Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad: Marco Legal y Oportunidades

La inclusión sociolaboral de las personas con discapacidad es un pilar fundamental para la construcción de una sociedad más equitativa e inclusiva. Sin embargo, la población con discapacidad se encuentra a menudo invisibilizada, con una notable escasez de datos actualizados a nivel regional que permitan comprender y abordar esta realidad. En este contexto, iniciativas como la Encuesta Latinoamericana sobre Discapacidad (ELADis) buscan generar conocimiento y visibilizar la situación para impulsar acciones de impacto positivo.

Infografía comparativa de datos de población con discapacidad en Latinoamérica.

Marco Legal y Obligaciones para la Inclusión Laboral

En Chile, la inclusión laboral de personas con discapacidad está principalmente regulada por la Ley N° 21.015, que incentiva esta integración al mundo del trabajo a través del principio de equiparación de oportunidades. Esta ley busca compensar y equilibrar las desigualdades existentes, estableciendo mínimos para actuar dentro del ámbito de la inclusión laboral. Es una temática de gran trascendencia, considerando que un porcentaje importante de la población presenta algún nivel de discapacidad, cifra cercana al 15%.

La normativa establece diversas exigencias tanto para el sector público como para el privado, con el fin de asegurar la contratación y el desarrollo profesional de las personas con discapacidad.

Obligaciones en el Sector Público

Los órganos del Estado deben aplicar una selección preferente en igualdad de condiciones de mérito para las personas con discapacidad. La responsabilidad de tomar las medidas necesarias para cumplir con el porcentaje estipulado por la ley recae en el jefe superior o jefatura máxima del órgano, servicio o institución. En caso de no ser posible el cumplimiento total o parcial, las entidades deben remitir un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, explicando las razones para ello.

Para el sector público, un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito por los Ministros de Hacienda y Desarrollo Social, establecerá los parámetros, procedimientos y demás elementos necesarios para dar cumplimiento a estas obligaciones o para justificar su excusa.

Obligaciones en el Sector Privado

La Ley N° 21.015 establece ciertas exigencias para las empresas con 100 o más trabajadores, que rigen desde el 1 de noviembre de 2022. Estas empresas deben promover políticas internas en materias de inclusión, las cuales serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo. El empleador tiene la obligación de registrar los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez, así como sus modificaciones o términos.

La fiscalización del cumplimiento de esta normativa en el sector privado corresponde a la Dirección del Trabajo, la cual debe mantener un registro actualizado de los contratos de trabajo. Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular al momento de la contratación.

Diagrama de flujo que ilustra el proceso de registro de contratos de personas con discapacidad por parte del empleador.

Razones Fundadas para el Incumplimiento de la Cuota

Solo se considerarán razones fundadas para no cumplir con la cuota exigida aquellas derivadas de la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa o la falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo. En caso de que no sea posible el cumplimiento total o parcial de la dotación establecida, las entidades deberán remitir un informe fundado a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad.

Donaciones como Alternativa

Las donaciones que las empresas obligadas realicen deben dirigirse a proyectos o programas relacionados con la inclusión laboral, la capacitación y la rehabilitación, entre otras materias afines. Es importante destacar que las empresas obligadas no podrán destinar más de la mitad de los recursos que deben donar a una sola organización.

Certificación y Beneficios para Personas con Discapacidad

Para acceder a los beneficios de la Ley de Discapacidad (Ley N°20.422) y otros apoyos, las personas con discapacidad deben contar con la certificación de la discapacidad. La credencial de discapacidad es un documento público y gratuito que acredita dicha situación y permite acceder a beneficios como ayudas técnicas en el Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) y exenciones arancelarias.

El proceso para obtener la credencial implica que la persona con discapacidad o un tercero pruebe el vínculo mediante documentación y se dirija a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o al consultorio de su comuna. El solicitante debe presentar un formulario a su médico tratante para que lo complete y firme. La COMPIN evaluará el caso y determinará el grado de discapacidad. Posteriormente, el Registro Civil realizará la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad y emitirá la Credencial de Discapacidad.

Ejemplo de una Credencial de Discapacidad.

Programas de Capacitación y Reeducación Profesional

Existen programas diseñados para dotar a las personas en situación de discapacidad de las cualificaciones técnicas y habilidades laborales necesarias para acceder en igualdad de oportunidades al mercado de trabajo. El Programa de Capacitación en Oficios, Línea Discapacidad, por ejemplo, busca mejorar las competencias laborales de las personas y ofrece cursos de capacitación presenciales de forma gratuita.

Los requisitos para postular varían según el curso, pero generalmente se consideran aspectos como la asistencia mínima del 75% a la fase de capacitación. No existe límite de edad para postular, pudiendo hacerlo personas desde los 16 años en adelante. Al aprobar el curso, Sence entregará un certificado que acredita la capacitación.

En el contexto de la rehabilitación, el seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales contempla la reeducación profesional. Esto puede incluir la cobertura para la adquisición de equipos informáticos o insumos técnicos necesarios para el aprendizaje de una disciplina, siempre que se demuestre la necesidad imperiosa y objetiva de contar con ellos. El financiamiento de estos gastos está a cargo del Organismo Administrador.

Conadis realiza curso de capacitación en discapacidad e inclusión

Beneficios Adicionales en Programas de Capacitación

Algunos programas de capacitación pueden incluir beneficios como:

  • Subsidio de cuidado infantil de $5.000 por día asistido a clases (para hijos/as menores de 6 años), o el cuidado de personas en situación de dependencia mayores de 6 años.
  • Seguro contra accidentes personales durante el período de capacitación.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es una ayuda económica destinada a personas entre 18 y 65 años declaradas con invalidez que no tienen acceso a pensión en los regímenes previsionales. El monto actual es de $104.646. Las personas con discapacidad no pierden su PBSI al ser contratadas por algún organismo del Estado o por una empresa.

Los afiliados acogidos a Pensión de Invalidez parcial transitoria que continúan trabajando están obligados a efectuar las mismas cotizaciones de un trabajador activo. La Superintendencia de Seguridad Social cumple un rol en la incorporación al Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la información respecto de las personas asignatarias de pensión de invalidez.

Evaluación de la Efectividad de la Ley

Los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Desarrollo Social tienen la responsabilidad de evaluar conjuntamente los resultados de la implementación de la ley cada cuatro años. Esta evaluación permite medir la efectividad de las medidas implementadas y realizar ajustes si es necesario.

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