En Los Andes, se ha destapado un caso de presuntas estafas donde una mujer, identificada como Maritza, contactaba a vecinos y familiares prometiendo asegurarles una jubilación anticipada. Según testimonios de los afectados y sus allegados, Maritza solicitaba sumas cercanas al millón de pesos, argumentando la necesidad de "inyectarle plata" a los fondos de pensión para agilizar el proceso de jubilación. Un ejemplo de su modus operandi es el caso de la señora Mónica, a quien Maritza le ofreció tramitar su pensión para que dejara de trabajar. Tras solicitarle sus datos, le informó que calificaba para una jubilación anticipada, pero que sus fondos eran insuficientes, requiriendo una inyección de dinero.
Durante más de un año, Maritza continuó pidiendo dinero a sus víctimas con la excusa de aumentar los fondos de sus pensiones y adelantar su jubilación. Lamentablemente, María y Roberto también cayeron en sus promesas, esperando recibir pensiones mensuales de $900 mil y $700 mil, respectivamente. María y su esposo entregaron una cantidad menor de dinero. Tras varios meses de incertidumbre, los familiares y vecinos solicitaron a Maritza transparentar los trámites que estaba realizando.
Ante esta situación, Ann Katherine Clark, presidenta de la Asociación Gremial de Asesores Previsionales, afirmó que los asesores previsionales no pueden recibir dinero relacionado con trámites de pensión. La situación de Maritza es aún más confusa, ya que no se ha podido determinar a qué rubro pertenece. A pesar de las acusaciones, Maritza ha negado haber estafado, asegurando que toda la documentación está en orden y que "ni un peso" cobró por los supuestos trámites. La Fiscalía de Los Andes ya está al tanto del caso y el proceso judicial podría incluir nuevas denuncias. Las víctimas, si bien han bajado las expectativas de recuperar el dinero, solo esperan que "esta niña quede entre las rejas" y que "se haga justicia".

Irregularidades históricas en el sistema de pensiones
El problema de las estafas y las irregularidades en el sistema de pensiones no es un hecho aislado. En los últimos 20 años, se han documentado sucesivas resoluciones administrativas y judiciales que evidencian prácticas irregulares que impiden a personas con invalidez acceder a beneficios que les corresponden por ley. La Corte Suprema ha calificado como "ilegales", "arbitrarias", "antojadizas" y "sin fundamento" al menos once resoluciones de la Comisión Médica Central (CMS) que, desde 2020, negó pensiones de invalidez a personas con enfermedades graves o terminales.
Un caso emblemático es el de Araníbar Aillú, a quien la CMS resolvió que tenía solo un 7% de invalidez sin ningún documento o prueba de respaldo. La justicia determinó que el actuar de la CMS fue arbitrario por carecer de la fundamentación necesaria. El porcentaje de invalidez de Araníbar, originalmente reconocido, tuvo consecuencias para su Isapre, Consalud, la cual no había pagado licencias médicas presentadas entre 2016 y 2020.
En 2018, el entonces ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, ya había advertido sobre lo "temerario" que resultaba que las isapres rechazaran licencias médicas durante los procesos de calificación de invalidez. Un fallo reciente de la Corte de Apelaciones de Temuco, del 14 de diciembre, corroboró esta problemática al confirmar la situación de Carlos Cruz Oteiza, a quien la CMS negó la calificación de invalidez a pesar de la evidencia documental.
La lucha por los derechos de las personas con invalidez
Ante los reiterados fallos de la Corte Suprema que señalan actos ilegales y arbitrarios, la Fundación Valídame, representante de las personas afectadas, solicitó a la Superintendencia de Pensiones que tomara medidas contra los facultativos involucrados. Sin embargo, la Superintendencia rechazó la petición, argumentando que los profesionales eran contratados a honorarios y, por lo tanto, carecían de responsabilidad administrativa. Ante esta negativa, la Fundación Valídame recurrió a la Contraloría General de la República, la cual ordenó a la Superintendencia ponderar si existían faltas a la probidad por parte de los integrantes de las Comisiones Médicas.

Denuncias contra administradoras de fondos de pensiones (AFP)
Las irregularidades también han afectado a las administradoras de fondos de pensiones (AFP). Un caso documentado involucra a la AFP PlanVital, que entre 2004 y 2011 informó a alrededor de 60 trabajadores que carecían del beneficio de pensión de invalidez, obligándolos a conformarse con una pensión autofinanciada. En el mismo período, la AFP Provida negó de manera irregular el derecho a una pensión de invalidez a otras 114 personas, generando un perjuicio acumulado de casi $700 millones.
