Derechos humanos vulnerables: concepto, diagnóstico y protección en contextos contemporáneos

Se han dado muchas definiciones sobre el concepto de Derechos Humanos y es posible encontrar diversas formas de referirse a ellos: derechos esenciales, derechos fundamentales, derechos civiles y políticos, derechos subjetivos públicos, entre otros. Según las Naciones Unidas, los Derechos Humanos pueden definirse como atributos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, género o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos Derechos Humanos, sin discriminación alguna.

La idea de los Derechos Humanos cobra relevancia internacional al término de la Segunda Guerra Mundial como reacción ante los crímenes masivos que se cometieron. Se necesitaba dejar en claro que ni aun la soberanía de los Estados podía vulnerar ciertos valores y principios basados en la dignidad humana. Por esto, los países victoriosos proclamaron y firmaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos en diciembre de 1948. No obstante, el primer documento de Derechos Humanos de carácter general es anterior por casi seis meses: “Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”.

Es importante destacar que los Derechos Humanos son reconocidos, y no formalmente creados, pues se entienden como consustanciales a la persona, lo que los distingue de otros derechos. Desde otra perspectiva, muchos de los derechos proclamados en la Declaración Universal pertenecen a la tradición de los derechos propios del liberalismo político: “el derecho a una protección igualitaria ante la ley, que a su vez se desprende ‘directamente de la unidad de naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona humana’.”

La responsabilidad por la promoción, la garantía y el respeto por los Derechos Humanos es compartida entre el Estado y la sociedad. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Hay una responsabilidad comunitaria para el respeto de estas garantías: son nuestros padres, familia, escuela y sociedad los que tienen la responsabilidad de educarnos e informarnos, desde el día en que nacemos, sobre cuáles son nuestros derechos y su importancia para la vida.

Dado que la protección, promoción y respeto de los derechos fundamentales es propia del Estado, en la mayoría de las democracias constitucionales los derechos y garantías de las personas se contemplan en la Constitución Política. La Constitución, a través de su artículo 5º, integra también los derechos contenidos en los tratados internacionales de Derechos Humanos, que tienen un valor preeminente. La discusión sobre el valor de los derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico chileno se relaciona con la reforma que agregó el inciso segundo al artículo 5º de la Constitución; aún es un punto discutido la exacta jerarquía de estos tratados respecto a la Constitución. En 1948 existió un consenso internacional por proclamar y afirmar los Derechos Humanos, lo que desembocó en la Declaración Universal.

Con el desarrollo del derecho internacional de los Derechos Humanos surgieron los principales tratados adoptados y abiertos a firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de Naciones Unidas: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, conocidos como “Pactos de Nueva York”, con entrada en vigor en 1976. Existen asimismo instrumentos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), que reconoce derechos específicos de niñas y niños y subraya necesidades de protección propias de la infancia.

La Convención sobre los Derechos del Niño destaca una visión de la infancia como titular de derechos, no como propiedad de sus padres, articulada sobre cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior de la infancia; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo; y el respeto por la opinión de los niños y niñas. UNICEF ha subrayado avances y desafíos en materia de infancia, con atención a inequidades en educación y protección.

En el marco de derechos humanos y medio ambiente, la protección del entorno natural y la educación ambiental se han convertido en eje de políticas públicas. Organismos internacionales, regionales y nacionales buscan integrar derechos humanos con desarrollo sostenible, destacando que la protección del medio ambiente facilita una vida digna y equitativa.

La protección de los derechos humanos se refuerza a través de organismos como el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y una red de comités y mecanismos especiales. El Examen Periódico Universal (EPU) revisa la situación de derechos humanos en todos los Estados miembros cada cuatro años, buscando universalidad e igualdad de trato. A nivel regional, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y otras cortes refuerza la protección de derechos en pueblos indígenas, mujeres y minorías.

Los derechos humanos son, además, un marco transversal que informa políticas de desarrollo, ayuda humanitaria, paz, seguridad y asuntos económicos y sociales. Las vulnerabilidades de las personas -debidas a edad avanzada, discapacidad, fragilidad, demencia u otros condicionantes funcionales- exigen atención especial para evitar discriminación y garantizar una atención adecuada, especialmente en contextos de crisis sanitarias o emergencias como pandemias. En este sentido, la dimensión social de la persona debe ser considerada junto con la dignidad y los derechos básicos para una protección integral.

