Estándares Mínimos de Accesibilidad en Edificios

La accesibilidad es un aspecto fundamental en la construcción y reforma de edificios, tanto residenciales como comerciales. Cumplir con la normativa de accesibilidad no solo es un requisito legal, sino que también es una forma de garantizar que las personas con movilidad reducida y otras discapacidades puedan utilizar los espacios de manera segura y autónoma. La normativa de accesibilidad establece los requisitos que deben cumplir los edificios para ser accesibles para todas las personas, independientemente de sus capacidades físicas. Esta normativa varía según el país y la región, pero en general abarca aspectos como rampas, ascensores, puertas, señalización y baños adaptados, entre otros.

Implementar las normativas no significa simplemente cumplir con requisitos mínimos. El cumplimiento efectivo de las normativas requiere que arquitectos, diseñadores, ingenieros, gestores de edificios y contratistas estén familiarizados con los principios de accesibilidad. Desde IrisMap, se apuesta por un modelo de accesibilidad inteligente y colaborativa, donde la tecnología y el diseño se ponen al servicio de la autonomía personal.

Normativa y Aplicación General de la Accesibilidad

En edificios residenciales, especialmente aquellos con comunidades de vecinos, la normativa de accesibilidad se aplica cuando se realizan reformas importantes o cuando se detecta la necesidad de adaptar las zonas comunes, como el portal, los ascensores o los garajes. En el caso de los edificios comerciales, la accesibilidad es un requisito esencial para poder obtener licencias de apertura o para renovar las existentes.

La accesibilidad no solo es una cuestión de responsabilidad social, sino también una obligación legal y un componente esencial para la inclusión. Las empresas que se comprometen con la accesibilidad universal demuestran responsabilidad social y compromiso con la inclusión, lo que mejora significativamente la imagen corporativa y atrae a una base de clientes más amplia y diversa. Invertir en accesibilidad universal no solo es un imperativo legal y social, sino también una estrategia inteligente para cualquier empresa o edificio de uso público.

Puntos Clave de la Normativa de Accesibilidad en Edificios

  • Acceso sin barreras: Uno de los puntos más importantes de la normativa de accesibilidad es garantizar que las personas puedan entrar en el edificio sin enfrentarse a barreras arquitectónicas.
  • Ascensores accesibles: En edificios con más de una planta, los ascensores deben ser accesibles. Esta norma se centra en los ascensores, un elemento clave en la movilidad interior.
  • Ancho de puertas y pasillos: Otro aspecto fundamental es garantizar que las puertas y pasillos del edificio tengan el ancho suficiente para permitir el paso de sillas de ruedas.
  • Baños adaptados: En edificios comerciales y zonas comunes de edificios residenciales, los baños deben estar adaptados para personas con movilidad reducida. Esto incluye la instalación de barras de apoyo, inodoros a una altura adecuada y lavabos accesibles.
  • Señalización accesible: La normativa también exige que los edificios cuenten con una señalización accesible, que incluya información visual y táctil (como braille) para personas con discapacidad visual.

La Norma ISO 21542:2021

¿Qué son las normas ISO?

La Norma ISO 21542:2021 es una norma internacional que establece los requisitos de construcción, diseño y gestión para mejorar la accesibilidad y usabilidad del entorno construido. Esta norma proporciona directrices para hacer que edificios y espacios sean más accesibles para personas con discapacidades o movilidad reducida. Formalmente conocida como «Construcción de edificios: accesibilidad y usabilidad del entorno construido», es la versión más reciente de la norma internacional para accesibilidad en la construcción publicada por la Organización Internacional para la Estandarización (ISO).

Esta norma establece requisitos y recomendaciones para el diseño de espacios accesibles en entornos nuevos y existentes. Cubre aspectos como rutas accesibles, estacionamiento accesible, entrada y salidas, instalaciones sanitarias y señalización, entre otros. La Norma ISO 21542:2021 reemplaza y actualiza a la versión anterior ISO 21542:2011, incorporando nuevos conocimientos y prácticas para continuar mejorando la accesibilidad.