Tras la detección de estas irregularidades, se implementaron modificaciones en los requerimientos para el proceso de calificación de invalidez. En una reunión a principios de 2012, la entonces superintendenta Bernstein resaltó la necesidad de un acuerdo debido al riesgo de que los tribunales desestimaran normas y dispusieran la suma de todos los menoscabos. El 26 de enero de 2012, los miembros de la Comisión Técnica de Invalidez se reunieron nuevamente. Se planteó la idea de que las personas mantuvieran su derecho a jubilarse por invalidez, sumando diversas patologías, pero sin que la suma superara el 50% de menoscabo.
En 2018, Alejandra Vidal, exempleada de Provida, denunció públicamente cómo las AFP continuaban aplicando prácticas para controlar la siniestralidad. Tras esta denuncia, se formó una Comisión Investigadora en la Cámara de Diputadas y Diputados. Informes de la Organización Mundial de la Salud y el Banco Mundial indican que alrededor del 15% de la población mundial padece algún menoscabo físico o psicológico, con un 4% de casos severos. En Chile, el sistema privado de pensiones otorga cobertura solo a un 0,9% de las personas en esta condición, una de las cifras más bajas a nivel mundial.
Problemas con seguros de cesantía y rentas vitalicias
Otras empresas, como Bice Vida, 4 Life y Penta Vida, han solicitado dejar sin efecto la circular n° 1208 del organismo regulador, argumentando que están sufriendo un acto "expropiatorio" y que sufrirían perjuicios millonarios. Penta Vida está ligada a Carlos "Choclo" Délano y Carlos Eugenio Lavín, condenados por delitos tributarios en el caso Penta.
El cobro del seguro de cesantía a jubilados que adquieren créditos en el sistema financiero o realizan compromisos con tiendas comerciales podría constituir el delito de estafa, según la opinión de la Comisión de Economía del Senado. El senador José García Ruminot señaló que "no resulta lógico que se le esté cobrando seguro de cesantía a una persona que nunca va a poder usar ese seguro porque está jubilada". La comisión considera que se configura el delito de estafa y que se deberían perseguir acciones penales. En muchos casos, se trata de "ventas atadas" y las personas no son conscientes de que se les está cobrando un seguro.

El retiro del primer 10% de los ahorros previsionales también puso en el foco a las rentas vitalicias. Muchas personas con renta vitalicia, cuya pensión era cercana a los 130 mil pesos, no podían costear sus gastos básicos, viéndose obligadas a elegir entre pagar servicios o comprar alimentos. A diferencia de los jubilados en AFP, los pensionados con rentas vitalicias no corren el riesgo de que sus fondos se terminen, ya que su dinero está en manos de corredoras de seguros de vida que garantizan el pago hasta el final de sus vidas.
Ingrid Mancilla, viuda y madre de tres hijos, recibía una pensión de sobrevivencia de 167 mil pesos. Durante la pandemia, vendió sus pertenencias para asegurar el sustento de sus hijos. Cuando los pensionados de rentas vitalicias pudieron retirar su 10%, Ingrid pudo comprar un horno profesional para su negocio. Sin embargo, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) interpretó la ley del tercer retiro autorizando a las aseguradoras a bajar las pensiones a perpetuidad tras la entrega del 10% de los fondos. Evelyn Urrutia, abogada y cofundadora de la ONG de pensionados vitalicios, critica el actuar de la CMF, afirmando que ha actuado en favor de las empresas y no de los ciudadanos, señalando la práctica de la "puerta giratoria" entre cargos públicos y empresariales.
Demandas y conflictos entre AFP y aseguradoras
En el Congreso, existen dos iniciativas relacionadas con el anticipo de las rentas vitalicias. El sistema SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión) es el encargado de emitir certificados de oferta para la jubilación, los cuales se obtienen a través de asesores previsionales o agentes de ventas de AFP o aseguradoras. Evelyn Urrutia ha propuesto un proyecto de resolución para presionar al gobierno a dar soluciones a los pensionados en renta vitalicia.
Doble Espacio constató vínculos entre personas influyentes en la discusión parlamentaria sobre los retiros del 10% y la industria aseguradora. La esposa del Ministro Ossa y la madre del titular de la Segpres, Lucía Santa Cruz, tienen lazos con aseguradoras. Santa Cruz fue parte del directorio de Chilena Consolidada mientras se tramitaba el anticipo y actualmente es vicepresidenta de la misma.
