Diferencia entre Incapacidad Temporal e Invalidez en el contexto de la ACHS en Chile

La determinación de la invalidez y el establecimiento del grado de incapacidad son procesos fundamentales para garantizar el acceso a prestaciones y apoyos para aquellas personas cuya capacidad laboral se ve afectada por motivos de salud. Este análisis exhaustivo aborda los aspectos clave de estos procedimientos, desde la definición de los conceptos hasta los factores que influyen en la calificación, con un enfoque específico en la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) y la legislación chilena.

Comprendiendo la Incapacidad Laboral y la Invalidez

Es crucial distinguir entre los términos invalidez e incapacidad laboral. La invalidez se refiere a una condición que limita o impide el desempeño de actividades vitales. Por otro lado, la incapacidad laboral se centra específicamente en la aptitud para el trabajo. En el contexto de la seguridad social, se evalúa la capacidad de una persona para desempeñar su profesión habitual o cualquier otra actividad laboral remunerada.

La incapacidad laboral puede manifestarse en diversos grados, cada uno con implicaciones distintas en cuanto a los derechos y beneficios a los que puede acceder el afectado. Estos grados se establecen tras una evaluación médica y, en muchos casos, también profesional, que considera la naturaleza de la enfermedad o lesión, su cronicidad, la repercusión en la vida laboral y la posibilidad de rehabilitación.

Incapacidad Temporal (IT) y el Subsidio de la ACHS

La Incapacidad Temporal (IT) es una situación en la que el trabajador está impedido para trabajar de forma transitoria debido a una enfermedad común o profesional, o a un accidente. El objetivo principal de la incapacidad temporal es la recuperación y el retorno del trabajador a sus labores.

En Chile, cuando un trabajador queda incapacitado temporalmente para ejercer sus funciones, ya sea por accidente o enfermedad laboral, la ACHS entrega un subsidio para mantener la continuidad de ingresos durante el período de recuperación. Este subsidio por incapacidad temporal es un monto de dinero que reemplaza la remuneración o renta de un trabajador afiliado mientras este se encuentre transitoriamente incapacitado de realizar su trabajo, ya sea por una enfermedad profesional o por un accidente del trabajo.

Determinación del Monto y Proceso de Pago del Subsidio

Según lo establecido en la normativa vigente, el monto del subsidio se obtiene calculando el promedio de las remuneraciones mensuales netas, subsidios, o de ambos, que se hayan recibido en los tres meses calendario previos a la fecha en que se inicia el reposo. Para efectos del cálculo, se toman en cuenta tanto el límite máximo como el mínimo imponible a la hora de considerar la remuneración mensual. Adicionalmente, se deben amplificar los montos que se incluyen en el cálculo del subsidio cuando en alguno de los meses considerados correspondan a un número menor de días que los pactados, con el fin de que las cifras sean equivalentes a las que habría obtenido el beneficiario si hubiese trabajado el tiempo pactado en su contrato de trabajo.

La ACHS genera el pago por vale vista Banco Santander o Transferencia Bancaria a la cuenta registrada por el empleador en la página web. Los pagos se realizan los días cercanos a los 15 y 30 de cada mes.

Esquema del proceso de cálculo y pago del subsidio por incapacidad temporal de la ACHS

Documentación Necesaria para el Pago de Subsidios

Para acceder a este beneficio, tanto el empleador como el trabajador deben presentar una serie de documentos:

Documentación a presentar por el empleador:

  • Copia del contrato de trabajo actualizado o certificado que informe el monto de la remuneración imponible que percibe el funcionario (trabajadores del sector público).
  • Liquidaciones de sueldo de los 3 meses calendarios más próximos al mes en que se inicia el reposo laboral, anteriores al accidente o al diagnóstico médico de la enfermedad profesional.
  • Si el trabajador está afiliado a una ISAPRE, se debe presentar una copia del FUN, si corresponde. Ante cualquier cambio en el precio del plan de salud, será el empleador quien deba informar al organismo administrador, enviándole una copia del nuevo FUN.
  • En caso de reingreso (cuando el trabajador, después del alta médica, vuelve a iniciar un nuevo reposo por el mismo siniestro), el empleador debe adjuntar un certificado de vigencia laboral que respalde los días sin reposo.

Documentación a presentar por el trabajador:

  • Certificado de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva, correspondiente a los 3 meses calendarios más próximos a la fecha en que se inicia el reposo laboral.
  • En caso de que ya exista un subsidio por accidente o enfermedad de origen común, el trabajador deberá presentar el comprobante de pago de dicho subsidio.
  • En caso de existir un finiquito con otro empleador, dentro de los 3 meses previos al del inicio del reposo, se debe presentar este documento.
  • Cualquier cambio en el precio del plan de salud pactado con la ISAPRE, el trabajador deberá informar al organismo administrador, enviándole una copia del nuevo FUN.
  • Si el trabajador por alguna razón dentro del período de 3 meses previo al inicio de reposo no trabajó uno o más días, deberá adjuntar los antecedentes que respalden esta circunstancia.

