La Esterilización Forzada de Personas con Discapacidad: Una Violación Global de Derechos Humanos

Contexto Global y Definición del Problema

La Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta que existen en el mundo 1,300 millones de personas con algún tipo de discapacidad, quienes están expuestas a múltiples desigualdades derivadas de la vulneración de sus derechos. Entre estas vulneraciones, destaca la esterilización forzada. A pesar de que niñas y mujeres con discapacidad son titulares de derechos en igualdad de condiciones que las demás personas, la realidad es diferente.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad describe que sigue prevaleciendo la atención asistencialista, el trato basado en estereotipos, prejuicios y prácticas nocivas hacia este colectivo. La esterilización es un tipo de control de natalidad que debe estar disponible, accesible y posible para toda persona, dentro de la gama de métodos contraceptivos.

Foto de una persona con discapacidad ejerciendo su derecho a decidir sobre su salud reproductiva

El Consentimiento Informado como Pilar Fundamental

Al igual que cualquier otro procedimiento médico, la esterilización debe hacerse en base a un consentimiento voluntario e informado. La esterilización involuntaria es una clara transgresión de la autonomía reproductiva y de los derechos humanos de la persona. Lamentablemente, se siguen conociendo casos de esterilización forzada en el mundo, lo cual constituye un abuso de los conocimientos médicos, falta a la ética médica y una clara violación de los derechos humanos.

El consentimiento a la esterilización debe ser libre de incentivos materiales o sociales y no debe ser condición de otra atención médica, beneficios sociales, seguros o institucionales. No se deben lanzar amenazas, como suspender otras formas de atención médica, a la persona por negarse a dar su consentimiento para el procedimiento. Para que la esterilización sea informada y voluntaria, no se debe proporcionar ningún incentivo financiero, material, psicológico o social para inducir a una persona a dar su consentimiento para la esterilización, ni tampoco se la debe informar que se eliminarán ciertos beneficios y privilegios por no dar su consentimiento.

El personal de salud tiene la obligación de respetar el derecho a la autodeterminación y obtener el consentimiento informado para cualquier procedimiento médico. También tienen la responsabilidad de respetar la dignidad, privacidad y autonomía del paciente, incluido el derecho de tomar decisiones sobre todo lo relacionado con la sexualidad y la salud reproductiva, incluida la planificación familiar, sin presión, discriminación y violencia.

Se debe tener especial cuidado en proteger de la presión a las personas pobres, sin educación o analfabetas, seropositivas, miembros de minorías étnicas o de raza u otro grupo estigmatizado, indígenas, mujeres solteras, personas con discapacidad mental o física, drogadictos o vulnerables.

La Esterilización Forzada como Crimen Internacional

La esterilización forzosa es considerada como un crimen de lesa humanidad, un crimen de guerra y un delito grave de violencia sexual. Fue reconocido como crimen de guerra en el proceso de Núremberg desarrollado entre 1945 y 1946 por iniciativa de las naciones aliadas vencedoras al final de la Segunda Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Adolf Hitler.

La esterilización permanente e irreversible forzada se realiza con fines eugenésicos y de castigo con el objeto de impedir la reproducción de un segmento de la población que se considera portador de rasgos defectuosos (personas con discapacidades mentales, delincuentes) o de un grupo social definido por su raza, etnia, religión u otra característica que se desea limitar o eliminar.

Infografía sobre la tipificación de la esterilización forzada como crimen internacional

Un Legado Histórico de Eugenesia y Control Reproductivo

Orígenes de la Eugenesia y Programas en el Siglo XX

El programa de esterilización más amplio del siglo XX tuvo lugar bajo el régimen del Tercer Reich. Uno de los primeros actos de Adolf Hitler, luego de conseguir el control total sobre el estado alemán, fue aprobar la Ley para la prevención de descendencia con enfermedades hereditarias (Gesetz zur Verhütung erbkranken Nachwuchses) en julio de 1933. La ley fue firmada por el mismo Hitler y más de 200 cortes eugenésicas fueron creadas específicamente como resultado de esa ley.

Bajo el amparo de la ley alemana, se les requirió a todos los doctores en el Reich reportar a sus pacientes que fueran personas con discapacidades mentales, enfermos mentales (incluyendo a la esquizofrenia y el trastorno bipolar), epilépticos, ciegos, sordos o físicamente deformes. Se impuso una alta multa monetaria para cualquier paciente que no fuera apropiadamente denunciado. Los individuos que padecían alcoholismo o la enfermedad de Huntington también podían ser esterilizados.

