto a la renta que corresponda al empleador con el fin de pagar las cotizaciones adeudadas. Si la AFP o AFC no lo hace, puede ser declarada negligente en el cobro y ser obligada a pagar el monto previsional adeudado.

No ocurre lo mismo con aquellas cotizaciones de seguridad social declaradas y no pagadas, ya que tanto la Superintendencia de Pensiones (SAFP) como el Instituto de Normalización Previsional (INP) poseen herramientas para obligar judicialmente al empleador a enterar los montos retenidos.

Opciones para Manejar la Deuda Previsional

Existen opciones para manejar la deuda previsional, como aumentar los ingresos, la tasa de cotización y los aportes voluntarios, así como planificar y diversificar las inversiones. Las empresas que enfrentan dificultades financieras debido a la deuda previsional pueden buscar diversas opciones de financiamiento, como el factoring, líneas de crédito y programas de apoyo gubernamentales. Además de buscar soluciones de financiamiento, las empresas pueden implementar diversas estrategias para manejar y prevenir la acumulación de deudas previsionales en el futuro.

Infografía sobre estrategias para evitar la deuda previsional

El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad pública a cargo de administrar el Sistema de Pensiones Solidarias. Las AFP deben informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias en las que se atienda público a través de un panel, tablero o pizarra que debe mantenerse actualizado.

Determinación de Intereses en Deuda de Nuevos Afiliados

En el caso de un nuevo afiliado, cuya primera cotización se constituya como deuda previsional y que no hubiese optado por seleccionar un tipo de Fondo para el depósito de sus cotizaciones obligatorias, para efectos de determinar los intereses a aplicar a dicha deuda, se deberá considerar aquel tipo de Fondo que le corresponda por defecto, de acuerdo a su edad. Lo mismo aplica para los primeros depósitos en cuentas de carácter voluntario.

La Superintendencia publicará mensualmente en su sitio web (www.spensiones.cl) la Circular de Reajustes e Intereses con los valores actualizados que corresponde aplicar.

La Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos

Esta ley establece un mecanismo de pago de las deudas de pensión de alimentos. Su objetivo es facultar a los Tribunales para que investiguen el patrimonio de quien adeuda la pensión de alimentos (alimentante) y retengan los fondos disponibles, implementando un mecanismo eficiente de cobro.

Proceso de Fijación y Cobro de Pensiones de Alimentos

  1. Mediación Familiar: El primer paso para la fijación de una pensión de alimentos es la mediación familiar. Este procedimiento es obligatorio y previo a la judicialización. Se puede realizar en un Centro de Mediación del Tribunal de Familia o en uno privado. Si las partes acuerdan un monto, el Tribunal emite sentencia. En caso contrario, se emite un certificado que habilita a iniciar el juicio por alimentos.
  2. Monto de la Pensión: El Tribunal fija el monto de la pensión de alimentos en base al Ingreso Mínimo Mensual (IMM) vigente. Para un hijo, el monto es equivalente al 40% de un IMM; para dos o más hijos, el 30% de un IMM por cada hijo.
  3. Consideración de Deudor: Para que una persona sea considerada deudora de pensión de alimentos, debe estar obligada a pagar alimentos por el Tribunal.
  4. Investigación Patrimonial y Retención: A pedido del alimentario, el Tribunal investiga el patrimonio del deudor. En caso de encontrar cuentas bancarias, de APV, de ahorro o inversión, el Tribunal tiene un plazo de cinco días hábiles para oficiar a esas instituciones, quienes deben informar en 10 días hábiles sobre saldos, movimientos y otra información relevante. El Tribunal, junto con oficiar a las instituciones, dicta una medida cautelar de retención de los fondos del deudor.
Diagrama de flujo del proceso de cobro de pensiones de alimentos

Procedimiento Especial de Cobro

La Ley de Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, en vigencia desde el 20 de mayo de 2023, establece un procedimiento especial de cobro en el que el Tribunal, a pedido del alimentario, investiga los saldos de cuentas bancarias (vistas, RUT o corrientes), de ahorro previsional voluntario (APV individual y colectivo, Cuenta 2 y Depósitos Convenidos) y de ahorro e inversión (fondos mutuos, depósitos a plazo, entre otros). De existir saldos suficientes, el Tribunal ordena a las instituciones administradoras (bancos, AFP, instituciones financieras, compañías de seguro) que ejecuten el pago.

Para iniciar el procedimiento de cobro, la deuda debe estar liquidada por el Tribunal. El alimentario o su representante legal deben solicitar la retención de los fondos ante el Tribunal, no directamente a la AFP, incluso si el deudor se encuentra en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, ya que el procedimiento no es automático.

Retención de Fondos Previsionales Obligatorios

A solicitud de la persona alimentaria, el tribunal consultará la existencia de fondos previsionales en la cuenta de capitalización individual del deudor, comunicando a la respectiva AFP la prohibición de que el afiliado se cambie de Administradora. La resolución que ordena el pago de la deuda liquidada se realizará dentro de un plazo de tres días hábiles contados desde la presentación de la solicitud. En el procedimiento extraordinario de cobro, la AFP tiene un plazo de 5 días hábiles desde que el tribunal le notifica la resolución de pago de la deuda para realizarlo.

No es posible usar este procedimiento especial de pago si el acuerdo con el deudor es solo de palabra.

Situaciones con Múltiples Deudas de Alimentos

Si una misma persona mantiene deudas de alimentos con más de un hijo, el Tribunal, una vez iniciada la investigación, revisará si existen más alimentarios con pensiones impagas respecto del mismo deudor. En esos casos, el Tribunal tratará todos los casos de manera conjunta y prorrateará los fondos del deudor entre todas las deudas impagas que cumplan con el requisito de tener al menos una mensualidad adeudada después de la fecha de entrada en vigencia de la Ley.

Sanciones Administrativas por Deuda de Alimentos

Se prohíben traspasos de vehículos y propiedades, y los deudores no pueden renovar su licencia de conducir ni pasaporte.

Cobertura y Comisiones en el Sistema de Pensiones

Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) cobran a los afiliados una comisión por la gestión de administración de la cuenta de capitalización individual obligatoria. Las personas son libres de elegir su AFP, pero los trabajadores que se afilian por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.

Tipos de Cotizaciones

  • Cotización obligatoria: 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 90 Unidades de Fomento (UF).
  • Cotización adicional o comisión: Por depósito de cotizaciones, destinada al financiamiento de la AFP, incluido el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).
  • Cotización de cargo del empleador: Creada por la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, comienza con una tasa inicial de 1% que aumentará cada año, por un período de nueve años, hasta llegar al 7% de la remuneración del trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el SIS.

Los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.

Trabajadores Cubiertos por el SIS

  • Trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP. Se presume cobertura si la muerte o declaración de invalidez ocurre mientras prestaban servicios.
  • Trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta, quedando cubiertos por un período de un año.

El Valor Cuota y la Herencia de Fondos Previsionales

El valor cuota es una unidad de medida en la que se expresan los recursos acumulados por un trabajador en su cuenta de capitalización individual en una AFP. El dinero acumulado corresponde a un número de cuotas, cuyo valor aumenta o disminuye diariamente según la rentabilidad de las inversiones.

De no existir beneficiarios legales, los ahorros previsionales pasan a formar parte de los bienes del afiliado fallecido, constituyendo herencia. El monto del beneficio de herencia corresponde a la totalidad del saldo de la cuenta de ahorro previsional obligatorio al momento del fallecimiento. Si las personas herederas son varias, deberán designar un mandatario común que las represente para recibir el pago de los recursos heredados.

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