Acceder a una pensión antes de la edad legal establecida es una posibilidad para muchos trabajadores bajo ciertas condiciones. Este beneficio permite la jubilación anticipada en casos específicos, asegurando un ingreso mensual a quienes cumplen los requisitos definidos por la ley.
¿Qué son las Pensiones Anticipadas?
Las pensiones anticipadas son un beneficio que permite a los individuos jubilar antes de cumplir la edad legal establecida por Ley (60 años para mujeres y 65 para hombres), siempre que se cumplan ciertos requisitos. Este mecanismo considera diversas situaciones que justifican un adelanto en la jubilación.

Tipos de Pensiones Anticipadas
Pensión de Vejez Anticipada
La ley permite anticipar la pensión de vejez si el afiliado logra financiar una pensión igual o superior a un umbral determinado. El monto de esta pensión será financiada con los recursos que cada trabajador haya alcanzado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.
Requisitos clave para la Pensión de Vejez Anticipada
Para optar a este tipo de pensión, se deben cumplir los siguientes requisitos de forma simultánea:
- Tener un monto de pensión igual o mayor al 70% del promedio de tus remuneraciones imponibles y rentas declaradas en los últimos 10 años.
- Contar con una pensión igual o superior a 12 unidades de fomento (UF).
Pensión de Invalidez
La Pensión de Invalidez es un derecho al que acceden aquellos trabajadores o trabajadoras afiliados al Sistema de Pensiones, con edades comprendidas entre los 18 y 65 años, que no se encuentren pensionados por vejez. Para obtenerla, deberán pasar una evaluación médica que los declare como discapacitados por la pérdida de a lo menos un 50% de sus capacidades físicas o mentales. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Carácter Transitorio y Reevaluación
- La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se concede por un período de tres años.
- Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años.
- Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
- La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
Pensión de Vejez Anticipada por Trabajos Pesados
Esta pensión es un beneficio mensual y de por vida al que tiene derecho el trabajador dependiente, regulado por la Ley N° 19.404, que ha desarrollado labores específicas consideradas como trabajos pesados. Estas labores le permiten obtener una pensión de vejez con una edad inferior a la exigida (menos de 65 años para el hombre o menos de 60 años para la mujer).
Pensión Anticipada para Enfermos Terminales
Durante un período específico y de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado. Este beneficio también aplica para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.
Proceso de Solicitud de la Pensión Anticipada
Dónde y Cuándo Realizar el Trámite
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados (revisa en cuál estás a través de Mi ChileAtiende). El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Solicítelo e infórmese sobre los pasos a seguir en su respectiva AFP. Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.
Documentación Necesaria
Para comenzar el trámite, necesitarás:
- Tu cédula de identidad vigente, a menos que por problemas de salud, no fue posible renovarla.
- Poder notarial en caso de que la solicitud sea presentada por otra persona, por ejemplo, un familiar.
- Si estás acogido a leyes especiales, debes traer un certificado otorgado por tu empleador, indicando el número de la Ley respectiva.
Para verificar la documentación a presentar e iniciar la solicitud de pensión, puedes revisar el Folleto Trámite Fácil Pensión de Vejez y Vejez Anticipada.
El Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)
Una vez que la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). El SCOMP es un sistema que reúne y entrega la información de afiliados y beneficiarios a las AFP y Compañías de Seguros para ofrecerles alternativas de Pensión.
Podrás aceptar y rechazar alguna de las ofertas para pensionarte. Si no aceptas, puedes realizar un nuevo proceso de solicitud de Pensión.

Solicitud de Pensión desde el Extranjero
Sí, puedes tramitar tu Pensión en el extranjero si el país donde vives tiene un Convenio Bilateral. Si es así, realiza el trámite a través del Organismo de Enlace de Seguridad Social de donde resides.
Consideraciones Importantes
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
Es importante saber que al jubilarte anticipadamente, podrías perder la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el que protege tanto al trabajador como a su familia. El SIS realiza un aporte a tu cuenta obligatoria en forma de pensión en caso de invalidez parcial o un monto total en el caso de pensión de invalidez total, así como a tus beneficiarios en caso de fallecer antes de pensionarte. Este seguro te cubre si estás cotizando hasta los 65 años.
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.

Financiamiento y Ahorro Previsional Voluntario (APV)
Contar con un monto suficiente en la cuenta obligatoria de tu AFP es crucial para calcular tu pensión, especialmente si buscas una jubilación anticipada. Para incrementar los fondos y acceder a una mejor pensión, existen mecanismos como el Ahorro Previsional Voluntario (APV). Este es un mecanismo de ahorro adicional a las cotizaciones obligatorias que le permite al trabajador o trabajadora, dependiente o independiente, en forma individual o colectiva, aumentar sus fondos y contar con una mejor pensión al momento de su retiro. La Superintendencia de Pensiones cuenta con un Simulador de pensiones que puede ser de gran ayuda.
Pensión Anticipada Colombia 2026: Requisitos y Cómo Aplicar
Gestión con el Empleador y Cotizaciones al Día
Si trabajas con contrato, debes comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de tus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Pensión de Sobrevivencia
Los ahorros previsionales son personales. En caso de fallecer antes de la edad legal de pensión o durante la misma, y si tienes beneficiarios, se generará una Pensión de Sobrevivencia. Es el beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplan los requisitos legales respectivos, como cónyuge (hombre o mujer), madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, e hijos.
Pensiones para Afiliados del Antiguo Sistema
Existen requisitos específicos para afiliados pensionados en alguna institución del régimen antiguo (incluye Dipreca o Capredena) que buscan pensionarse bajo el nuevo sistema. La calidad de pensionado en dichas entidades deberá tenerla la persona afiliada con anterioridad a su fecha de afiliación al Nuevo Sistema Previsional. Deben presentar un tiempo de afiliación al Nuevo Sistema de al menos cinco años. Además, deben obtener una pensión tal que, sumada a la pensión que se encuentren percibiendo a través del antiguo sistema previsional, sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.
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