El sistema de protección del Servicio Nacional de Menores (Sename) en Chile se enfrenta a múltiples desafíos que afectan directamente la vida de miles de niños y sus familias. La complejidad de estos casos se ve reflejada en los procesos judiciales y las decisiones que toman los tribunales.
Casos Ilustrativos: F.N. y D.C.
La situación de F.N., un niño de tres años, es un claro ejemplo de las dificultades del sistema. Tras más de un mes en un hogar del Sename, debido a que ni su madre, que no podía ni quería asumir la custodia por alcoholismo y desatención, ni su padre podían cuidarlo, su caso llegó a un juzgado de familia de San Miguel. Originalmente, el padre denunció abandono para obtener la custodia. En una primera audiencia, la abuela materna, la única dispuesta y capaz de cuidar a F.N., se hizo cargo. Sin embargo, en una segunda audiencia, el juez determinó que la abuela tampoco era apta y ordenó la internación del menor en un hogar del Sename. Paradójicamente, la abuela materna ahora vive en otras condiciones, con una pareja estable, trabajo y vivienda, y sí podría cuidar a F.N.
Otro caso que revela las falencias es el de D.C., quien fue internada en un hogar del Sename en 2010 a los cinco años. Sus padres fueron denunciados por negligencia tras la muerte de uno de sus hermanos. Un juez de San Miguel ordenó su internación y la de dos de sus hermanos en hogares distintos, junto con terapia familiar. Posteriormente, funcionarios del hogar solicitaron que D.C. fuera declarada admisible para adopción al no recibir visitas de sus padres. Un Tribunal de Familia de Santiago le abrió un nuevo expediente. Sin embargo, la Corte de Apelaciones finalmente determinó que la situación familiar había mejorado, con subsidio habitacional y mayor compromiso. Se descubrió que la ausencia de visitas se debía a la imposibilidad de los padres de visitar a sus tres hijos en diferentes hogares del Sename, asistir a terapia y trabajar simultáneamente. Este informe fue clave para que la corte revocara la orden de adopción.

Problemas Estructurales en los Tribunales de Familia
La Indefinición de "Vulneración de Derechos Grave"
Uno de los primeros obstáculos que enfrentan los jueces es la ausencia de una norma que defina qué significa una “vulneración de derechos grave”, un concepto central en juicios de menores en riesgo. Esto deja las medidas a adoptar a criterio de los jueces, generando inconsistencias.
Falta de Representación Legal para Afectados
Un segundo problema, grave para el menor y su familia, es que la ley no exige que los afectados tengan un abogado que los represente. Esto otorga un poder desproporcionado a los magistrados, ya que, como señaló un juez a CIPER, la mayoría de las causas de protección se fallan sin abogado, lo que impide apelaciones y revisión en cortes superiores.

