Normativa de Estacionamiento para Personas con Discapacidad en Chile

La correcta utilización y respeto de los espacios de estacionamiento reservados para personas con discapacidad es fundamental para garantizar su inclusión y accesibilidad. En Chile, existen normativas claras que regulan estos espacios, tanto en la vía pública como en recintos privados, con el fin de asegurar que cumplan con las condiciones necesarias para su uso.

Derecho y Condiciones de Uso de Estacionamientos Reservados

Por ley, las personas con discapacidad tienen derecho a utilizar estacionamientos especialmente creados para ellos. Estos deben cumplir con ciertas condiciones, cuyo tamaño y ubicación están especificadas por ley, y deben ofrecerse incluso en lugares donde no hay otro tipo de estacionamiento, asegurando que las personas discapacitadas no queden lejos de su destino.

Requisitos para el Uso

  • Para hacer uso de un estacionamiento reservado para personas con discapacidad, se debe exhibir la credencial de discapacidad original al interior del vehículo, específicamente en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero. No se aceptan fotocopias de la credencial o la Cruz de Malta.
  • En los estacionamientos exclusivos para discapacitados, solo pueden estacionarse aquellos vehículos que exhiban correctamente su credencial del Registro Nacional de Discapacidad. No importa si el beneficiario es o no la persona que conduce, aunque obligatoriamente deberá ir como pasajero.

Características de los Estacionamientos

La ley de estacionamientos para discapacitados garantiza estacionamientos adaptados a sus necesidades y que deben cumplir con requisitos específicos:

  • Los estacionamientos para discapacitados, estén o no dentro de recintos privados pagos o gratuitos o en la vía pública, deben ser más anchos que los normales, permitiendo así que la persona pueda descender y moverse en silla de ruedas sin el riesgo de sufrir un accidente.
  • Asimismo, estos espacios siempre deben ubicarse lo más cerca posible de los accesos o salidas.
  • En lugares donde existen varios estacionamientos, al menos un 1% de ellos deben estar reservados exclusivamente para discapacitados.
  • Estos estacionamientos deben estar marcados como tales, tanto en letreros como en el suelo de los mismos, facilitando así que los usuarios con derecho los encuentren y el resto de los vehículos sepan que no pueden aparcar allí.
Señalización de estacionamiento para discapacitados en suelo y vertical

Tipos de Estacionamientos Reservados

Según el Senadis, existen dos tipos de estacionamientos reservados para personas con discapacidad:

  • Estacionamientos preferentes: Son aquellos que se reservan a personas que dispongan de una movilidad reducida, pero no únicamente personas discapacitadas, sino también ancianos, personas embarazadas o personas que temporalmente tengan una movilidad reducida (por ejemplo, si tienen un yeso en la pierna). La Ley de Tránsito no obliga a respetar los estacionamientos preferentes, los cuales son una cortesía de los dueños del recinto, y no es necesario que quienes los usen muestren alguna credencial o prueba. Tampoco pueden multarte por usarlos, aunque sí invitarte a abandonar el lugar.
  • Estacionamientos exclusivos: Son aquellos que pueden ser usados únicamente por personas discapacitadas con una acreditación que lo demuestre. A diferencia de los otros tipos de estacionamientos especiales, los de discapacitados solo pueden ser utilizados por ellos y no por personas embarazadas o de la tercera edad, incluso si no hay lugares especiales para ellos. Si una persona tiene un problema de movilidad temporal, como por ejemplo una pierna inmovilizada por sufrir una fractura, no pueden utilizar estos estacionamientos y se exponen a la misma multa que el resto de los vehículos.

Regulación en Condominios y Municipalidades

Condominios

Por ley, los condominios necesitan tener cierta cantidad de estacionamientos para personas discapacitadas que cumplan con las especificaciones reglamentarias. El poder vender o no ese estacionamiento depende de las reglas de cada condominio. En algunos se es dueño de un espacio específico (el propietario paga Contribuciones sobre este y puede venderlo), mientras que en otros hay derecho a uso de un estacionamiento que el condominio asigna, pero sin ser dueño de este. Se recomienda consultar en la Administración sobre qué reglas se aplican para los estacionamientos para discapacitados, ya que suelen ser distintas que las para estacionamientos regulares. El destinar estacionamientos para discapacitados también es obligatorio en edificios o condominios.

Municipalidades

La normativa señala que las municipalidades deberán establecer dos estacionamientos por cada tres cuadras, destinados exclusivamente al uso de personas con discapacidad. Asimismo, cada municipalidad deberá preocuparse de ofrecer un estacionamiento exclusivo para discapacitados cada tres cuadras.

Estacionamientos Accesibles - Movamos Los Límites - Teletón Perú

Infracciones y Multas

Es una infracción grave estacionarse, usar u ocupar estos estacionamientos sin tener la credencial necesaria. La Ley del Tránsito considera el estacionarse en lugares destinados específicamente para discapacitados como una falta grave, cuyas multas pueden ir de 1 a 1,5 UTM, aproximadamente $49.300 a $73.900 pesos chilenos.

La multa no solo se aplica a vehículos sin la credencial necesaria, sino que también a aquellos que la exhiban en una zona que no sea el costado inferior izquierdo del parabrisas o utilicen una credencial no original, ya que las fotocopias no son consideradas válidas.

Carabineros o inspectores municipales pueden fiscalizar el buen uso de los estacionamientos para discapacitados, tanto en zonas públicas como privadas, pudiendo cursar infracciones a quienes no tengan derecho a estos o no exhiban de forma correcta su credencial.

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