La documentación del empleador puede ser enviada a través de la plataforma web de empresas de la ACHS, mientras que los trabajadores deben acercarse a la sucursal ACHS más cercana.

Razones para no Recibir el Pago del Subsidio

El pago del subsidio puede verse afectado por las siguientes razones:

  • El empleador entregó los documentos fuera del plazo o la documentación estaba incompleta, lo que postergará el pago.
  • Si el trabajador no asiste a un control médico, se le da automáticamente fin al reposo y, en consecuencia, al pago del subsidio.
  • En casos donde el paciente es calificado y su accidente o enfermedad no es acogida por la Ley 16.744.

Aportes Previsionales Durante el Subsidio

Todos los aportes relacionados con el fondo de pensiones y salud son pagados directamente por la ACHS a las diferentes instituciones previsionales, tomando como base la renta imponible previa al reposo. Si el trabajador presenta un contrato indefinido, se retendrá el 0,6% del monto del subsidio para el aporte de cargo del trabajador al seguro de cesantía. Los aportes del seguro de invalidez y supervivencia, las cotizaciones de cargo del empleador del seguro de cesantía y la asignación familiar deben ser pagados de manera íntegra por el empleador.

Invalidez Permanente bajo la Ley N° 16.744 (Chile)

Por ley, todos los trabajadores que sufren un accidente laboral o una enfermedad profesional deben recibir la atención médica y tratamiento que les permita recuperar su salud para volver a sus labores. Lamentablemente, hay casos en los que estos incidentes provocan una secuela permanente. En estas situaciones es posible acceder al pago de una indemnización o pensión, dependiendo del grado de incapacidad que dicho problema provoque.

Si al finalizar un tratamiento médico debido a un accidente laboral o una enfermedad profesional el trabajador no se recupera completamente, puede solicitar una indemnización o pensión. Esta ayuda económica es determinada por una comisión especializada que evalúa estos casos, siguiendo lo establecido por la Ley N° 16.744.

Calificación de Enfermedades Profesionales y Accidentes del Trabajo

La Ley N° 16.744 define una Enfermedad Profesional (EP) como una enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo que realiza una persona, y que produce incapacidad o muerte. Existe un proceso de calificación de Enfermedades Profesionales que, frente a una denuncia por sospecha, determina si su origen es laboral o no.

Proceso de Calificación por la ACHS

Cuando un trabajador tiene síntomas o manifestación de una posible Enfermedad Profesional, él, su empleador u otra persona que tenga conocimiento del caso debe realizar una denuncia de posible Enfermedad Profesional a la ACHS, completando el Formulario de Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP). Hechas las denuncias, ACHS tiene un plazo máximo de siete días corridos para asignar y programar una atención médica al paciente.

Estudio de Puesto de Trabajo (EPT)

Dependiendo del tipo de enfermedad a calificar, se coordinará una visita al centro de trabajo para realizar un estudio de puesto de trabajo. Este estudio busca observar si hay presencia de factores de riesgo y evaluar las tareas que se realizan, tomando en cuenta antecedentes médicos, documentación relevante y el tiempo de exposición suficiente para causar la enfermedad.

Diagnóstico Investigado Quién Realiza la Evaluación Qué se Hace Durante la Evaluación
Músculo Esquelético Kinesiólogo, terapeuta ocupacional u otro Observa y registra las condiciones del puesto de trabajo y las tareas que se realizan, tomando fotografías y videos.
Salud Mental Psicólogo, terapeuta ocupacional u otro Realiza entrevistas individuales y confidenciales a otros trabajadores (testigos) tanto para el trabajador como para la entidad empleadora.
Otro (patología respiratoria, dermatológica, auditiva u otros) Experto en prevención de riesgos Observa si hay presencia de factores de riesgo en el puesto de trabajo y las tareas que se realizan.

Si se demuestra el origen laboral de la enfermedad, ACHS entregará las prestaciones médicas y económicas contempladas en la Ley 16.744.

Evaluación de la Invalidez Permanente

La evaluación para determinar la invalidez permanente ocurre cuando se agotan las instancias de tratamiento médico por un accidente laboral o enfermedad profesional y la persona queda con alguna secuela de salud. La evaluación se realiza una vez que el trabajador ha recibido el alta médica.

Comisiones de Evaluación

  • Accidentes Laborales: Para los accidentes laborales, la evaluación es realizada por la Comisión Central de Evaluación de Incapacidades (CCEI) de cada mutualidad, como la ACHS. La ACHS cuenta con una comisión central ubicada en Santiago y otras comisiones zonales, conformadas por médicos de rehabilitación, traumatólogos, psiquiatras, abogados, enfermeros y otros profesionales. Esta Comisión evalúa la secuela que presenta el trabajador, no su diagnóstico ni el accidente o enfermedad que la causó.
  • Enfermedades Profesionales: Por ley, las enfermedades profesionales se derivan a la Comisión de la Seremi de Salud, la cual depende del Ministerio de Salud. Esta comisión evalúa las secuelas basándose en la misma normativa legal (Decreto Supremo 109) que la CCEI.