El caso individual era luego presentado ante una corte de oficiales nazis y a los oficiales de salud pública que revisaban sus historias médicas, tomaban testimonio a sus amigos y colegas y finalmente decidían si ordenar o no realizar una operación de esterilización al individuo, usando la fuerza si es que era necesario. Para el final de la Segunda Guerra Mundial, más de 400.000 individuos fueron esterilizados bajo el auspicio de la ley alemana, la mayoría de ellos durante los primeros cuatro años después de haber sido promulgada. Cuando se trajo a colación el tema de las esterilizaciones forzosas en los Juicios de Núremberg después de la guerra, muchos nazis defendieron sus acciones indicando que había sido del mismo Estados Unidos el que les sirvió de inspiración.

Cartel o propaganda eugenésica histórica de principios del siglo XX

El Programa de Esterilización Forzosa en Estados Unidos

Los Estados Unidos fue el primer país en emprender concertadamente programas de esterilización forzosa con propósitos eugenésicos. Los propulsores de este programa eran ávidos creyentes en la Eugenesia y defendieron frecuentemente este programa, por lo que se sintieron devastados cuando fue clausurado debido a problemas éticos.

Los objetivos principales del programa estadounidense fueron las personas con discapacidad mental y personas con problemas de salud mental; pero, bajo muchas leyes estatales, también se centraron en los sordos, ciegos, personas con epilepsia y físicamente deformes. Los amerindios y las mujeres afroamericanas fueron esterilizados contra su voluntad en muchos estados, a menudo sin su consentimiento, mientras estaban hospitalizadas por otras razones (por ejemplo, para dar a luz). Algunas esterilizaciones también tuvieron lugar en las prisiones y otras instituciones penales, fijando como objetivo la lucha contra la criminalidad, pero fueron una minoría relativa.

El primer estado en promulgar legislación sobre las esterilizaciones forzosas fue Míchigan, en 1897, pero esta no consiguió suficientes votos por parte de los legisladores para ser adoptada. Ocho años después, los legisladores del estado de Pensilvania aprobaron una ley de esterilización que fue vetada por el gobernador. Indiana se convirtió en el primer estado en promulgar legislación sobre esterilización en 1907, seguida de cerca por Washington y California en 1909.

Las tasas de esterilización a lo largo del país eran relativamente bajas (con la única excepción de California) hasta el litigio de 1927 en la Corte Suprema de los Estados Unidos entre Buck y Bell, el cual legitimó la esterilización forzosa de pacientes en un hogar de Virginia para retrasados mentales. Entre 1909 y principios de la década de 1950, el estado de California había esterilizado a más de veinte mil pacientes en instituciones del gobierno para enfermos mentales y deficientes mentales.

El número de esterilizaciones realizadas por años se incrementó hasta otro litigio en la Corte Suprema en 1942 (Skinner v. Oklahoma), el cual complicó la situación legal al dictaminar contra la esterilización de criminales si la cláusula de protección igualitaria era violada. La mayoría de las leyes sobre esterilización podía ser dividida en tres categorías principales de motivaciones: eugenésica (referida a la herencia), terapéutica (parte de una teoría médica aún en ese entonces oscura por la cual la esterilización llevaría a la vitalidad) o punitiva (como un castigo a los criminales), aunque por supuesto estas motivaciones podían combinarse en la práctica y en la teoría. El juicio de Buck v. Bell supuso que solo la esterilización eugenésica sería constitucional, mientras que el juicio Skinner v. Oklahoma legisló específicamente contra la esterilización punitiva.

La mayoría de las operaciones solo sirvieron para impedir la reproducción (como es el caso de la ruptura del conducto deferente en los varones), aunque algunos estados (en particular, Oregón y Dakota del Norte) tenían leyes que incitaban el uso de la castración. En general, la mayoría de las esterilizaciones fueron realizadas bajo estatutos eugenésicos, en hospitales psiquiátricos y hospicios para discapacitados mentales.

Después de la Segunda Guerra Mundial, la opinión pública hacia la eugenesia y los programas de esterilización se volvió más negativa a la luz de la conexión con las políticas genocidas de la Alemania Nazi, aunque un número significativo de esterilizaciones continuó en unos pocos estados hasta principios de la década de 1960. La junta de Eugenesia de Oregón, más tarde renombrada la Junta de Protección Social, existió hasta 1983, con la última esterilización forzosa ocurrida en 1981. El Estado libre asociado de Puerto Rico también tuvo un programa de esterilización. California esterilizó más que ningún otro estado y fue responsable por más de un tercio de todas las operaciones de esterilización.

