La búsqueda de una sociedad más inclusiva ha impulsado la creación y evolución de marcos legales que promueven la igualdad de oportunidades para todas las personas. En Chile, la Ley N° 20.422 ha sido un pilar fundamental en este camino, estableciendo normas clave sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad.
Marco Legal de la Accesibilidad Universal y su Evolución
Ley N° 20.422: Principios Fundamentales
El 10 de febrero del año 2010 entró en vigencia la Ley N° 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad. Esta legislación se basa en principios esenciales que buscan garantizar la autonomía y participación plena de este grupo de la población. Los principios que sustentan esta ley son:
- Vida independiente
- Accesibilidad universal
- Diseño universal
- Intersectorialidad
- Participación y diálogo social

Decreto 50 (2016) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)
Para concretar los mandatos de la Ley 20.422 en el ámbito urbano y arquitectónico, el 4 de marzo de 2016 se publicó en el Diario Oficial el Decreto 50. Este decreto introdujo nuevas normas de accesibilidad universal en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), actualizando significativamente dicha normativa.
Con la publicación de este decreto, se estableció un ciclo de implementación para las nuevas exigencias:
- El 4 de marzo de 2019 venció el plazo para que las edificaciones de uso o atención al público se ajustaran a las nuevas exigencias de accesibilidad contenidas en el D.S. 50/2015. Este hito marcó el fin de un largo periodo de omisiones y extensiones de plazos, dando inicio a una etapa con mayor conciencia colectiva y sin excusas.
- Adicionalmente, en febrero de 2018 venció otro plazo exigente: que las vías públicas, pasarelas peatonales, parques, plazas y áreas verdes fueran accesibles y utilizables de forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad.
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Ley N° 21.015 (2017): Inclusión Laboral
En el año 2017, la Ley N° 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral, produjo una actualización y modificación específica de la Ley N° 20.422. El objetivo de esta nueva ley es incentivar, tanto en los organismos del Estado como en empresas privadas, la inclusión laboral de personas con discapacidad en igualdad de condiciones, prohibiéndose todo acto discriminatorio por su condición.
Aplicación y Esfuerzos por la Accesibilidad en Chile
Promoción y Concientización
Desde la primera normativa de accesibilidad en 1995, diversas organizaciones han desplegado el máximo esfuerzo en promover, educar, asesorar y generar material sobre la accesibilidad. Entidades como Ciudad Accesible han sido clave en buscar medios de fiscalización efectivos para lograr ciudades más accesibles y amigables para todas las personas.
En Chile, un 20% de la población de 18 años o más se encuentra en situación de discapacidad. Considerando que la accesibilidad universal es uno de los elementos clave que deben promoverse para alcanzar la inclusión, se entiende el interés de instituciones como la Subsecretaría de Turismo por garantizar el acceso de todas las personas a los atractivos turísticos existentes a lo largo del país.

Iniciativas y Eventos Relevantes
Se ha dado un énfasis significativo al posicionamiento de la accesibilidad a nivel público y ciudadano, promoviendo el desarrollo de instancias de discusión a nivel nacional. Algunos ejemplos incluyen:
- La jornada de capacitación "Diálogos sobre accesibilidad universal en áreas protegidas", organizada por la Subsecretaría de Turismo y la Corporación Nacional Forestal, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Servicio Nacional de Turismo y el Servicio Nacional de la Discapacidad.
- El Seminario Internacional sobre Turismo Accesible, organizado por el Servicio Nacional de Turismo en conjunto con la Organización Mundial del Turismo.
Además, se han adoptado sugerencias como las contenidas en la Resolución A/RES/637(XX) de la Asamblea General de la OMT en agosto de 2013, que actualizan las recomendaciones de la OMT planteadas en 2005. Un ejemplo concreto de su aplicación se observa en el Parque Nacional Chiloé con su sendero accesible.
Hacia una Inclusión Plena: Llamado a la Acción y Recursos
Urgencia de Avance
Se hace un llamado a asumir la urgencia de avanzar en el ámbito de la accesibilidad universal. Es fundamental que cada obra, licitación, servicio, reparación o remodelación incorpore soluciones de accesibilidad universal desde su concepción. Las décadas de espera y postergación pueden provocar un brote de denuncias si no se actúa con celeridad. Existe la confianza en que las autoridades, municipalidades, ministerios, empresas y profesionales puedan acelerar al máximo el modelo de diseño que distingue a los países desarrollados.
Documentos de Referencia y Aplicación
Para facilitar la implementación y comprensión de las normativas de accesibilidad, se citan diversos documentos y decretos que abordan su aplicación:
- DDU 373: Aplicación de los Art. 6.1.8. y 4.1.7. de la OGUC.
- DDU 351: Relacionado con el Decreto 50 V. y U.
- DDU 137: Interpretación de artículos de la O.G.U.C.
- DDU 115: Instruye sobre cumplimiento de normas para acogida de personas con discapacidad, en edificio con afluencia de público según D.S. N°32, que modifica al D.S.
- DDU 54: Aplicación del Artículo 4.1.7. de la OGUC.
Adicionalmente, el documento “Normativa de Accesibilidad Universal - Síntesis dibujada” es un trabajo valioso que condensa la norma y le añade figuras y fotografías para facilitar su comprensión y aplicación por parte de profesionales y la ciudadanía.