Determinación de los Porcentajes de Incapacidad

La Comisión Central de Evaluación de Incapacidades y la Comisión de la Seremi de Salud se basan en el Decreto Supremo 109 para determinar el grado de incapacidad de una persona. Esta normativa establece un porcentaje de incapacidad específico de acuerdo con el tipo de secuela que presenta el trabajador y además considera otros parámetros como el oficio de la persona, edad y género.

Grados de Incapacidad Permanente y Prestaciones Asociadas

Cualquiera sea el caso (accidente laboral o enfermedad profesional), las comisiones pueden resolver lo siguiente:

  • Indemnización: Si la incapacidad de una persona es entre un 15% y un 37,5%, se establece el pago de una indemnización equivalente al porcentaje de incapacidad, que puede ser desde 1,5 a 15 sueldos base del trabajador. Esta indemnización se paga al trabajador solo una vez.
  • Pensión por Incapacidad Permanente: Cuando la resolución indica que un trabajador presenta una incapacidad de un 40% o más, se determina el pago de una pensión de acuerdo con la siguiente escala:
    • Invalidez Parcial: Si la incapacidad es entre el 40% y el 65%, el monto del pago será equivalente a un 35% de su sueldo base. Esta pensión es vitalicia.
    • Invalidez Total: Si la incapacidad es igual o superior a un 70%, se declara invalidez total y el monto del pago corresponderá al 70% del sueldo base del empleado.
    • Gran Invalidez: Si la Comisión decide agregar una indicación especial, se puede declarar al trabajador como gran inválido. En este caso, al pago del 70% de su sueldo base se le suma un suplemento de un 30%, si necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida.

Las pensiones mantienen su vigencia hasta que la persona cumple con la edad de jubilación que determina la ley (60 años para mujeres y 65 para hombres).

Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional ¿Qué debes saber?

Recursos y Apelaciones

Los pacientes que requieran apelar a la determinación entregada por la Comisión Central de Incapacidades tienen un plazo de 90 días hábiles para interponer reclamo ante la Comisión Médica de Reclamos, ente fiscalizador externo.

Documentación para Pensión por Incapacidad Permanente

Para solicitar una pensión por incapacidad permanente, se requieren los siguientes documentos:

  1. Copia del contrato de trabajo actualizado o certificado que informe el monto de la remuneración imponible que percibe el funcionario (sector público).
  2. Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
  3. Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
  4. Declaración Jurada Simple Previsional.
  5. Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS.
  6. Certificado de afiliación ISAPRE o FUN.
  7. Resolución de Evaluación de Incapacidad Permanente (REIP) que estableció el grado de invalidez del trabajador.

Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial.

Pensiones de Sobrevivencia por la Ley 16.744

La Ley 16.744 también contempla prestaciones en caso de fallecimiento del trabajador debido a un accidente o enfermedad profesional, o si este fallece estando pensionado. Estas pensiones buscan proteger a los beneficiarios legales del trabajador.

  • Causantes de pensión de orfandad: Si existen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá a un 30% de la pensión básica. Si los descendientes del afiliado fallecido carecieren de padre y madre, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.

No deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario. La documentación para estas pensiones incluye el Formulario Solicitud de Pensión de Sobrevivencia, contrato de trabajo, liquidaciones de sueldo de 6 meses previos, Certificado Histórico de Cotizaciones, Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario y Declaración Jurada Simple Previsional.

Diferencias Clave entre Incapacidad Temporal e Invalidez Permanente ACHS

La principal distinción entre la incapacidad temporal y la invalidez permanente, en el contexto de la ACHS en Chile y la Ley 16.744, radica en su duración, propósito y las prestaciones asociadas:

  • Duración: La incapacidad temporal es por definición transitoria, con el objetivo de la recuperación y el retorno al trabajo. La invalidez permanente, en cambio, implica secuelas duraderas o irreversibles que impiden parcial o totalmente la capacidad laboral.
  • Objetivo: El subsidio por incapacidad temporal busca reemplazar la remuneración durante el periodo de reposo para facilitar la recuperación. Las prestaciones por invalidez permanente (indemnización o pensión) compensan la pérdida o disminución de la capacidad de generar ingresos a largo plazo.
  • Evaluación: La incapacidad temporal se gestiona inicialmente con licencias médicas y la supervisión de la ACHS para el subsidio. La invalidez permanente requiere un proceso de evaluación más complejo por comisiones especializadas (CCEI para AT, Seremi de Salud para EP) que determinan el grado de incapacidad según el Decreto Supremo 109.
  • Tipo de Prestación: La incapacidad temporal otorga un subsidio económico. La invalidez permanente puede resultar en una indemnización única (para grados menores) o una pensión vitalicia (para grados mayores) que varía según el porcentaje de incapacidad.

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