En años recientes, los gobernadores de muchos estados han pedido disculpas públicas por tales programas, empezando con Virginia y seguido por Oregón y California. Sin embargo, ninguno ha ofrecido compensar a aquellos esterilizados, en parte debido a la probabilidad de que muy pocos todavía vivan y la falta de registros adecuados que puedan verificarse. Al menos un juicio de compensación llegó a las cortes en 1981 (Poe v. Lynchburg Training School & Hospital), el cual argüía que la legislación de esterilización era inconstitucional.

Casos y Políticas en Otros Países y Regiones

El estado de emergencia declarado en India entre 1975 y 1977 incluyó una iniciativa infausta de planificación familiar que empezó en abril de 1976, la cual incluía la vasectomía de miles de hombres y ligadura de trompas de las mujeres, sea por pago o bajo condiciones coercitivas. La Ley de Protección de la Raza Eugenésica fue discutida en Japón desde 1934 hasta 1938.

En México, organizaciones de la sociedad civil, como Balance, Promoción para el Desarrollo y Juventud, A.C., han recibido en los últimos años diversos testimonios de mujeres que viven con VIH que señalan que con frecuencia la desinformación acerca de la transmisión del virus ha dado lugar a la esterilización forzada. En un informe realizado en El Salvador, Honduras, México y Nicaragua, se concluyó que las mujeres que viven con VIH y cuyos proveedores de salud lo sabían al momento de quedar embarazadas, tenían seis veces más probabilidades de experimentar esterilización forzada o coaccionada en estos países.

En Perú, de acuerdo con la Defensoría del Pueblo, se realizaron 272.028 intervenciones de ligadura de trompas entre 1996 y 2001. De estas, el Ministerio Público pudo determinar que 2091 mujeres sufrieron esterilizaciones contra su voluntad. En la Fiscalía existen 2166 denunciantes por casos de esterilización no voluntaria, mientras que 3761 mujeres se inscribieron en el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO), del Ministerio de Justicia peruano.

Esterilizaciones forzadas en Perú: la historia no contada

En Suiza, en 1928, el cantón de Vaud aprobó una ley que autorizaba la esterilización de las personas con «enfermedades mentales», que fue derogada en 1985. Hubo cientos de casos de esterilizaciones forzosas en ese cantón. Los ginecólogos suizos practicaron esterilizaciones o castraciones forzosas a partir de 1898.

En 2012 se hicieron públicas las políticas secretas de esterilización forzosa, con el fin de controlar la natalidad, llevadas a cabo por Islom Karimov, dictador de Uzbekistán. El programa obligaba a los médicos a extirpar el útero a las mujeres, sin su conocimiento ni su aprobación, cuando se hacían una revisión o después de un parto.

Entre los demás países que instauraron tales prácticas, se encuentran Australia, Dinamarca en Groenlandia, Noruega, Finlandia, Estonia, Eslovaquia, Islandia y algunos países de Latinoamérica (como Puerto Rico). En el Reino Unido, el secretario de Estado Winston Churchill aprobó una cláusula que instauraba la esterilización forzosa en el Mental Deficiency Act de 1913, aunque el escritor G.K. Chesterton se opuso. Checoslovaquia llevó a cabo una política de esterilización de mujeres gitanas entre 1973 y 1990.

El Marco de Derechos Humanos y el Cambio de Paradigma

La Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad supone la consagración de un cambio radical de prisma en el tratamiento jurídico de la discapacidad, que se fundamenta en la consideración de las personas discapacitadas como sujetos de derechos y no como objeto de protección. Esta nueva perspectiva impone un cambio en el enfoque de la materia basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona quien, como regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones.

En el ámbito de la salud, esto significa que las personas con discapacidad deben prestar por sí mismas, con los apoyos que precisen, su consentimiento informado a cualquier intervención o tratamiento médico. No supone una excepción la esterilización de las personas con discapacidad que se ha venido autorizando judicialmente con fundamento en su interés o protección y que, sin ningún género de duda, vulnera los derechos fundamentales de quienes a ella son sometidas (normalmente mujeres) sin su consentimiento.

Foto de un grupo diverso de personas con discapacidad manifestándose por sus derechos

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