Presión por Cantidad de Sentencias y la "No Radicación"
La presión sobre los jueces para dictar un alto número de sentencias es una realidad. Estadísticas de la Región Metropolitana entre enero de 2015 y abril de 2016 revelaron 205 jueces manejando 27.075 causas. Algunos jueces dictaron entre 821 y 1.568 fallos en ese período, evidenciando una priorización de la cantidad sobre la calidad.
El relato de una jueza de familia de Pudahuel, corroborado por otros magistrados, indica que en la mayoría de las causas de protección se acoge la denuncia basándose mínimamente en el parte policial. Los casos que llegan a una audiencia preparatoria son una minoría, y solo los realmente graves llegan a juicio. El resultado es que muchos niños obtienen una medida de protección, incluso la internación en un programa, sin una audiencia adecuada ni diligencias exhaustivas.
El Centro de Medidas Cautelares (CMC), dependiente de la Corte de Apelaciones de Santiago, que dirime medidas de protección, también mostró esta tendencia. Entre enero de 2015 y abril de 2016, seis de los 69 jueces destacaron por su "eficiencia" en sentencias. Arturo Klenner Gutiérrez, coordinador del CMC, dictó 1.568 sentencias, con un récord de 277 fallos en un solo mes. Le siguen Jessica Arenas Paredes (1.069), Karen Hoyuelos De Luca (1.027), Johana Sepúlveda Coria (821), Gloria Negroni Vera (701) y Constanza Feliú Slater (470).
Un factor que agrava esta situación es la "no radicación". Hasta 2010, un juez seguía una causa desde el inicio hasta el fin, incluyendo el seguimiento de las protecciones. Sin embargo, en pos de la celeridad, se implementó la "no radicación" a rajatabla, lo que significa que los jueces rotan entre causas de protección y otros asuntos. Esto interrumpe el seguimiento esencial, haciendo que el juez "pierda" y "olvide" los casos al pasar de uno a otro.
Deficiencias en Audiencias y Fiscalización
La presión por sentencias rápidas lleva a que, en ocasiones, se dicten medidas de protección sin realizar la audiencia respectiva. Se revisa el sistema SITFA para verificar antecedentes del niño y los padres, y a veces se contacta telefónicamente al denunciante. Esta premura y falta de un proceso exhaustivo comprometen la toma de decisiones que afectan drásticamente la vida de los menores.
La Corte Suprema no desconoce que los Tribunales de Familia fallen sin audiencia previa en la mayoría de los casos. La "Comisión Jeldres", conformada por jueces de familia, que recorrió centros del Sename, reveló un escándalo: niñas explotadas sexualmente por educadores, menores sin atención médica, maltrato y consumo de drogas. Aunque se intentó frenar la publicación del informe, sus hallazgos son alarmantes.
A pesar de la orden de la Suprema de crear un sistema de registro único para mejorar el seguimiento de causas, los resultados no fueron los esperados. Los jueces de familia debían incorporar información en una carpeta conectada a las fichas de cada niño bajo protección del Sename, mantenidas por los funcionarios del servicio. Además, se dispuso que los jueces visitaran los hogares del Sename cada seis meses.
Jueces y abogados indican que estas visitas son superficiales y no permiten una fiscalización a fondo. Los hogares del Sename, por su parte, incumplen la instrucción de enviar informes trimestrales sobre el cumplimiento de las medidas de protección. Esto significa que las medidas, especialmente las internaciones, rara vez se revisan.
Casos Emblemáticos y Decisiones Judiciales Clave
Revocación de la Corte de Apelaciones por Orientación Sexual
En un fallo calificado como "histórico", la Corte de Apelaciones de Santiago revocó una sentencia de un Juzgado de Familia que, basándose en una petición del Sename, pretendía iniciar el proceso de adopción de un menor de dos años y negar la tuición a su tío por ser homosexual. La sentencia original de Palamara Iribarne argumentaba la susceptibilidad de adopción del menor basándose en un informe del Sename que señalaba que "la única persona de la familia que se visualiza para asumir el cuidado es un hermano de la madre, con tendencias homosexuales". Este fallo de la Corte de Apelaciones garantiza que la orientación sexual no sea un argumento para la tuición, marcando un precedente significativo.
El Fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el Sename
La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una sentencia el 20 de noviembre de 2024 (mencionado en el borrador como ejemplo de análisis futuro o reciente) que determinó la responsabilidad internacional del Estado de Chile en el caso "Adolescentes recluidos en centros de detención e internación provisoria del Servicio Nacional de Menores (Sename) vs. Chile". Este fallo, analizado por Marisol Peña, directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, resalta el derecho de estos jóvenes a vivir en condiciones compatibles con su dignidad, que favorezcan su rehabilitación y reinserción social. La Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente se aplica a mayores de 14 y menores de 18 años.
La Corte Interamericana enfatizó que, en caso de privación de libertad, se les debe ofrecer una educación de calidad para reinsertarse en la sociedad. La sentencia subraya el deber del Estado de adoptar medidas especiales y garantizar los derechos de los adolescentes internados con cuidado y responsabilidad.

Desafíos en la Representación Legal y la Fiscalización Judicial
F.N. y D.C. son excepciones, ya que ambos consiguieron un abogado. Según un juez de familia entrevistado, la mayoría de las causas de protección que llegan a audiencia se fallan sin representación legal. La ausencia de un abogado dificulta las apelaciones y la revisión de las decisiones en instancias superiores, dejando a las familias en una situación de indefensión.
Las ofertas de defensa pública para el sistema de protección son limitadas, incluyendo la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), Programas de Representación Jurídica (PRJ) del Sename, abogados de las Oficinas de Protección de Derechos (OPD) y clínicas jurídicas universitarias. Sin embargo, las condiciones actuales hacen casi imposible que estos abogados cumplan con la tarea de entrevistar al niño, aportar antecedentes, solicitar que el menor sea escuchado por el juez, o apelar decisiones de internación, impidiendo un conocimiento profundo de la real situación de abuso o riesgo.
La fiscalización también es deficiente. A pesar de que los hogares tienen la obligación de enviar informes trimestrales, rara vez lo hacen. Las visitas semestrales de los jueces a los hogares son más bien administrativas y no permiten una fiscalización efectiva, ya que se limitan a observar infraestructura y preguntar superficialmente a los niños. Un juez de San Miguel indicó que estas visitas no son útiles, dado que en un centro pueden convivir niños de diferentes tribunales, lo que dificulta el seguimiento individualizado.
En un intento por mejorar la situación, en 2014 se firmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Corporación Administrativa del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el Sename. Sin embargo, dos años después, los avances son escasos. La “mesa técnica” creada para ejecutar el convenio mostró una inactividad prolongada, y un oficio de la ministra Rosa María Maggi reveló que el Sename no cumplió ninguno de los compromisos acordados, lo que llevó a la suspensión de las reuniones. La falta de cumplimiento de las órdenes de la Corte Suprema, incluso después del escándalo de 2013, evidencia la persistencia de los problemas estructurales en la protección de la infancia.