Seuxis Paucias Hernández Solarte, más conocido por su alias 'Jesús Santrich', fue una figura prominente de las desmovilizadas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Nacido en 1967 en Tolú Viejo, Sucre, Santrich se unió a la guerrilla en la década de 1980 y fue uno de los representantes de las FARC en la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI) durante las negociaciones de paz de La Habana.
Su trayectoria, sin embargo, estuvo marcada no solo por su rol político y militar, sino también por una condición médica que influiría significativamente en su vida personal y en sus procesos legales: una profunda discapacidad visual.

El Síndrome de Leber: Origen de su Discapacidad Visual
A Jesús Santrich siempre se le reconoció por el uso constante de unas gafas negras, un elemento que ocultaba una grave deficiencia en sus ojos. El excomandante de las FARC padecía una enfermedad degenerativa llamada ‘síndrome de Leber’.
Este padecimiento, que afecta el nervio óptico y conduce a una pérdida progresiva de la visión, se le detectó a Santrich en la adolescencia. Según reportes, habría perdido el sentido de la vista de forma gradual desde su juventud. En una entrevista para el programa ‘Los Informantes’ del canal Caracol, Santrich describió la experiencia de su enfermedad:
- “Es un proceso muy largo, de años, uno no se da cuenta. Cuando se tiene que acudir a alguien es cuando uno se percata de que tiene una dificultad."
- "Es como el ocaso, va cayendo la tarde y cuando tratas de ver ya está oscuro."
- "Utilizar las gafas son una necesidad. Todo lo miro por la izquierda.”
Esta declaración subraya el carácter degenerativo de su condición y la adaptación necesaria para afrontar la disminución de su capacidad visual.

Impacto de la Discapacidad en el Ámbito Penitenciario y Judicial
La discapacidad visual de Santrich tuvo repercusiones directas en su situación de reclusión y en los procesos judiciales que enfrentó tras su captura en abril de 2018. En julio de 2018, estaba previsto que asumiera una de las curules designadas para el partido FARC en el Congreso, pero fue capturado en Bogotá bajo acusaciones de narcotráfico.
Condiciones de Reclusión y Solicitud de Asistencia
Durante su detención, sus defensores y partidarios denunciaron que Santrich estaba sometido a un aislamiento total, una situación que, según ellos, se agravaba considerablemente debido a su discapacidad visual. Las solicitudes presentadas ante la dirección de la cárcel para que otro prisionero político pudiera ser trasladado a su patio y fungir como su "lazarillo" fueron negadas sin mayor justificación.
Estas condiciones fueron calificadas por sus partidarios como "vejámenes que constituyen tortura", aludiendo al sometimiento a un aislamiento que no era una situación menor considerando su limitación visual.
Argumentos Legales y Derechos Humanos
Las solicitudes para mejorar sus condiciones de reclusión se fundamentaron en normativas internacionales y nacionales de derechos humanos:
- La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
- El artículo 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
- El artículo 12 de la Constitución Política de Colombia.
Un informe alternativo presentado al Comité contra la Tortura evidenció un insuficiente cumplimiento del Estado colombiano frente a sus obligaciones. En referencia a esto, el Comité recomendó a Colombia: “El Estado parte debe: a) Garantizar que la reclusión en régimen de aislamiento solo sea utilizada como medida de último recurso, por el periodo más breve posible, bajo estrictas condiciones de supervisión y control judicial”.
Además, se argumentó la vulneración del propio régimen penitenciario colombiano, que establece principios como la igualdad, la dignidad humana y la prohibición de tratos crueles e inhumanos, contenidos en los artículos 3, 3a, 5 y 6 de la Ley 65 de 1993.
Principio de Enfoque Diferencial
La ley penitenciaria colombiana contempla un principio de enfoque diferencial, el cual reconoce que existen poblaciones con características particulares debido a su edad, género, religión, identidad de género, orientación sexual, raza, etnia o situación de discapacidad, entre otras. Por esta razón, las medidas penitenciarias deben contar con dicho enfoque para garantizar un tratamiento adecuado a estas poblaciones.
Dificultades en los Procesos Judiciales
La discapacidad visual también planteó desafíos significativos en su participación en procesos judiciales. Durante una cita de versión voluntaria ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el marco del "caso 001" (correspondiente a los secuestros), la diligencia se suspendió porque no se pudo acceder a los informes del caso con el formato adecuado.
La defensa de Santrich reiteró en distintas ocasiones que la Fiscalía debía autorizar el ingreso de equipos especializados que permitieran la lectura y audio de los informes. La Sala de Reconocimiento de la JEP solicitó esta autorización, precisando que “la lectura de los informes es un elemento esencial del debido proceso, así como la asesoría con el equipo defensor”, dada la condición de discapacidad visual del compareciente.
Tecnología de Asistencia Visual y Malentendidos
En abril de 2017, la presencia de Jesús Santrich en la Universidad del Atlántico generó un malentendido debido a un dispositivo que llevaba en la cabeza. Según denuncias de medios locales, se especuló que llevaba una "cámara de espionaje".
Sin embargo, Santrich, a través de sus redes sociales, aclaró la situación. Explicó que el dispositivo era en realidad un aparato para invidentes de la marca AuxDeco, ironizando sobre la acusación. Detalló su funcionamiento:
“El AuxDeco utiliza la estimulación eléctrica para activar los nervios de la frente directamente, ya que los nervios están conectados a los mecanorreceptores, el usuario siente una sensación suave que es similar a la estimulación física (es decir, táctil).”
Este incidente puso de manifiesto no solo la desinformación, sino también la existencia y el uso de tecnologías avanzadas diseñadas para asistir a personas con discapacidad visual en su interacción con el entorno.

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