Objetivo y Alcance de la ISO 21542:2021

El objetivo principal de la Norma ISO 21542:2021 es especificar requisitos de accesibilidad en la construcción para hacer que el entorno físico sea accesible para el mayor número posible de personas, incluyendo adultos mayores y personas con discapacidades. Algunos propósitos específicos de esta norma son mejorar la autonomía, la seguridad y la comodidad de todas las personas.

La primera versión de la Norma ISO 21542 fue publicada en 2011 como ISO 21542:2011, enfocada en accesibilidad dentro de edificios. En 2018, la ISO formó un grupo de trabajo para revisar y actualizar la norma, ampliando su alcance más allá de los edificios para incluir espacios exteriores y urbanos. Luego de un proceso de revisión de 3 años, se publicó la nueva versión ISO 21542:2021 en junio de 2021, incorporando guías actualizadas sobre espacios al aire libre, estacionamientos, parques, plazas, calles, veredas y rutas accesibles en entornos urbanos.

El alcance de esta norma incluye edificios y espacios de uso público, viviendas accesibles y señalización.

Estructura y Aplicación de la Norma ISO 21542:2021

La Norma ISO 21542:2021 está organizada en 12 capítulos que cubren desde los términos y definiciones hasta los requisitos específicos para diferentes áreas y elementos constructivos:

  1. Objeto y campo de aplicación
  2. Términos y definiciones
  3. Requisitos generales de accesibilidad
  4. Rutas y espacios para acceso
  5. Estacionamientos accesibles
  6. Entradas accesibles
  7. Instalaciones sanitarias accesibles
  8. Comunicación e información
  9. Instalaciones y mobiliario
  10. Edificios y espacios de uso público
  11. Viviendas accesibles
  12. Señalización

Incluye 5 anexos informativos con recomendaciones sobre capítulos fundamentales a consultar. La aplicación de la ISO 21542:2021 involucra una planificación rigurosa, diseño adecuado y construcción conforme a los requisitos. La conformidad se puede certificar a través de una auditoría realizada por un profesional calificado, lo que demuestra el compromiso con la accesibilidad. La versión vigente es la ISO 21542:2021, publicada en junio de 2021, que reemplaza a la versión de 2011. Los principales cambios desde la versión 2011 son la inclusión de entornos exteriores y una mayor especificidad en las guías.

Tabla comparativa de la ISO 21542 con otras normas de accesibilidad

La ISO 21542 es consistente con otras normas y reglamentos internacionales. En relación con la ADA Standards de EE.UU., la ISO 21542 es más amplia al incluir entornos externos y provee especificaciones más detalladas sobre contraste, texturas y wayfinding (orientación). En caso de conflicto entre normas, se aplica la normativa local más restrictiva o la que ofrezca un mayor nivel de accesibilidad. Para seleccionar equipos accesibles se deben considerar aspectos como la usabilidad, la seguridad y el cumplimiento de las dimensiones y funcionalidades requeridas. La conformidad de equipos con la ISO 21542 se verifica mediante pruebas y certificaciones de producto.

Bajo las leyes de derechos de discapacidad, los propietarios tienen responsabilidad legal de garantizar la accesibilidad y realizar ajustes razonables. La certificación ISO 21542 demuestra diligencia en cumplir dichas obligaciones. Casos conocidos incluyen demandas a universidades por falta de rutas accesibles y a municipalidades por no adecuar edificios y espacios públicos, donde la norma ISO 21542 se utiliza como referencia técnica.

Accesibilidad en Chile: Ley 20.422 y OGUC

En Chile, la accesibilidad sigue siendo un desafío significativo, ya que la mayoría de los edificios aún no cumplen con los estándares necesarios. La Ley N° 20.422, promulgada en 2010 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, establece requisitos para que tanto edificaciones como el espacio público sean inclusivos. En 2015, el Decreto Supremo N° 50 (D.S. 50) modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) para incorporar requisitos de accesibilidad.

Infografía: Datos de discapacidad y adultos mayores en Chile (Censo 2017 y SENADIS)

Estas modificaciones incluyeron nuevos términos en el Art. 1.1.2 de la OGUC, como «Accesibilidad Universal», «Diseño Universal», «Huella podotáctil», «Ruta accesible» y «Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA)». Un buen diagnóstico de accesibilidad es crucial para cumplir con la normativa chilena y asegurar que todos, independientemente de sus capacidades, puedan acceder y utilizar los espacios de manera segura y cómoda. Un buen Análisis de Barreras Arquitectónicas proporcionará las herramientas necesarias para que un edificio o empresa sea accesible y cumpla con las exigencias chilenas.

