El Decreto 815 aborda el derecho a la educación de todas las personas, independientemente de las restricciones que padezcan. Además, este decreto fomenta una serie de normas que sustentan las necesidades educativas de los estudiantes dentro del centro educativo.

Derecho a la Educación para Niños, Niñas y Jóvenes con Dificultades
Con respecto a las normas que se manejan en el Decreto 815, se da a conocer el derecho a la educación que tienen aquellos niños, niñas o jóvenes con dificultades. Por otra parte, los profesores deben ser especialistas en el área de necesidades educativas especiales, siendo capacitados para ayudar en la formación de estos estudiantes, con el fin de brindar una educación integral y flexible.
Edades y Cantidad de Estudiantes por Aula
La edad establecida para la integración a los campos educativos es de los 6 años hasta una edad promedio de 25 años. Otra de las normas importantes es la cantidad de estudiantes por aula, la cual gira de acuerdo con las restricciones. En resumen, los docentes deben hacer una observación continua de aquellos alumnos con edades por encima de 15, puesto que estos pueden presentar cambios de conducta continuos y por ende terminar por afectar a los más pequeños.
Creación de Espacios Recreativos y Actualización Legal
Entre las normativas del Decreto 815 se encuentra la creación de espacios recreativos, con el fin de que todos aquellos niños, niñas y jóvenes que presenten una restricción permanente o transitoria, es decir, física, motora o intelectual, no sean excluidos en las escuelas regulares. Es por ello que, en la actualización de las leyes, se vio la necesidad de crear estos espacios.
Recuperación de espacios recreativos en Oaxaca con el objetivo de promover el desarrollo infantil
Plan de Estudio y Diagnóstico
Es importante resaltar que en el plan de estudio de las escuelas especiales también se incluyen las escuelas regulares. Se establece hacer un diagnóstico y evaluación al estudiante al momento de formalizar la inscripción. Para finalizar, la evaluación permite ver las características de su condición, permitiendo al docente observar el grupo de estudio en el que será incluido.
Programas de Capacitación y Empleo
Programa de Capacitación en Oficios, Línea Discapacidad
El programa de capacitación en Oficios, Línea Discapacidad, busca dotar a las personas en situación de discapacidad de una cualificación técnica y de las habilidades laborales necesarias para poder acceder en igualdad de oportunidades al mercado de trabajo. No hay límite de edad para postular; pueden postular personas en situación de discapacidad desde los 16 años en adelante, siempre que cumplan los requisitos de postulación y del curso.
Los beneficios que entrega este programa incluyen un curso de capacitación presencial, de forma gratuita, orientada a mejorar las competencias laborales de las personas. Además, se considera la entrega de un subsidio de cuidado infantil de $5.000 por día asistido a clases (para hijos/as menores de 6 años) o el cuidado de personas en situación de dependencia mayores de 6 años, así como un seguro contra accidentes personales durante el período de capacitación.
Certificación de los Cursos
En la medida que el participante apruebe el curso, Sence entregará un certificado que acredite la capacitación. Se considera aprobado al participante que cumpla con, a lo menos, un 75% de asistencia a la Fase de Capacitación (Lectiva).
Otras Normativas Relevantes para la Discapacidad
Comunicación Audiovisual y Acceso al Transporte
Este reglamento establece los mecanismos de comunicación audiovisual que los canales de televisión abierta y los proveedores de televisión por cable deberán aplicar para posibilitar a las personas con discapacidad auditiva el acceso a su programación. Este decreto también reglamenta lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 20.422, relativo a asegurar a las personas con discapacidad el acceso a todos los medios de transporte públicos. Además, instituye que en los servicios de locomoción colectiva urbana y rural de hasta 50 kilómetros de longitud, deberán existir asientos de fácil acceso para ser usados por personas con discapacidad.
Beneficios Arancelarios y Tributarios
Este reglamento aplica procedimientos y competencias para el otorgamiento de autorizaciones, control y fiscalización de los beneficios arancelarios y tributarios establecidos en la Ley 20.422 y regula la enajenación de los bienes que no prestan utilidad a los destinatarios, como vehículos y mercancías, a que la misma ley se refiere.
Subvenciones para Educación Especial
Este Decreto dicta normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de las subvenciones para educación especial, que tiene por propósito el mejoramiento de la calidad educacional y oportunidades para alumnos que requieren educación especial.

Evaluación y Calificación de la Discapacidad
La evaluación y calificación de la discapacidad será efectuada por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de los Servicios de Salud y por las entidades públicas y privadas que hayan obtenido su reconocimiento para ello del Ministerio de Salud.
Accesibilidad en Edificios Públicos
Existe una norma que data de principios de los años 80, y que, aunque utiliza un término erróneo para referirse a las personas con alguna discapacidad física, se encuentra vigente. En ella se regulan las condiciones que deberán cumplir todos los edificios de la Administración del Estado para el acceso de las personas con discapacidad al primer piso, mediante la construcción de las respectivas entradas, pasos, accesos, rampas u otras obras que permitan el logro del objetivo señalado.