Personas vulnerables en la práctica: ejemplos y relevancia actual

La pandemia por SARS-CoV-2 evidenció la necesidad de aplicar principios de justicia distributiva sin perder de vista el respeto a los derechos humanos. Los criterios de hospitalización y recursos como camas de UCI y ventiladores deben orientarse por la dignidad, la igualdad ante la ley y la no discriminación, evitando que la edad cronológica o la mera condición funcional sean determinantes únicos de la atención médica. El marco teórico propone que la protección de la vida y la calidad de vida deben guiar la toma de decisiones clínicas y administrativas.

Entre las condiciones funcionales que aumentan la vulnerabilidad se encuentran el envejecimiento, la comorbilidad, la fragilidad, la demencia y la discapacidad. Aunque estas entidades están interrelacionadas, se deben considerar de forma individual para evitar estigmatización o exclusión de personas en situaciones críticas de salud. La evidencia sugiere que el pronóstico hospitalario en UCI no debería depender exclusivamente de la edad o del estado basal, sino de una valoración integral que tome en cuenta la dimensión social y los derechos humanos.

En este marco, la violencia de género, la discriminación racial, la falta de acceso a la educación, la pobreza y la exclusión social constituyen violaciones de derechos humanos que persisten en múltiples contextos. Organismos internacionales y ONG como Ayuda en Acción trabajan para promover educación, equidad y protección frente a abusos, articulando mecanismos de vigilancia y programas de cooperación para fortalecer la resiliencia de grupos vulnerables.

La situación de Chile, por ejemplo, ilustra cómo la protección de derechos humanos se entrelaza con cuestiones de identidad cultural, migración, género y educación. Entre otros aspectos, se destaca la necesidad de enfrentar inequidades en educación, empleo y participación política, y de reconocer a los pueblos indígenas como sujetos de derechos dentro de un Estado pluricultural. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) subraya la discriminación estructural y la necesidad de políticas públicas que faciliten el acceso de las mujeres al empleo, a la educación y a la participación en procesos de toma de decisiones.

Enfoques regionales e internacionales destacan la protección de derechos de pueblos indígenas y comunidades vulnerables. El reconocimiento de derechos territoriales, la consulta previa y la participación política son ejes recurrentes en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en instrumentos como el Convenio 169 de la OIT. A nivel social, se enfatiza la educación como herramienta de transformación y la necesidad de políticas que reduzcan la inequidad y protejan a las poblaciones más vulnerables ante crisis sanitarias, migraciones y cambios ambientales.

Datos y elementos clave

  1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) establece la protección universal de los derechos fundamentales y ha inspirado constituciones y leyes en numerosos países.
  2. Los Pactos de Nueva York (1966) consolidan derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, con entrada en vigor en 1976.
  3. La Convención sobre los Derechos del Niño (1989) reconoce derechos específicos y la necesidad de protección especial para la infancia.
  4. El Consejo de Derechos Humanos y el Examen Periódico Universal buscan universalidad y responsabilidad de los Estados en materia de derechos humanos.
  5. Las vulnerabilidades por edad, discapacidad, fragilidad y demencia exigen evaluación individual y protección específica para evitar discriminación en situaciones de emergencia.

Implicaciones prácticas para políticas y sociedad

  • Incorporar la dimensión social de la persona en la toma de decisiones sanitarias y en políticas de asignación de recursos.
  • Garantizar acceso efectivo a servicios de emergencia, diagnóstico y tratamiento sin detrimento por edad o condición funcional.
  • Impulsar políticas de inclusión de pueblos indígenas y mujeres, con atención a derechos culturales, educativos y laborales.
  • Fortalecer mecanismos de vigilancia y rendición de cuentas a través de organismos internacionales y regionales.
  • Promover educación ambiental y sostenibilidad como parte de la protección de derechos humanos y calidad de vida.
Infografía sobre la evolución histórica de los derechos humanos y su marco internacional

Webinar: Derechos Humanos y pandemia en las Américas

Los derechos humanos conforman un marco integral que se relaciona y complementa entre sí; sin embargo, para su mejor comprensión y estudio se clasifican según la materia que abordan y la perspectiva de cada investigador. La protección de los derechos de las personas vulnerables exige que Estados y sociedad cooperen para salvaguardar la dignidad humana incluso en contextos de crisis.

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