Requisitos Generales de Accesibilidad para Edificaciones (Artículo 4.1.7 OGUC)

El Artículo 4.1.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción establece requisitos de Accesibilidad Universal:

  • Ruta accesible: Los edificios deben contar con una ruta accesible que conecte el espacio público con los accesos, recintos de uso público, vías de evacuación, servicios higiénicos, estacionamientos accesibles y ascensores. La norma especifica anchos de puertas, rutas y pasillos, desniveles y áreas frente a escaleras.
  • Rampas: Se definen requisitos de pendientes máximas, anchos, largos, cambios de dirección, resaltes de borde y barandas.
  • Ascensores: Se establecen requisitos para dimensiones interiores de la cabina (profundidad: 1,40 m; ancho: 1,10 m), ancho de puerta, botones de comando (a una altura entre 90 y 120 cm y a una distancia mínima de 40 cm del vértice interior de la cabina, con un diámetro no inferior a 2 cm), pasamanos, espejos (si una silla de ruedas no puede girar, debe instalarse un espejo inastillable a partir de 30 cm del piso de la cabina), señales audibles, tiempos de detención, mecanismos de prevención de cierre de puertas y separación entre cabina y piso. También se incluyen plataformas elevadoras y salvaescaleras.
  • Puertas de acceso: Con condiciones definidas de ancho libre de paso (al menos 90 cm), resistencia al impacto y sistema de apertura. Se especifican también puertas interiores.
  • Mesones de atención: Deben cumplir requisitos de diseño en ancho, altura y área libre bajo el mesón para permitir el desplazamiento de sillas de ruedas. Se indican también requisitos para accesos con torniquetes o barreras.
  • Servicios higiénicos: Deben cumplir condiciones de diseño en acceso, tipo de puerta, sentido de apertura, distribución, tipo y dimensiones de artefactos sanitarios, distancia a muros, espacio de transferencia lateral, simbolización y accesorios de baño. Los recintos con Carga de Ocupación superior a 50 personas deberán contar con un servicio higiénico con acceso independiente.
  • Teléfonos públicos: Deben cumplir con lo indicado en el Art. 2.2.8 de la OGUC.

Estos requisitos deben ser revisados detalladamente por el arquitecto de cada proyecto, quien elaborará el Plano y Memoria de Accesibilidad correspondientes.

Edificios Sujetos a la Accesibilidad Universal en Chile

El Art. 4.1.7 de la OGUC indica que "Todo edificio de uso público y todo aquel que sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como las edificaciones colectivas, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida." Esto incluye edificios de uso público (con Carga de Ocupación > 100 personas) y aquellos que prestan servicios a la comunidad, como centros de salud, educativos, locales comerciales y edificios colectivos de vivienda. El cumplimiento de los requisitos de Accesibilidad Universal es obligatorio y no opcional, y se evalúa en cada proyecto la correcta aplicación de estas exigencias.

Promoviendo la Inclusión en Comunidades y Edificios Existentes

Vivir en comunidad, ya sea en un edificio o en un entorno urbano compartido, implica una serie de desafíos y beneficios. Las personas mayores y aquellas en situación de discapacidad a menudo enfrentan obstáculos adicionales, ya que la infraestructura y los procedimientos existentes no suelen considerar sus necesidades específicas.

Considerando que el 16.7% de la población chilena se encuentra en situación de discapacidad, y de este grupo, un 38% pertenece a la tercera edad, es crucial fomentar la inclusión. El Reglamento de Copropiedad Inmobiliaria o Ley de Copropiedad Inmobiliaria actualmente no contempla artículos específicos sobre consideraciones para personas en situación de discapacidad o de la tercera edad, lo que puede generar dificultades significativas para los vecinos.