Nancy San Martín y María Eliana Jofré, ambas profesoras, expresan frustraciones similares. Las pensionadas vitalicias sugieren un cambio radical en el sistema previsional y cuestionan la actuación de los privados que lo administran, señalando que solo ven su propio interés. Piden que los gobernantes y parlamentarios actúen en beneficio de las personas, no solo de los pensionados de renta vitalicia, sino de todos los adultos mayores que contribuyeron al país.
El martes pasado, con la aprobación del proyecto de ley para el segundo retiro del 10%, también se dio paso a una iniciativa para el retiro de jubilados de renta vitalicia. Juan Sutil, presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), calificó esta iniciativa como "inconcebible" y advirtió que, de materializarse, las compañías de seguros "quiebran todas". Sutil considera que esto contraviene la lógica del sistema, ya que una persona que llega a la jubilación traspasa sus fondos a la compañía de seguros a cambio de una pensión garantizada de por vida.
Miles de chilenos se preparan para tramitar el retiro del 10% de sus fondos de AFP. Sin embargo, un número importante de pensionados, aquellos que optaron por rentas vitalicias, no podrán acceder a estos fondos al haber traspasado la totalidad de sus ahorros a compañías de seguros, tratándose de un contrato irrevocable. Sergio Daie, uno de los afectados, califica esta situación como una discriminación "artera y arbitraria" y lidera una iniciativa para reunir a otros afectados.
Daie argumenta que el sistema de pensiones es uno solo y que el hecho de que los fondos sean manejados por compañías de seguros no debería ser un obstáculo para otorgar el mismo derecho al resto de los jubilados. Las cifras de la Superintendencia de Pensiones indican que más de un 45% de los chilenos pensionados no obtendrán el beneficio del retiro del 10% de los fondos de AFP.
Daie compara esta situación con el proyecto de ley que amplía el espectro de instrumentos financieros en los que pueden invertir las AFP, considerando títulos de deuda de mayor riesgo. Señala que las regulaciones para las inversiones de las compañías de seguros son mucho más flexibles que las de las AFP. Considera que se pudo haber modificado la ley que regula la renta vitalicia para que estos pensionados también fueran beneficiados, pero parece haber un acuerdo con las AFP para no afectar a las aseguradoras, dado que ambas están relacionadas.
Al momento de optar por una modalidad de pensión, los cotizantes deben considerar factores como el ahorro acumulado, el deseo de dejar herencia o la preferencia por un monto fijo o variable. Las rentas vitalicias implican un contrato irrevocable donde una Compañía de Seguros de Vida (CSV) se obliga a pagar pensiones. Penta Vida, Chilena Consolidada, Seguros de Vida Security Previsión, Ohio National Seguros de Vida y 4 Life Seguros de Vida rechazaron la petición de arbitraje de un grupo de AFP por negarse a cubrir las pensiones de invalidez en el primer retiro del 10%.
Este conflicto se suma a los problemas derivados de los retiros de fondos previsionales. Un conflicto de mayor complejidad surgió cuando la reforma constitucional para el tercer retiro permitió a los afiliados sacar dineros de las rentas vitalicias, exponiendo al Estado a acciones legales por parte de empresas extranjeras que alegan un cambio en las reglas del juego. El abogado constitucionalista Arturo Fermandois comparó esta situación con la nacionalización del cobre en 1971, señalando la posibilidad de acciones legales basadas en tratados internacionales.
El choque entre las AFP y las compañías de seguros se tramita en el 10º Juzgado Civil de Santiago. AFP Capital presentó una demanda contra siete empresas de seguros por negarse a pagar las sumas necesarias para completar las pensiones de invalidez tras el primer retiro del 10%. Varias AFP solicitaron sumarse a la petición de arbitraje. Las aseguradoras se opusieron a la petición, argumentando que la demanda arbitral colectiva es "descabellada" y que cada contrato es distinto, sin cláusulas de compromisos idénticas.
Las aseguradoras sostienen que no firmaron contratos que permitieran una demanda arbitral colectiva y que la información obtenida en un procedimiento único reviste carácter sensible. La defensa de Ohio National Seguros citó un tratado que establece que los actos jurídicos producen efectos solo entre las partes que los celebran. La defensa de 4 Life Seguros de Vida argumentó que su representada solo aceptaría un arbitraje con la contraparte de su contrato.
La fuerte oposición de las compañías de seguros contrasta con la postura de su gremio. El presidente de la Asociación de Aseguradores, Mario Gazitúa, afirmó que los arbitrajes están establecidos en los contratos de seguros de invalidez y sobrevivencia con las compañías de AFP, considerando normal acudir al arbitraje ante diferencias de opinión.
Ni es justicia ni es social: el sistema público de pensiones - Value School
tags: #engano #compania #de #seguros #jubilacion