Cómo cobrar la pensión de jubilación para una persona postrada

Acceder a una pensión de jubilación es un derecho fundamental para toda persona, garantizando una fuente de ingresos en la etapa de retiro. Sin embargo, cuando la persona se encuentra en una situación de postración, el proceso puede requerir gestiones específicas. Este artículo detalla los procedimientos y consideraciones para cobrar una pensión en estas circunstancias, así como los diferentes tipos de pensión y beneficios asociados.

Tipos de Pensiones en el Sistema Previsional

El Sistema de Pensiones garantiza al trabajador/a los siguientes derechos, asociados a la cotización: Pensión de Vejez, de Invalidez y Sobrevivencia. El tipo de pensión al que se accede dependerá de la situación particular del afiliado.

Pensión de Vejez

Es el derecho de los afiliados al Sistema a obtener una pensión una vez que hayan cumplido con la edad legal exigida (65 años de edad para los hombres y 60 años de edad las mujeres). El monto de esta pensión será financiado con los recursos que cada trabajador haya alcanzado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.

Pensión de Invalidez

La pensión de invalidez es un beneficio mensual y de por vida que reciben los trabajadores y trabajadoras que, por motivos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional, derivan en una incapacidad, ya sea temporal o permanente. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Además, el seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establece Prestaciones Económicas, las que incluyen pago de subsidios, indemnizaciones y pensiones. Estas prestaciones se establecen con el objeto que el trabajador lesionado mantenga su ingreso económico a causa del accidente o enfermedad laboral, y su pago variará según el tipo de incapacidad que haya experimentado (Pérdida de Capacidad de Ganancia).

Pensión Básica Solidaria (Vejez o Invalidez)

Este beneficio consiste en un monto de dinero mensual financiado por el Estado para quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Si el pensionado se encuentra dentro del 60% más pobre de la población, puede complementar su pensión con beneficios de Pilar Solidario. Es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Para ello, deben tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados, y pertenecer al 90% con menores ingresos del país. En caso de estar pensionado, deben tener una pensión menor a $789.139. Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.

Infografía: Diagrama de flujo para acceso a diferentes tipos de pensión

Procedimiento para Solicitar la Pensión de Jubilación

El proceso de solicitud de pensión puede realizarse de diversas maneras, y es importante tener en cuenta los pasos clave para asegurar el cobro, especialmente si el solicitante es una persona postrada.

Comunicación con el Empleador y Verificación de Cotizaciones

Si la persona trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.

Trámite Directo o a Través de un Representante

Las y los afiliados pueden realizar el trámite de pensión de manera directa y es absolutamente gratuito. Sin embargo, para personas postradas, es posible otorgar un poder notarial a otra persona para que haga el trámite en su nombre. Puedes darle un poder notarial a otra persona para que haga el trámite.

Modalidades de Presentación de la Solicitud

Si decidiste pensionarte, puedes preingresar tu solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresas la solicitud en nombre del afiliado, indícalo en el formulario. En algunos casos se necesitará más información y un ejecutivo te llamará. Recibirás noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles.

Declaración de Beneficiarios

Junto con la solicitud, debe realizar la Declaración de Beneficiarios, para lo cual debe adjuntar certificados de nacimiento de sus hijas e hijos, y si es el caso, adjuntar el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil.

Proceso con la AFP y el SCOMP

Si el pensionado tiene fondos propios en una AFP o Compañía de Seguros, el proceso incluye varias etapas cruciales.

Certificado de Saldo

  1. Una vez que la AFP recibe de la o el afiliado la solicitud de obtener su Certificado de Saldo, la AFP debe calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona y luego de traspasar toda la información al documento, procede a enviarlo a la dirección postal de la persona (generalmente el domicilio).
  2. La AFP es la encargada de emitir el Certificado de Saldo y, paralelamente, enviar esa información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
  3. Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP.

Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)

  1. Efectuado lo anterior, en un plazo máximo de 3 días hábiles las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta, de acuerdo a los fondos que tiene para financiar su jubilación.
  2. Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las cuatro modalidades vigentes.
  3. El Certificado de Ofertas de Pensión que emite el SCOMP será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta solo mediante carta certificada a su dirección postal (domicilio).

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP. Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas.

Modalidades de Pensión

En el sistema de AFP hay varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son el retiro programado en una AFP y la renta vitalicia en una compañía de seguros de vida. También hay otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas: la renta temporal con renta vitalicia diferida y la renta vitalicia inmediata con retiro programado.

Tu elección de modalidad dependerá de varios factores, como tus ahorros, edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios.

Cuáles son las modalidades de pensión que existen

Opciones de Cobro de la Pensión

Tú eliges cómo cobrar tu pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad.

  • Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online.
  • Además, puede modificar su forma de pago.

Una vez pensionado, recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión.

¿Puedo retirar todo el dinero de mi AFP?

No. De acuerdo con la ley, solo podrás retirar la plata que ahorraste a través de pagos mensuales de Pensión cuando te jubiles. En algunos casos podrías acceder al Excedente de Libre Disposición.

¿Qué sucede con los ahorros si fallezco?

Si te pensionaste en una AFP, tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes, se entregarán en un solo pago a tus herederos, y en último caso si no los tienes, se pagarán al Estado, como último heredero de todos los chilenos, según indica la ley. La AFP nunca se quedará con tu plata.

Beneficios Adicionales para Pensionados

Reducción o Eliminación del Pago del 7% de Salud

Este beneficio para pensionados consiste en la eliminación o reducción en forma parcial, según sea el caso, del cobro de su cotización previsional de salud, correspondiente al 7% de la pensión que reciben.

Aporte Previsional Solidario (Vejez o Invalidez)

Es un complemento a la pensión dirigido a quienes hayan cotizado en algún sistema previsional de manera insuficiente (monto muy bajo) o que reciben una pensión de sobrevivencia.

Pensión Anticipada para Enfermos Terminales

Durante este período, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

Cobertura GES para Adultos Mayores

El plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo: alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.

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