Recomendaciones para Fomentar la Inclusión en Comunidades

  • Identificación y Apoyo a Residentes Vulnerables: Es fundamental identificar a las personas con discapacidad o de la tercera edad que residen en el edificio, especialmente a aquellas que viven solas y podrían necesitar ayuda adicional. Pequeñas adaptaciones, como la instalación de una baranda o la renovación de superficies antideslizantes, pueden requerir poco esfuerzo e inversión, pero brindar un gran apoyo.
  • Fomento del Lenguaje Inclusivo: Es importante promover el uso de un lenguaje correcto e inclusivo entre todos los trabajadores del edificio. El SENADIS ofrece guías completas sobre los términos adecuados para referirse a personas con discapacidad.
  • Mantenimiento de Rampas de Acceso: Muchos condominios cuentan con rampas de acceso, pero su mantenimiento a menudo se descuida. Es crucial mantener las rampas en buen estado, consultando el Decreto N° 47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones para detalles técnicos.

Adaptaciones en Espacios Comunes y Estructura del Edificio

  • Acceso a Espacios Comunes: Si un área común fue construida originalmente sin considerar la accesibilidad, la administración, junto con el comité y la comunidad, puede iniciar un proyecto interno de adaptación.
  • Puertas de Acceso: Para residentes en silla de ruedas, es recomendable que el ancho de las puertas en espacios comunes o en sus departamentos sea de al menos 90 cm.
  • Ascensores Accesibles: Idealmente, un ascensor debería permitir que una persona en silla de ruedas pueda girar en 360°, lo que requiere una medida mínima de 1.50 m de ancho y fondo. Además, si el ascensor no indica los pisos o el estado de las puertas, se recomienda añadir un sistema de señalización audible.
  • Mobiliario y Distribución Interior: Se recomienda considerar mobiliario con una altura media de aproximadamente 80 cm, para que todos los residentes, independientemente de su estatura, puedan interactuar cómodamente.
  • Caminos en Jardines: Se prefieren caminos lisos, sin desniveles ni elevaciones, y se debe evitar que la única opción sea el césped, ya que dificulta la movilidad de personas con bastón o silla de ruedas.
  • Cerraduras Ergonómicas: Las cerraduras horizontales son más prácticas y ofrecen un mejor agarre que las circulares, facilitando la apertura y cierre de puertas.

Evaluación y Certificación de la Accesibilidad de un Edificio

El nivel de accesibilidad de un edificio construido se evalúa mediante un proceso sistemático que involucra la verificación del cumplimiento de normativas, estándares y mejores prácticas en accesibilidad. Antes de planificar una reforma o un nuevo diseño, es recomendable realizar auditorías de accesibilidad que identifiquen barreras físicas y tecnológicas. Un arquitecto especializado en accesibilidad universal posee un profundo conocimiento de las normativas y estándares de accesibilidad, y contar con un profesional desde el inicio del proyecto ayuda a prevenir errores de diseño que podrían ser costosos de corregir posteriormente.

El cumplimiento de la normativa de accesibilidad en edificios residenciales y comerciales es un requisito imprescindible que garantiza la inclusión de todas las personas, independientemente de sus capacidades. Además, adaptar los inmuebles para que sean accesibles no solo evita sanciones legales, sino que también aumenta el valor de la propiedad y mejora su competitividad en el mercado. Al combinar estas reformas con la mejora de la eficiencia energética, los propietarios pueden maximizar los beneficios tanto en términos económicos como medioambientales. Por ejemplo, instalar puertas con mejor aislamiento térmico no solo facilita el acceso, sino que también reduce el uso de energía para climatización.

Métodos para Evaluar el Nivel de Accesibilidad

El nivel de accesibilidad de un edificio se define mediante una combinación de inspecciones físicas, análisis normativo, evaluación funcional y la aplicación de indicadores específicos. El proceso busca asegurar que el edificio es accesible para todas las personas, independientemente de sus capacidades físicas, sensoriales o cognitivas.

  • Normativas Locales e Internacionales: Se revisan las leyes y reglamentos que aplican en la ubicación del edificio.
  • Inspecciones Físicas: Realizadas por profesionales para identificar barreras arquitectónicas y verificar el cumplimiento de medidas.
  • Evaluación Funcional: Observación de cómo personas con diferentes tipos de discapacidad interactúan con el espacio.
  • Consultas a Usuarios: Recopilación de opiniones de personas con discapacidad sobre su experiencia.
  • Indicadores de Accesibilidad: Se puede utilizar un sistema de puntuación o índice que considere todos los aspectos evaluados.

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