En Chile, las dueñas de casa y personas cuidadoras desempeñan un rol fundamental en el bienestar de sus familias y de la sociedad. Reconociendo su valiosa labor, el Estado chileno ha implementado diversos programas y beneficios diseñados para apoyarlas, tanto económicamente como en su desarrollo personal y profesional. Estos apoyos buscan aliviar la carga económica, facilitar el acceso a servicios básicos y ofrecer oportunidades de capacitación.

Bono de Protección (Bono Dueña de Casa)
El Bono de Protección, comúnmente conocido como Bono Dueña de Casa, es un subsidio mensual entregado por el Estado chileno. Está dirigido a las familias que forman parte del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.
Características del Bono de Protección:
- Es un subsidio mensual entregado durante un período de 24 meses.
- Los montos varían según el tiempo de permanencia en el programa.
- Cualquier mujer mayor de 18 años puede acceder si no se cumplen las prioridades previas.
- El pago se realiza a través de la CuentaRUT del BancoEstado de la persona designada como receptora del beneficio dentro del grupo familiar.
Apoyos y Beneficios para Personas Cuidadoras
Las personas cuidadoras son aquellas que otorgan asistencia permanente a quienes poseen una discapacidad y/o dependencia moderada o severa, impidiéndoles la realización de su vida diaria. Para acceder a ciertos beneficios, primero requieren contar con la credencial que las acredita como personas cuidadoras.
Credencial de Cuidadora
Mediante la credencial, las personas cuidadoras acceden a beneficios del Estado e instituciones privadas, además de gozar de atención preferente en algunas de estas entidades.
Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores
Este programa, gestionado por el Ministerio de Salud, está dirigido a personas inscritas en el mismo. Los requisitos para la persona beneficiaria (causante) incluyen:
- Estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores.
- No encontrarse institucionalizada en un Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores ni en otro tipo de institución.
- La clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares.
La postulación a este programa no la realiza directamente la persona cuidadora, sino que debe ser gestionada por el equipo médico del centro de atención primaria de salud correspondiente. Una vez concedido, el beneficio comienza a entregarse desde el mismo mes de su concesión. Es importante destacar que este programa no es imponible ni constituye una renta.
Autocuidado en personas cuidadoras | Sana Mente
Red Local de Apoyos y Cuidados
Las y los cuidadores tienen a disposición otro tipo de ayudas, como las que brinda la Red Local de Apoyos y Cuidados, cuyos centros están ubicados en 151 comunas del país.
Programas de Vivienda y Arriendo
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) ofrece varios subsidios destinados a facilitar el acceso a una vivienda digna, incluyendo opciones de arriendo.
Subsidio de Arriendo General
Este es un aporte temporal del Estado para familias que puedan pagar una parte del arriendo de una vivienda. Ofrece un subsidio total de 170 UF, con un tope mensual de 4,2 UF (hasta 4,9 UF en algunas regiones). El subsidio puede usarse de forma continua o discontinua durante un máximo de 8 años.
Requisitos para postular al Subsidio de Arriendo General:
- Ser mayor de 18 años y tener cédula de identidad vigente. Los extranjeros deben presentar su cédula para extranjeros.
- Las personas menores de 60 años deben postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo/a. Los mayores de 60 años pueden postular sin núcleo familiar.
- Estar dentro del 70% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Tener un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, con al menos un mes de antigüedad.
Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y con Discapacidad
Este subsidio está dirigido a personas mayores de 60 años y a quienes tengan una discapacidad. Ofrece un aporte mensual que cubre entre el 90% y el 95% del valor del arriendo, para aquellos que estén en el 70% de vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares (RSH).
Formas de postulación (cuando se abra la convocatoria):
- En línea: A través de www.minvu.cl, con tu ClaveÚnica.
- Presencial: En las oficinas del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) o en instituciones públicas habilitadas.

Otros Beneficios y Capacitaciones
Subsidio Eléctrico
El Ministerio de Energía ofrece el Subsidio Eléctrico, un beneficio temporal del Gobierno de Chile que proporciona un descuento en las boletas de electricidad para los hogares más vulnerables. Para postular, se debe ingresar a www.subsidioelectrico.cl y hacer clic en "Postula aquí".
Capacitación para el Trabajo Doméstico y Cuidado (SENCE)
El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) ofrece un programa con cursos gratuitos y presenciales. Estos cursos están diseñados para capacitar a personas que realizan labores domésticas y que cuidan a personas enfermas o en situación de discapacidad sin remuneración. Para consultar y postular a los cursos disponibles, se debe ingresar al sitio web de SENCE con la ClaveÚnica y explorar la oferta.
Fondo Organización Regional de Acción Social (ORASMI)
Este fondo está disponible para familias a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MSDF). Para postular, se deben seguir los siguientes pasos:
- Reunir toda la documentación solicitada.
- Acudir al Departamento Social de la Delegación Presidencial Regional o Provincial que corresponda a su lugar de residencia.
- Al llegar, indicar que la visita tiene como finalidad postular al Fondo ORASMI.
- Entregar los antecedentes requeridos, momento en que se asignará una entrevista con el profesional responsable.
- Una vez realizado el trámite, la solicitud de apoyo social quedará ingresada.
Aspectos Laborales para Trabajadoras de Casa Particular
Para quienes trabajan como personal de casa particular, la legislación chilena establece condiciones laborales específicas:
- La relación laboral debe constar en un contrato de trabajo escrito, que contenga las condiciones acordadas (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) con la parte empleadora, incluso para quienes trabajen solo algunas horas a la semana.
- La remuneración no puede comprender los alimentos y la habitación, que siempre serán de cargo de la parte empleadora, quien no puede efectuar descuentos por estos conceptos.
- La parte empleadora debe cubrir a la persona trabajadora por concepto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a través del pago del 0,95% de la remuneración. Este seguro aplica frente a cualquier accidente o enfermedad que sufra a causa o con ocasión del trabajo.
- Los 15 primeros días de relación laboral se consideran período a prueba, lapso en que, tanto la persona trabajadora como empleadora pueden dar término al contrato, siempre que se avise con tres días de anticipación y se paguen los días trabajados.